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Oficio 48729 de 2007 DIAN

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(Tributario) ¿La gasolina natural que se extrae de los pozos de gas natural es considerada como un derivado del petróleo, y po

No. 487292007Tributario
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OFICIO 48729 DE 2007

(junio 29)

<Fuente: Archivo interno DIAN>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN

Oficina Jurídica

5300011-00290

Bogotá, D.C.

Señor.

SONIA PATRICIA ROA CUARTAS

Calle 22 B # 63-24 Int. 4 -701

Bogotá

Ref.: Consulta radicada bajo el número 50154 el 25/05/2006

TEMA:

Retención en la fuente

DESCRIPTORES:

Retención en la fuente – Tarifa retención en la fuente Compra de productos

derivados del petróleo

FUENTE FORMAL:

Decreto 3715 de 1986, artículo 2o.

Cordial saludo Señora Sonia Patricia.

De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, es función de este despacho, absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional; en tal sentido se da respuesta a su consulta.

Se consulta si la gasolina natural que se extrae de los pozos de gas natural es considerada como un derivado del petróleo, y por lo tanto a los distribuidores de gasolina natural se les efectúa retención en la fuente del 0,1%.

El artículo 2o del Decreto 3715 de 1986 estableció la tarifa de retención en la fuente del 0,1% exclusivamente para combustibles derivados del petróleo en los siguientes términos:

TARIFA PARA DISTRIBUIDORES DE COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO: (...) en el caso de los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a favor de distribuidores mayoristas o minoristas de combustibles derivados del petróleo, por la adquisición de los mismos, el porcentaje de retención en la fuente será del 0,1% del valor del pago o abono en cuenta.

El Ministerio de Minas y Energía, luego de consulta formulada por este despacho, respecto de la gasolina natural manifestó:

GASOLINA NATURAL: Producto resultante del procesamiento del gas natural. Compuesta básicamente por pentano, hexano y heptano. Los métodos utilizados para su elaboración son la absorción con aceite pesado, la absorción con carbón vegetal, compresión y refinación. Se utiliza para la mezcla con gasolina que se produce en las refinerías o con el petróleo para mejorar la densidad de ese producto y aumentar su valor comercial.

Teniendo en cuenta la anterior definición, efectivamente es una mezcla de hidrocarburos livianos, con algunas características de la gasolina, obtenidos a partir del gas natural.

Así mismo, la gasolina natural no esta autorizada en Colombia para ser utilizada como combustible en motores de combustión interna.

Al corresponder la gasolina natural a un producto derivado del gas natural, no le es aplicable la tarifa de retención en la fuente del 0,1% por ser ésta exclusiva de los combustibles derivados del petróleo.

Atentamente,

ISABEL CRISTINA GARCÉS SÁNCHEZ

Jefe división de Normativa y Doctrina Tributaria

Oficina Jurídica