Oficio 75265 de 2009 DIAN
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(Tributario) ¿Al momento de vender productos de importación directa a un operador de Transformación y Ensamble, la venta pued
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OFICIO 75265 DE 2009
(Septiembre 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN
Dirección de Gestión Jurídica
Bogotá, D. C.
Oficio No. 100208221-00 382
Señor
GABRIEL ARTURO GUERRERO C.
AMERICAN SIA S. A.
Carrera 70 D No.48 A 37 Barrio Normandía
Bogotá D. C.
Ref.: Consulta radicado número 57377 de 06/07/2009
Atento saludo Sr. Guerrero.
De acuerdo con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa No. 000006 de 2009, este despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Solicita en su escrito se aclare si al momento de vender productos de importación directa a un operador de Transformación y Ensamble, la venta puede estar soportada en una factura local y si dicha factura debe o no incluir el valor del IVA.
Tal como usted plantea la consulta se trata de una venta nacional de un importador a un operador de transformación y ensamble y de acuerdo con el literal a) del artículo 420 del Estatuto Tributario el impuesto a las ventas se aplicará sobre las ventas de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidas expresamente.
Para efectos tributarios, la factura a la que se refiere el artículo 615 del estatuto tributario debe contener los requisitos a los que alude el artículo 617 entre los que se encuentran: c) Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios, junto con la discriminación del IVA pagado; g) Valor total de la operación.
Atentamente,
ISABEL CRISTINA GARCÉS SÁNCHEZ
Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina