Oficio 63144 de 2010 DIAN
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(Tributario) ¿Un contribuyente puede determinar su impuesto teniendo en cuenta cada actividad que desarrolla y aplicar una tari
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OFICIO 63144 DE 2010
(septiembre 1)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN
Dirección de Gestión Jurídica
Bogotá, D.C.
100208221 -223
Señora
CAROLINA DELGADO ESGUERRA
Carrera 5 No. 45- 30 Apto. 602 Bl 4 Conj. Kramer 45
Bogotá, D.C.
Ref.: Consulta radicada bajo el número 48103 de 09/06/2010
Cordial saludo, señora Carolina:
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa No. 000006 de 2009, este despacho está facultado para absolver en sentido general, las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras o de comercio exterior y control cambiado en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Consulta si un contribuyente puede determinar su impuesto teniendo en cuenta cada actividad que desarrolla y aplicar una tarifa diferente a cada renta obtenida?
En Colombia la renta liquida ordinaria se depura por regla general de conformidad con lo previsto en los artículos 26, 89 y 178 del Estatuto Tributario.
Ahora bien, el artículo 240-1 del Estatuto Tributario, establece:
"Artículo 240-1. Tarifa para usuarios de zona franca. Fijase a partir del 1o de enero de 2007, en un quince por ciento (15%) la tarifa única del impuesto sobre la renta gravable, de las personas jurídicas que sean usuarios de Zona Franca.
PARÁGRAFO. La tarifa del impuesto sobre la renta gravable aplicable a los usuarios comerciales de Zona Franca será la tarifa general vigente.
Conforme con lo anterior, en la cartilla de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario del año gravable 2009 se incluyó la siguiente nota en las instrucciones de diligenciamiento de la Casilla 69 "Impuesto sobre la renta líquida gravable":
"Si el contribuyente tiene registradas en el RUT las calidades 27 "Titular de puertos y muelles de servicio público o privado" y 34 "Usuario industrial de servicios de zona franca" debe efectuar de manera separada la depuración de la renta y la liquidación del impuesto sobre la renta ordinaria y/o presuntiva a las tarifas correspondientes (33% y 15%) y consolidar los resultados en esta casilla”.
En las cartillas de los años gravables 2010 y siguientes se harán las precisiones pertinentes en relación con los contribuyentes que de conformidad con lo preceptuado en la Ley 963 de 2005 y demás normas concordantes, hayan suscrito un contrato de estabilidad jurídica limitado a un proyecto específico de inversión.
Atentamente,
ISABEL CRISTINA GARCÉS SÁNCHEZ
Subdirectora de Gestión de Normativa y Doctrina