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Oficio 5842 de 2017 DIAN

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(Tributario) Aplicación de la tarifa del 9% para los hoteles que se remodelen o amplíen hasta el 31 de diciembre de 2017, con

No. 58422017Tributario
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OFICIO 5842 DE 2017

(marzo 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

Bogotá, D.C.

100208221- 000504

Ref.:              Radicado 100000850 del 17/01/2017

Cordial saludo,

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este despacho es competente para resolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras o de comercio exterior y control cambiario en el ámbito de su competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Por medio del escrito de la referencia, se consulta sobre la aplicación de la tarifa del 9% para los hoteles que se remodelen o amplíen hasta el 31 de diciembre de 2017, con relación a la renta exenta derivada de los servicios hoteleros.

Al respecto, con la modificación efectuada al artículo 240 del Estatuto Tributario, a través del artículo 100 de la Ley 1819 de 2016, se estableció que a partir del año gravable 2017 rige la aplicación de la tarifa del 9% por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios derivados de los servicios hoteleros de que trata el artículo 207-2 del Estatuto Tributario y siempre que se cumpla con las condiciones previstas en el artículo 1.2.1.22.13 del Decreto 1625 de 2016 para efectos de la procedencia de la tarifa en mención y demás requisitos previstos en su momento.

Por lo tanto, de acuerdo a su consulta se debe dar estricto cumplimento a la normatividad vigente, que introdujo la tarifa referida, y aplicable para el periodo gravable 2017 en las rentas originadas en servicios hoteleros.

De esta manera, damos por atendida su consulta y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaría expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” - “técnica”, dando click en el link “Doctrina Oficina Jurídica”.

Atentamente,

PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina