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Oficio 98495 de 2009 DIAN

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(Aduanero) ¿Cuál es valor FOB como monto máximo y los requisitos y condiciones que ha señalado la Dirección de Impuestos y

No. 984952009Aduanero
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OFICIO 98495 DE 2009

(noviembre 27)

<Fuente: Archivo entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN

Dirección de Gestión Jurídica

Bogotá, D.C.

Oficio No. 100208221-00/497

Señor

NEYEF NUMA SANJUAN

Edificio World Trader Center

Calle 100 No. 8 A 49 Torre B Oficina 1008

Bogotá D.C.

Ref.:    Consulta aduanera radicado número 98254 de 28/10/2009

Cordial saludo Sr. San Juan

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 de agosto de 2009, la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina está facultada para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduneras <sic> y cambirias <sic> en lo de competencia de la Entidad.

Respecto de su inquietud sobre cuál es valor FOB como monto máximo y los requisitos y condiciones que ha señalado la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para la importación de mercancías de muestras sin valor comercial, se precisa lo siguiente;

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante Resolución 9900 de 2008, artículo 5o adicionó el artículo 88-1 a la Resolución 4240 de 2000, y fijó el monto máximo para importaciones de muestras sin valor comercial de material publicitario, entendido como el material que ingresa al país de manera ocasional para participar en ferias, exposiciones y/o promocionar mercancías, siempre que su presentación lo descalifique para la venta, su cantidad no refleje intención alguna de carácter comercial y su valor FOB no exceda de cinco mil dólares (US$5.000) de los Estados Unidos de Norteamérica.

Sobre las condiciones y requisitos para ingreso de mercancías como muestras sin valor comercial, estamos  dando  traslado  a  la  Subdirección de  Gestión  de  Comercio Exterior para lo de su competencia.

Atentamente,

ISABEL CRISTINA GARCES SÁNCHEZ

Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina