DecretoIn force
Decreto 2676 de 2011
por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Protocolo Modificatorio al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
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02
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1Aplicar Provisionalmente A Partir Del 2 De Agosto De 2011, El Protocolo Modificatorio Al Tratado De Libre Comercio Entre Los Estados Unidos Mexicanos, La República De Colombia Y La República De Venezuela, Suscrito El 11 De Junio De 2010 Por Los Estados Unidos Mexicanos Y La República De Colombia, Cuyo Texto Es El Siguiente: (Julio 29) Por El Cual Se Da Cumplimiento A Los Compromisos Adquiridos Por Colombia En Virtud Del Protocolo Modificatorio Al Tratado De Libre Comercio Entre Los Estados Unidos Mexicanos, La República De Colombia Y La República De Venezuela2Los Cupos A Los Bienes Originarios De México Establecidos En El Anexo 4 Artículo 5-04 Bis Sección A Del Protocolo Serán Administrados Y Reglamentados Por El Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural2AA3Los Cupos A Los Bienes Originarios De México Establecidos En El Anexo 2 Artículo 3-08 Bis Del Protocolo Serán Administrados Y Reglamentados Por La Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales4En Los Casos Contemplados En El Anexo 1 Al Artículo 3-04 Y En El Anexo 4 Al Artículo 5-04 Del Protocolo, Entiéndase Como "año" El Periodo Establecido Entre El 2 De Agosto Del Año En Vigor Y El 1° De Agosto Del Año Inmediatamente Siguiente5En Caso De Inconsistencias Entre El Presente Decreto Y El "protocolo", Prevalecerá El Último6El Presente Decreto Rige A Partir Del 2 De Agosto De 2011, Previa Su Publicación En El Diario Oficial
03
Signatories
National Government
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades y en especial las que le confiere los artículos 189 numerales 11 y 25, y 224 de la Constitución Política y con sujeción a lo previsto en las Leyes 6ª de 1971, 7ª de 1991, 172 de 1994 y 1457 de 2011
- María Ángela Holguín CuéllarLa Ministra de Relaciones Exteriores
- Juan Carlos Echeverry GarzónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Camilo Restrepo SalazarEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
- Sergio Diazgranados GuidaEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo