DecretoRepealed
Decreto 97 de 1986
por el cual se reajusta la remuneración mensual y la prima de antigüedad del personal que presta sus servicios en las Instituciones Universitarias y Tecnológicas Oficiales del Orden Nacional y se dictan otras disposiciones.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Constitutional review history
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02
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1º A Partir Del 1º De Enero De 1986, El Reajuste De La Remuneración Mensual Para Los Empleados Públicos Docentes Y Administrativos De Las Instituciones Universitarias Y Tecnológicas Oficiales Del Orden Nacional, Cuyas Plantas De Personal No Se Encuentren Ajustadas Al Sistema De Nomenclatura, Clasificación Y Remuneración De Empleos, Señalado En Los Decretos Extraordinarios 712 Y 1042 De 1978, 272 De 1982 Y Demás Disposiciones Que Los Modifiquen O Adicionen, No Podrá Exceder Los Siguientes Límites Y Porcentajes: Para Remuneraciones Hasta De $ 132º El Reajuste De La Prima De Antigüedad Para Los Empleados Públicos Docentes Y Administrativos De Las Instituciones Universitarias Y Tecnológicas Oficiales Del Orden Nacional, No Podrá Exceder De Un Veintidós Por Ciento (22%)3º Fijase Hasta El 31 De Diciembre De 1986, El Plazo Para Que Las Instituciones Oficiales De Educación Post - Secundaria Del Orden Nacional Presenten Para Aprobación Del Gobierno Nacional Sus Plantas De Personal, De Acuerdo Con Lo Previsto En El Decreto 272 De 19824º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1986 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto - Ley 135 De 1985
03
Signatories
National Government
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1986
- Hugo Palacios MejiaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Liliam Suarez MeloLa Ministra de Educación Nacional
- Ericina Mendoza SaladenLa Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil