DecretoRepealed
Decreto 72 de 1995
por el cual se fijan las escalas de viáticos.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Fíjase La Siguiente Escala De Viáticos Para Los Empleados Públicos A Que Se Refieren Los Literales A), B) Y C) Del Artículo 1º De La Ley 4a2Los Organismos Y Entidades Fijarán El Valor De Los Viáticos Según La Remuneración Mensual Del Empleado Comisionado, La Naturaleza De Los Asuntos Que Le Sean Confiados Y Las Condiciones De La Comisión, Teniendo En Cuenta El Costo De Vida Del Lugar O Sitio Donde Deba Llevarse A Cabo La Labor, Hasta Por El Valor Máximo De Las Cantidades Señaladas En El Artículo Anterior3º4Los Jueces Territoriales Y Sus Secretarios, Los Procuradores Departamentales Y Provinciales Que Laboren En Los Departamentos Creados Por El Artículo 309 De La Constitución Política, Salvo Los Destacados En San Andrés Y Providencia, Tendrán Derecho Al Reconocimiento Mensual De Viáticos Y Gastos De Viaje, Así: Jueces Y Procuradores Secretarios Viáticos $525º6Establécese La Siguiente Escala De Viáticos Para Los Empleados Del Instituto Nacional De Radio Y Televisión Inravision, Que Deban Cumplir Comisión De Servicios En El Interior Y En El Exterior Del País: Remuneración Mensual Viáticos Diarios En Pesos Viáticos Diarios En Dólares Hasta 1337º8º
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