DecretoRepealed
Decreto 3800 de 2008
por el cual se da cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica número 49 suscrito entre la República de Colombia y la República de Cuba, y se deroga y reemplaza el Decreto 580 de 2003 y se dictan otras disposiciones.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1La Importación De Los Siguientes Productos Originarios Y Procedentes De Cuba, Comprendidos En Las Subpartidas Arancelarias De Colombia, Pagará Los Gravámenes Arancelarios Que Resulten De Multiplicar El Gravamen Aplicable En Cada Caso A Terceros Países Por El Índice De Preferencia Que Aparece Al Frente De Cada Subpartida, Teniendo En Cuenta Que En Algunos Casos Dicho Índice Se Aplica Solo A Productos Específicos, Señalados En La Columna "observaciones"2Article 23El Régimen Sobre Medidas Sanitarias Y Fitosanitarias Será El Que Consta En El Anexo Iv Del Segundo Protocolo Adicional Al Acuerdo De Complementación Económica Número 494Article 45Article 56Article 6
03
Signatories
National Government
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 6ª de 1971, 45 de 1981 y 7ª de 1991, y
- Juan Manuel Santos CalderónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc · ad_hoc
- Luis Guillermo Plata PáezEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo