DecretoIn force
Decreto 3141 de 1968
Por el cual se determina la planta de personal del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1Article 12El Gobierno Podrá Asignar, Cuando Lo Estime Necesario, Y Previo El Cumplimiento De Las Formalidades Del Caso, Prima Técnica A Las Personas Que Ocupan Los Cargos De: Secretario General, Jefe De La División De Control Técnico, Jefe De La División De Servicios De Aeronavegación, Director De Infraestructura Y Jefe De La División De Ingeniería3El Gobierno Procederá Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar Al Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen Por El Presente Decreto Y Los Empleados Que Estando Al Servicio Del Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil, Fueren Nombrados En Dichos Cargos, No Requerirán Llenar Otra Formalidad Para Su Posesión, Que La Firma Del Acta Respectiva Y El Pago Del Impuesto De Timbre, Correspondiente A La Diferencia De Remuneración4El Gobierno Nacional Queda Autorizado Para Abrir Los Créditos Y Efectuar Los Traslados Presupuéstales Necesarios Para El Cumplimiento Del Presente Decreto5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, Y Produce Efectos Fiscales Desde El Primero De Septiembre De 1968 Para Los Empleados Que Estando Al Servicio Del Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil, En Esa Fecha Fueren Designados Para Ocupar Cargos De La Nueva Planta
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