DecretoCompiled
Decreto 289 de 2009
por el cual se reglamentan los incisos 2° del artículo 17 y 1° del artículo 36 de la Ley 769 de 2002.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1El Ministerio De Transporte Implementará Todas Las Medidas Que Fueren Necesarias Para Lograr La Adquisición, Impresión, Distribución, Custodia Y Control De Los Insumos Y Equipos Que Garanticen El Cumplimiento De Las Normas De Seguridad Para La Expedición De La Licencia De Conducción Y De La Licencia De Tránsito Con Un Formato Unico Nacional2El Ministerio De Transporte Como Autoridad Encargada De Formular La Regulación Técnica En Materia De Tránsito, Definirá Las Políticas, Lineamientos, Instrucciones Y Procedimientos Para Que Los Organismos De Tránsito Den Cumplimiento A Las Normas De Seguridad Que Los Documentos Exigen3Los Organismos De Tránsito O Las Entidades En Quienes Estos Deleguen, Adelantarán Las Gestiones Administrativas Y Las Medidas Presupuestales Previstas En El Artículo 165 De La Ley 769 De 20024El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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Signatories
National Government
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en desarrollo de la Ley 769 de 2002
- Andrés Uriel Gallego HenaoEl Ministro de Transporte