DecretoIn force
Decreto 25 de 1945
Por el cual se autoriza la celebración de unas operaciones de crédito
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1Con El Objeto De Allegar Los Recursos Necesarios Para El Pago De Las Obligaciones Contraídas Por La Nación En Virtud De Los Contratos Celebrados Para La Construcción De Las Centrales Hidroeléctricas De Anchicaya, Lebrija Y Balsora, En Los Departamentos Del Valle, Santander Y Caldas, Autorizase Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público Para Emitir Documentos De Crédito Publico O Pagares Hasta Por La Cantidad De Un Millo Quinientos Mil Pesos ($ 12La Emisión De Los Documentos De Crédito Autorizados Por El Artículo Anterior Solo Podrá Verificarse A Medida Que Lo Demande La Ejecución De Las Respectivas Obras, Y Previa Demostración De Las Inversiones Efectuadas En Ellas Por Los Departamentos Interesados3De Conformidad Con Lo Dispuesto Por El Xiv Congreso Nacional De Cafeteros En Sus Sesiones De 1944, Según Acuerdo Numero 9, Fechado El 19 De Diciembre De Dicho Ano, Por El Cual Se Faculta Al Comité Nacional De La Federación Para Fomentar La Electrificación De Las Diversas Zonas Cafeteras Del País, Celebrando Con El Gobierno Nacional Las Negociaciones Que Estime Conducentes A Tal Fin, Autorizase Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público Para Realizar Con Dicha Entidad Las Que Fueren Necesarias, A Fin De Que La Mencionada Federación Nacional De Cafeteros Tome Los Documentos De Crédito Que Se Autoriza Emitir Por Medio De Este Decreto4El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
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