DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2425 de 1951
Por el cual se reglamenta la elección de candidatos para miembros de la Junta Directiva del Banco de la República que deben hacer las Sociedades de Agricultores, Asociaciones de Ganaderos y Cámara de Comercio
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1Para Los Efectos De Este Decreto En Armonía Con Lo Dispuesto En La Ley 82 De 1931, Las Sociedades De Agricultores Y Las Asociaciones O Comités De Ganaderos Del País Que Tienen Derecho A Elegir Un Director Del Banco De La República, Son Las Que, Debidamente Constituidas Y Con El Carácter De Principales Funcionen En Cada Uno De Los Departamentos2Los Dos Directores De La Junta Directiva Del Banco De La República Que, De Acuerdo Con El Artículo 2° Del Decreto Legislativo Número 2057 De 1951, Corresponde Elegir A Las Sociedades De Agricultores Y Comités Ganaderos Del País, Por Una Parte, Y A Las Cámaras De Comercio, Por La Otra, Lo Serán De Acuerdo Con El Siguiente Procedimiento: A) A Más Tardar El Primero De Septiembre De Todo Año En Que Deba Hacerse La Elección, Los Ministros De Hacienda Y Crédito Público Y De Agricultura, Designarán Las Sociedades De Agricultores, Asociaciones Y Comités De Ganaderos Y Las Cámaras De Comercio Que Tengan Derecho A Participar En La Elección, De Acuerdo Con El Artículo 1° De Este Decreto3Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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