DecretoRepealed
Decreto 2095 de 1950
por el cual se conceden unas facultades al Gobierno y se dictan otras disposiciones en el ramo de Guerra.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
4articles
0arts. reviewed
0rulings
0struck down
01
Constitutional review history
No constitutional review of this provision is recorded in the Constitutional Court graph.
02
Read all articles as a bookArticles
1Facúltase Al Gobierno Para Que Dicte Las Medidas Necesarias A Efecto De Que Se Liquiden Y Paguen A Los Oficiales De Las Fuerzas Militares, Ascendidos O Que En Lo Sucesivo Sean Ascendidos A Grados Cuya Validez Requiere La Aprobación Del Honorable Senado De La Republica, Las Diferencias De Haberes A Que Puedan Tener Derecho Por Razón De Estos Ascensos2En Caso De Que El Respectivo Ascenso Sean Desaprobado Por El Honorable Senado, Los Beneficiados Deberán Reintegrar Al Tesoro Público Las Sumas Recibidas Por Este Concepto, De Acuerdo Con Las Normas Que Al Respecto Expida El Gobierno3Modificase El Artículo 5º De La Ley 100 De 1948, En El Sentido De Que Los Beneficios Que Consagra Esta Disposición A Favor De Los Miembros De Las Fuerzas Militares Que Sean Retirados Por Invalidez Relativa Y Permanente, Adquirida A Consecuencia Del Servicio, Se Reconocerán Y Pagaran Cuando Tal Invalidez Se Haya Producido Tanto En Tiempo De Guerra O Turbación Del Orden Público, Como En Tiempo De Paz4Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Quedan Suspendidas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Signatories
National Government
- Mariano Ospina PerezEl Presidente de la Republica de Colombia en uso de las facultades conferidas por el Artículo 121 de la Constitución Nacional
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Roberto Urdaneta ArbelaezEl Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores · encargado
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro De Justicia
- Hernán Jaramillo OcampoEl Ministro De Hacienda Y Crédito Publico
- Juan Guillermo Restrepo OcampoEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Víctor G. RicardoEl Ministro Del Trabajo
- Jorge E. CavelierEl Ministro de Higiene
- Cesar Tulio DelgadoEl Ministro De Comercio E Industrias
- José Elías Del HierroEl Ministro De Minas Y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcesEl Ministro de Educación Nacional
- General Gustavo Rojas PinillaEl Ministro De Correos Y Telégrafos
- Víctor Archila BriceñoEl Ministro De Obras Públicas