DecretoIn force
Decreto 1612 de 1934
Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y egresos extraordinarios de la defensa nacional
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
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02
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1Adiciónase El Cálculo De Ingresos Extraordinarios De La Vigencia Fiscal De 1934 En La Suma De Tres Mil Quinientos Pesos ($ 3,500), Que Se Tomarán Del Cupo Legal En El Banco De La República, Para Gastos De La Defensa Nacional, Así: Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Capitulo 69 Bis Defensa Nacional2La Tesorería General De La República Depositará En Cuenta Especial Los Fondos A Que Se Refiere El Presente Decreto Para Destinarlos Exclusivamente A Los Gastos Por Él Autorizados
03
Signatories
National Government
- Enrique Olaya HerreraPresidente de la República
- Francisco Cardona SEl Ministro de Gobierno
- R. Urdaneta ArbelaezEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Esteban JaramilloEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Francisco José ChauxEl Ministro de Industrias y Trabajo
- Jaime Jaramillo AEl Ministro de Educación Nacional
- Alberto Camilo SuarezEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Alfonso AraujoEl Ministro de Obras Públicas
- Sinforoso OcampoEl Ministro de Agricultura y Comercio