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AC790-2015 [2011-00124-01]Supreme Court of Justice · Sala Civil2015

Reporting justice: Álvaro Fernando García Restrepo

The official text of this order is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 11001-31-03-019-2011-00124-01 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL AC790-2015 Radicación n.° 11001-31-03-019-2011-00124-01 Bogotá, D. C., veinte (20) de febrero de dos mil quince (2015).- Se admite la demanda presentada para sustentar el recurso extraordinario de casación que los demandados, señores LEONOR ANTOLINEZ DE CASANOVA y JOSÉ GUILLERMO CASANOVA NAVAS, interpusieron frente a la sentencia proferida el 6 de mayo de 2014 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, dentro del proceso ordinario que en su contra y de las “ PERSONAS INDETERMINADAS que se encuentra residiendo en el inmueble ubicado en la [c]alle 94 No. 28-36 y/o [c]alle 94 Bis No. 45 A – 36 (dirección catastral) objeto de reivindicación”, adelantó primigeniamente la sociedad SERVITRUST GNB SUDAMERIS S.A., como vocera del patrimonio autónomo denominado “Elba Antolinez”, quien cedió sus derechos litigiosos a la señora GLORIA PATRICIA ANTOLINEZ RUIZ.

En consecuencia, se ordena correr traslado de dicho libelo, por el término de quince (15) días y en la forma establecida en el inciso 4º del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil, a las citadas cedente y cesionaria, quienes ocupan el extremo demandante y están representadas por un mismo apoderado judicial, doctor Jairo A. Chinchilla Orozco.

Se reconoce al doctor Jairo Parra Quijano como apoderado sustituto de los accionados y recurrentes, en los términos y para los efectos indicados en el escrito que figura a folio 5 precedente. Notifíquese ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO Magistrado PAGE 2