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11001-03-26-000-2018-00020-00Council of State · SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN AAuto2019-07-24

Reporting justice: María Adriana Marín

Plaintiff: Lindsayca S.A.S·Defendant: Sociedad Transportadora De Gas Internacional S.A. E.S.P

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

RECURSO DE ANULACIÓN CONTRA LAUDO ARBITRAL / CONDENA EN COSTAS EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - A cargo de la parte demandada / PROCEDENCIA DE LA CONDENA EN COSTAS / LIQUIDACIÓN DE LA CONDENA EN COSTAS / LIQUIDACIÓN DE COSTAS PROCESALES / AGENCIAS EN DERECHO / LIQUIDACIÓN DE LAS AGENCIAS EN DERECHO / FIJACIÓN DE LAS AGENCIAS EN DERECHO / MONTO DE AGENCIAS EN DERECHO / APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE COSTAS PROCESALES / DEPÓSITO JUDICIAL / CONSIGNACIÓN DEL DEPÓSITO JUDICIAL Mediante sentencia de 31 de enero de 2019 se fijó la suma de quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes como agencias en derecho, a cargo de la parte demandada y a favor de Lindsayca S.A.S. La Secretaría de la Sección, en atención a lo dispuesto en la providencia antes referida, y en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 366 del Código General del Proceso, realizó la liquidación de costas en la suma de doce millones cuatrocientos veintiún mil setecientos cuarenta pesos m/cte.

($12.421.740). Mediante providencia del 21 de febrero del año en curso el Despacho le impartió su aprobación. El 9 de mayo de 2019, el apoderado de la Sociedad Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P. allegó copia del depósito judicial efectuado en el Banco Agrario por la suma de $12.427.078,00 correspondiente a las costas impuestas en providencia del 31 de enero de 2019 y aprobadas el 21 de febrero del mismo año (fol. 530-531, c. ppal.).

El 19 de julio de la presente anualidad el apoderado de Lindsayca S.A.S., solicitó se le entregue el titulo judicial constituido, para lo cual advirtió que cuenta con las facultades de recibir y cobrar dineros objeto de la condena, tal como consta a folio 22 del cuaderno principal 1 del Tribunal de Arbitramento. Por lo anterior, por Secretaría de la Sección entréguese al apoderado de la Sociedad Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P. el título judicial n.°4000100007177707 por valor de $12.421.740,00.

FUENTE FORMAL: CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 366 NUMERAL 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejera ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil diecinueve (2019) Radicación número: 11001-03-26-000-2018-00020-00(60937)A Actor: LINDSAYCA S.A.S Demandado: SOCIEDAD TRANSPORTADORA DE GAS INTERNACIONAL S.A. E.S.P Referencia: RECURSO DE ANULACIÓN DE LAUDO ARBITRAL Mediante sentencia de 31 de enero de 2019 se fijó la suma de quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes como agencias en derecho, a cargo de la parte demandada y a favor de Lindsayca S.A.S. La Secretaría de la Sección, en atención a lo dispuesto en la providencia antes referida, y en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 366 del Código General del Proceso, realizó la liquidación de costas en la suma de doce millones cuatrocientos veintiún mil setecientos cuarenta pesos m/cte.

($12.421.740). Mediante providencia del 21 de febrero del año en curso el Despacho le impartió su aprobación. El 9 de mayo de 2019, el apoderado de la Sociedad Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P. allegó copia del depósito judicial efectuado en el Banco Agrario por la suma de $12.427.078,00 correspondiente a las costas impuestas en providencia del 31 de enero de 2019 y aprobadas el 21 de febrero del mismo año (fol. 530-531, c. ppal.).

El 19 de julio de la presente anualidad el apoderado de Lindsayca S.A.S., solicitó se le entregue el titulo judicial constituido, para lo cual advirtió que cuenta con las facultades de recibir y cobrar dineros objeto de la condena, tal como consta a folio 22 del cuaderno principal 1 del Tribunal de Arbitramento. Por lo anterior, por Secretaría de la Sección entréguese al apoderado de la Sociedad Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P. el título judicial n.°4000100007177707 por valor de $12.421.740,00.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARÍA ADRIANA MARÍN Magistrada KDL/13C CCM