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73001233300020220042001Council of State · Sección PrimeraAuto interlocutorio2026-05-28

Internal case number: 663 · Nulidad y restablecimiento del derecho

Reporting justice: Nubia Margoth Peña Garzón

Plaintiff: Asociación De Usuarios Del Distrito De Tierras De Mediana Escala - Asoprado·Defendant: Celsia Colombia S.A. E.S.P., Corporacion Autonoma Regional Del Tolima - Cortolima

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., cinco (5) de junio de dos mil veintiséis (2026) Referencia: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Número único de radicación: 73001-23-33-000-2022-00420-01 Actora: ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL DISTRITO DE TIERRAS DE MEDIANA ESCALA - ASOPRADO Asunto: Admite recurso de apelación. AUTO INTERLOCUTORIO Por haber sido sustentado oportunamente y reunir los requisitos legales, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -CPACA-, se admiten los recursos de apelación interpuestos por los apoderados de la parte demandante y la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL TOLIMA - CORTOLIMA, parte demandada, contra la sentencia de 19 de febrero de 2026, proferida por el Tribunal Administrativo del Tolima, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda.

Notifíquese personalmente al señor Procurador Delegado ante la Sección Primera del Consejo de Estado y por estado a las demás 2 Número único de radicación: 73001-23-33-000-2022-00420-01 Actora: ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL DISTRITO DE TIERRAS DE MEDIANA ESCALA - ASOPRADO Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co partes, de conformidad con los artículos 198, numeral 3, 1991, inciso 3º, 2012 y 201A3 del CPACA.

Ejecutoriada y cumplida la presente providencia, regrese el expediente al Despacho, para lo pertinente, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del artículo 247 del CPACA.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Magistrada 1 Modificado por el artículo 48 de la Ley 2080 de 25 de enero de 2021. 2 Modificado por el artículo 50 de la Ley 2080 de 25 de enero de 2021. 3 Adicionado por el artículo 51 de la Ley 2080 de 25 de enero de 2021.