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47001233300020150014001Council of State · Sección Tercera (Subsección C)Aclaración voto2017-11-02

Internal case number: 60366 · LEY 1437 REPARACION DIRECTA

Reporting justice: Guillermo Sanchez Luque

Plaintiff: Luis Anibal Cardona Henao·Defendant: Ministerio De Defensa Nacional, Policia Nacional

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Consejero Ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE Bogotá D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil veintidós (2022) RADICACIÓN: 41001-23-33-000-2015-00140-01 (60366) DEMANDANTE: Luis Aníbal Cardona Henao. DEMANDADO: Nación-Ministerio de Defensa, Policía Nacional.

REFERENCIA: Acción de Reparación Directa ACLARACIÓN DE VOTO Si bien, acompañé con mi voto la decisión modificatoria de la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Magdalena el 23 de agosto de 2017 y la consiguiente declaración de la falta de legitimación en la causa por activa de Luis Aníbal Cardona Henao, creo conveniente aclarar que la posesión, en cuanto ha ganado reconocimiento como derecho1, no requiere de registro para su acreditación. Sin embargo, como en este caso, el demandante aducía la afectación de su derecho de propiedad, acompañé la decisión. En esos términos me permito, con todo respeto, dejar sentada mi aclaración de voto.

JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado Firmado electrónicamente 1 CONSEJO DE ESTADO, Sección Tercera, Subsección C, sentencia de 14 de diciembre de 2018, exp. 39779.