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11001031500020240439600Council of State · Sala especial de decisiónAuto interlocutorio2024-08-21

Internal case number: 7119 · RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION

Reporting justice: Milton Chaves Garcia

Plaintiff: Rocio Delgado Ardila Y Otros·Defendant: Providencia Del 31 De Mayo De 2023, Proferida Por El Consejo De Estado Seccion Tercera Subseccion C

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Radicado: 11001 03 15 000 2024 04396 00 Demandante: Rocío Delgado Ardila AUTO 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA QUINTA ESPECIAL DE DECISIÓN CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA Bogotá, D.C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN. Radicación: 11001 03 15 000 2024 04396 00 Demandante: ROCIO DELGADO ARDILA AUTO DE PRUEBAS Acorde con lo dispuesto en el artículo 254 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el despacho dispone: Tener como pruebas los documentos aportados con la demanda y la contestación, incluidas las copias simples, de conformidad con el artículo 246 del Código General del Proceso.

El expediente ordinario fue enviado, en calidad de préstamo, y está incorporado al presente proceso. Se reconoce personería a la abogada Liliana Ruíz Garces, conforme con el poder que obra digitalmente en el proceso electrónico, para que actúe en representación del Banco Agrario de Colombia. Se reconoce personería al abogado Javier Fernando Rugeles Fonseca, conforme con el poder que obra digitalmente en el proceso electrónico, para que actúe en representación de la Nación – Rama Judicial – Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.

Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador