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11001032500020200042900Council of State · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2020-02-18

Internal case number: 1034 · LEY 1437 RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION

Reporting justice: Jorge Edison Portocarrero Banguera

Plaintiff: Alvaro Sevilla Otalora·Defendant: Departamento Del Cauca

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Bogotá, D. C., dieciocho (18) de diciembre de veintitrés (2023) Radicado: 11001-03-25-000-2020-00429-00 Número Interno: 1034-2020 Demandante: Departamento del Cauca Demandado: Álvaro Sevilla Otalora Trámite: Recurso extraordinario de revisión Tema: Rechaza recurso. Mediante auto de 8 de septiembre de 2020, se inadmitió el recurso del epígrafe para que la accionante indicara de manera precisa y razonada la causal invocada y designara las partes, en virtud del artículo 252 (numerales 1 y 4) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) Dicha providencia fue notificada por estado el 30 de octubre de 2020, no obstante, la accionante guardó silencio, razón por la que se rechazará el recurso, en concordancia con lo previsto en los artículos 169 (numeral 2) y 170 del CPACA.

En consecuencia, el despacho

RESUELVE

PRIMERO: Rechazar el recurso extraordinario de revisión incoado por el Departamento del Cauca, por las razones expuestas en la parte motiva.

SEGUNDO: Ejecutoriada esta providencia y hechas las anotaciones que fueren menester, archívese el expediente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado Electrónicamente) JORGE EDISON PORTOCARRERO BANGERA Constancia: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la plataforma del Consejo de Estado denominada Samai. En consecuencia, se garantiza su autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA