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25000233700020180003101Council of State · Sección CuartaAclaración voto2021-12-07

Internal case number: 26245 · LEY 1437 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Reporting justice: Myriam Stella Gutierrez Arguello

Plaintiff: Club Deportivo Los Millonarios (Hoy Corporacion 224)·Defendant: Dian

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Radicado: 25000-23-37-000-2018-00031-01 (26245) Demandante: Club Deportivo los Millonarios (Hoy Corporación 224) 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8086/Vistas/documentos/evalidador.aspx CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Referencia: Nulidad y restablecimiento del derecho Radicación: 25000-23-37-000-2018-00031-01 (26245) Demandante: CLUB DEPORTIVO LOS MILLONARIOS (hoy CORPORACIÓN 224) Demandado: DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN ACLARACIÓN DE VOTO DEL CONSEJERO MILTON CHAVES GARCÍA A LA SENTENCIA DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 2023, C.P. MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Con el respeto debido por la decisión mayoritaria de la Sala, me permito aclarar el voto en la sentencia proferida en el expediente de la referencia, mediante la cual se declaró la nulidad parcial de los actos demandados expedidos por la DIAN.

Considero que sería razón suficiente para resolver el cargo señalar que los ajustes contables producto de la condonación de intereses no tienen la vocación de ser considerados ingresos fiscales, de manera que no están gravados con el impuesto sobre la renta, ni tampoco constituye renta líquida por recuperación de deducciones, en consecuencia, no se ajusta a los supuestos contenidos en el artículo 195 del Estatuto Tributario En los anteriores términos dejo expresadas las razones de la aclaración de voto.

(Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA