JurídicoESEN
54001233300020130018601Council of State · Sección Tercera (Subsección C)Aclaración voto2015-11-20

Internal case number: 55929 · LEY 1437 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Reporting justice: Nicolas Yepes Corrales

Plaintiff: Cooperativa De Trabajo Asociado De Servicios De Cacota De Velazco Cta·Defendant: Invias

The official text of this decision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C CONSEJERO PONENTE: NICOLÁS YEPES CORRALES Referencia: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Radicación: 54001-23-33-000-2013-00186-01 (55929) Demandante: COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO DE SERVICIOS DE CÁCOTA DE VELAZCO -COTRASERMULCAV Demandado: INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS -INVIAS ACLARACION DE VOTO En el presente asunto, comparto la decisión de la Sala de Subsección, de revocar parcialmente la sentencia del 30 de junio de 2015, proferida por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, que negó las pretensiones de la demanda.

En criterio del suscrito, como la parte demandante activó el aparato judicial a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que tiene como fin, por un lado, procurar la nulidad del acto administrativo contrario a la Constitución o a la Ley, y por otro lado, establecer el restablecimiento del derecho vulnerado por dicho acto, el juez de la causa puede estudiar la legalidad del acto y declarar su nulidad cuando verifica que es contrario al ordenamiento jurídico, así no encuentre probada la pretensión de restablecimiento del derecho que busca el resarcimiento de un derecho subjetivo lesionado con el acto de la administración. Esto, con mayor razón en casos como este, en los que el juez está facultado para declarar de oficio la nulidad absoluta del contrato.

Fecha ut supra. JAIME ENRIQUE RODRIGUEZ NAVAS Magistrado Firmado electrónicamente