Año XXXVI - Número 3697 Lima, 26 de julio de 2019 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. DECISIÓN N° 846 Derogatoria del artículo 5 de la Decisión 414… DECISIÓN N° 846 Derogatoria del artículo 5 de la Decisión 414 LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Capítulo VI y el artículo 139 del Acuerdo de Cartagena; y, las Decisiones 414, 416 y 671 de la Comisión de la Comunidad Andina;
CONSIDERANDO
Que la Decisión 414 “Perfeccionamiento de la Integración Andina”, establece las disposiciones que deben regir en el comercio entre el Perú y los demás Países Miembros, para el universo arancelario; Que, el artículo 5 de la Decisión 414 señala el tratamiento que los Países Miembros otorgarán a los productos de zonas francas para el comercio entre Perú y los demás Países Miembros;
Que no se logró dar cumplimiento a la armonización a que hace alusión el mencionado artículo, referido a las condiciones de acceso al mercado subregional andino de los productos de zonas francas. DECIDE: Artículo 1.- Derogar el artículo 5 de la Decisión 414, relacionado con el comercio entre Perú y los demás Países Miembros, para productos de Zonas Francas.
Los productos o mercancías de zonas francas de los Países Miembros de la Comunidad Andina disfrutarán de la desgravación prevista en el Programa de Liberación del Acuerdo de Cartagena, siempre que cumplan con las normas de origen de la Comunidad Andina. La presente Decisión entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en la gaceta oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los 26 días del mes de julio de 2019. Para nosotros la Patria es América Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18 - Perú