TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 52-AI-99 EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA.- Quito, nueve de febrero del año dos mil. En la acción incoada por la Secretaría General de la Comunidad Andina contra la República del Perú, por supuesto incumplimiento de los artículos 4” del Tratado de Creación del Tribunal y 155 del Acuerdo de Cartagena; asi como de la Resolución N* 227 de la Secretaría General de la Comunidad Andina.
VISTOS: El auto de este Tribunal de fecha 21 de enero del año en curso; El escrito recibido el 4 de febrero del año 2000, presentado por la Secretaría General de la Comunidad Andina; El contenido del artículo 33 del Reglamento Interno del Tribunal. DECIDE: Dar por concluido el presente proceso, por cuanto ha quedado plenamente demostrado que la República del Perú dió cumplimiento a la A 3 referida Resolución N”* 227, lo que beneficia al interés comunitario.
NOTIFÍQUESE. Luis Henrique Farías Mata Suan José Call y Calle MAGISTRADO Eduardo Almeida Jaramillo SECRETARIO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA.- El auto que antecede es fiel,. ? / copia del original que reposa en el expediente de esta Secretaría. CERTIFI- CO. - Dr. Eduardo Almeida Jarfami11 SECRETARIO /