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RESOLUCIÓN 05-2020CAN · Other Court of Justice documents2020-04-13

SE MODIFICAN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN LAS RESOLUCIONES 03 Y 04/2020

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TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA RESOLUCIÓN 05/2020 Se «modifican los términos y condiciones establecidos en las Resoluciones 03 y 04/2020 EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA VISTOS; Los Artículos 22 y 25 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, y el Acta 10-A-T]CA-2020 - Extraordinaria correspondiente a la sesión administrativa celebrada por medios telemáticos! el 10 de abril de 2020.

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el Artículo 22 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, concordante con el Artículo 25 del referido Estatuto y el Artículo 25 de su Reglamento Interno, el Tribunal dicta reglamentaciones generales bajo la forma de acuerdos y decisiones administrativas de efectos particulares mediante actos denominados resoluciones.

Que, mediante los Decreto Supremos N* 4197, 4199 y 4200 de 18, 21 y 25 de marzo de 2020, respectivamente, el Consejo de Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia declaró la emergencia sanitaria nacional, así como la cuarentena total en su territorio hasta el 15 de abril del 2020 con el fin de combatir el brote de COVID-19. Que, a través del Decreto N* 417 del 17 de marzo de 2020 la Presidencia de la República de la República de Colombia declaró, por treinta días contados a partir de la emisión del referido Decreto, el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio colombiano con el fin de combatir el brote de COVID-19.

Que, mediante Decreto Ejecutivo N* 1017 de 16 de marzo de 2020 la Presidencia de la República del Ecuador declaró el estado de excepción, en el territorio ecuatoriano, por calamidad pública; así como el toque de queda a nivel nacional para controlar la situación de emergencia sanitaria causada por el COVID-19. e conformidad con lo establecido en los Artículos 17 y 27 del Reglamento Interno del bunal de Justicia de la Comunidad Andina.

Ol > Resolución 05/2020 Que, la República del Perú emitió el Decreto Supremo N* 044-2020-PCM de 15 de marzo de 2020 mediante el cual declaró el Estado de emergencia nacional, así como un periodo de cuarentena en el territorio de la República del Perú, el cual de conformidad con el Decreto Supremo N” 064-2020-PCM de 09 de abril de 2020 ha sido prorrogado hasta el 26 de abril de 2020.

Que, ante la situación de emergencia sanitaria declarada por los Países Miembros de la Comunidad Andina, mediante Resolución 03-2020/ TJCA del 16 de marzo de 2020 el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina adoptó medidas para reducir la probabilidad de contagio del COVID-19. Que, por Resolución 04-2020/T]CA del 26 de marzo de 2020 el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina prorrogó los términos y condiciones establecidos en la Resolución 03-2020/T]CA.

Que, si bien se mantiene la situación de emergencia sanitaria declarada por los Países Miembros, la cual motivó la emisión de las Resoluciones citadas, corresponde recordar que el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina tiene la misión fundamental de administrar justicia de manera oportuna, con el propósito de garantizar una tutela jurisdiccional efectiva a los Países Miembros, así como a los demás usuarios del sistema andino de solución de controversias.

Que, conforme a lo acordado en la sesión administrativa virtual de fecha 10 de abril de 2020; el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina;

RESUELVE

Primero.- Modificar los términos y condiciones establecidos en las Resoluciones 03 y 04/2020 de 16 y 26 de marzo de 2020, respectivamente, conforme a lo siguiente: a) Solo quedan suspendidas las actividades judiciales que requieran el apersonamiento físico (presencial) de los usuarios del sistema andino de solución de controversias. De manera excepcional, y en tanto duren los estados de emergencia en los Países Miembros, los usuarios del sistema andino de solución de controversias están exonerados de la presentación física de los escritos y sus anexos.

Los usuarios del sistema andino de solución de controversias pueden presentar sus escritos al siguiente correo electrónico: secretaria(O tribunalandino.otg. b) Mantener la operatividad funcional y administrativa del Tribunal de Justicia ¿sde la Comunidad Andina mediante el teletrabajo implementado por cada a lagistratura, la Secretaría y la Jefatura Administrativa y Financiera, lo que 0) Sacluye la producción y aprobación de providencias judiciales e informes, a RETARIASÍ|como la celebración de sesiones judiciales y administrativas virtuales. a sE s ES y e a ÑO, Unir an * d) 8) Resolución 05/2020 El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, previa coordinación con las partes, notificará las sentencias, autos y demás providencias judiciales por correo electrónico, para que los plazos y términos corran a partir de las fechas coordinadas.

En caso de no lograrse la coordinación con las partes, los plazos y términos quedan suspendidos. Encargar al Secretario del Tribunal la implementación y ejecución de la presente resolución. Previa consulta con la partes, se programarán audiencias virtuales, para efecto de lo cual el Secretario del Tribunal informará a las partes de los procesos judiciales y demás destinatarios, según corresponda, las especificaciones técnicas correspondientes.

El Secretario del Tribunal certificará que las sentencias, autos y demás providencias judiciales que se notifican han sido aprobadas por los Magistrados. La misión de difusión del derecho comunitario andino continuará de manera virtual. Segundo.- Encargar al Secretario General y al Jefe Administrativo y Financiero informen al personal del Tribunal sobre las decisiones adoptadas mediante esta Resolución. Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, a los 10 días del mes de abril de 2020. Hernán Rodrigo Romero Zambran:: ——Presidénte Ls fe Luis Felipe E mE Secretario | Página 3 del3