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RESOLUCIÓN 06-2020CAN · Other Court of Justice documents2020-06-18

SUSPENSIÓN DEL PERIODO DE VACACIONES JUDICIALES COMPRENDIDO ENTRE EL 3 Y EL 11 DE AGOSTO DE 2020 INCLUSIVE

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TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA RESOLUCIÓN 06-2020/T]CA Suspensión del periodo de vacaciones judiciales comprendido entre el 3 y el 11 de agosto de 2020, inclusive EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA VISTOS: Los Artículos 22, 25 y 33 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; así como los Artículos 25, 30 y 31 de su Reglamento Interno.

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el Artículo 22 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, concotdante con el Artículo 25 del referido Estatuto y el Artículo 25 de su Reglamento Intetno, el Tribunal dicta reglamentaciones generales bajo la forma de acuerdos y decisiones administrativas de efectos particulares mediante actos denominados resoluciones.

Que, el Artículo 33 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina establece que el Tribunal tendrá un período de vacaciones judiciales anuales que no podrá exceder de treinta días; mientras que los Artículos 30 y 31 del Reglamento Interno, determinan la obligación de publicidad de los días laborables del Tribunal tanto en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena como en la página web institucional, y la división del periodo de vacaciones judiciales, respectivamente.

Que, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina tiene la misión fundamental de administrar justicia de manera oportuna, con el propósito de garantizar una tutela __Jutisdiccional efectiva a los Países Miembros, así como a los demás usuarios del A pasistemaandino de solución de controversias. Resolución 06-2020/1]CA Que, tomando en cuenta las circunstancias excepcionales por las que están atravesando los Países Miembros de la Comunidad Andina y con el propósito de asegurar el más amplio acceso a la justicia comunitaria, especialmente en el momento en que se levanten los estados de emergencia sanitaria y se reanuden las actividades judiciales en los Países Miembros, corresponde suspender el período de vacaciones judiciales del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, comprendido entre el 3 y el 11 de agosto de 2020, inclusive.

Que, conforme a lo acordado en la sesión administrativa virtual de fecha 16 de junio de 2020; el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina;

RESUELVE

Primero.- Suspender el período de vacaciones judiciales del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina comprendido entre el 3 y el 11 de agosto de 2020, inclusive. Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, a los 16 días del mes de junio de 2020.

Hernán Ro go pon Zambrano Luis Felipe Aguilar Feijoó Presidente Secretari