ACUERDO DE CARTAGENA JUNTA Resolución 362 20 de febrero de 1995 RESOLUCION 362 RESOLUCION 362 Exclusión de productos de la Nómina de Productos No Producidos para efectos de la aplicación del Artículo 65 del Acuerdo LA JUNTA DEL ACUERDO DE CARTAGENA, VISTOS: El Artículo 65 del Acuerdo y las Decisiones 70 y 370 de la Comisión;
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo de Cartagena, en su Artículo 65, establece que, cuando se trate de productos no producidos en la Subregión, cada país podrá diferir la aplicación de los gravámenes comunes hasta el momento en que la Junta verifique que se ha iniciado producción; Que en cumplimiento del mandato contenido en el Artículo 4 de la Decisión 370, la referida nómina fue publicada mediante la Resolución 357 de la Junta del Acuerdo de Cartagena, el 16 de diciembre de 1994;
Que el Gobierno de Colombia mediante comunicaciones del 26 y 30 de enero de 1995, solicitó la exclusión de las subpartidas NANDINA 3912.31.00, correspondiente al producto Carboximetilcelulosa y sus sales, y 5902.20.90, correspondiente a Napas tramadas para neumáticos, fabricados con hilados de alta tenacidad de poliéster, excepto las cauchutadas;
Que se ha constatado la fabricación de la subpartida 3912.31.00 en Colombia la que de acuerdo con el valor promedio de las exportaciones realizadas en los últimos cuatro años se orienta en un 50% a abastecer el mercado andino; Que se ha constatado la producción de la subpartida 5902.20.90, con una capacidad de 1 200 toneladas/año;
RESUELVE
Artículo 1.- Excluir de la Nómina de Productos No Producidos a que se refiere el Artículo 4 de la Decisión 370 de la Comisión, los siguientes productos: NANDINA DESCRIPCION 3912.31.00 Carboximetilcelulosa y sus sales 5902.20.90 Napas tramadas para neumáticos, fabricados con hilados de alta tenacidad de poliéster, excepto las cauchutadas -2- Artículo 2.- En cumplimiento del Artículo 13 de la Decisión 9 de la Comisión, comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, que entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, a los veinte días del mes de febrero de mil novecientos noventa y cinco. BRUNO FAIDUTTI NAVARRETE IVAN GABALDON MARQUEZ