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RESOLUCIÓN N° 611CAN · Resolutions2002-04-09

SOLICITUD DEL GOBIERNO DE COLOMBIA PARA EL DIFERIMIENTO DEL ARANCEL EXTERNO COMÚN DE PRODUCTOS DE LA CADENA SIDERÚRGICA POR RAZONES DE EMERGENCIA NACIONAL

The official text of this document is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

5 ΔΕ “ΒΡΙΛ ΔΕ 2002 4.1.1 RESOLUCION 611 Solicitud del Gobierno de Colombia para el diferimiento del Arancel Externo Común de productos de la cadena siderúrgica por razones de emergencia nacional LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los Artículos 94, 97 y 98 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 370 y 465 de la Comisión y las Resoluciones 060, 214, 492 y 603 de la Secretaría General;

CONSIDERANDO

Que el artículo 5 de la Decisión 370 sobre Arancel Externo Común establece que los Países Miembros podrán diferir la aplicación del Arancel Externo Común, por un período máximo de tres meses, prorrogables, para atender situaciones de emergencia nacional calificadas previamente por la Secretaría General, en un plazo de 15 días. De no pronunciarse en ese plazo, el país solicitante quedaría autorizado a diferir el Arancel Externo Común de los productos cuyo diferimiento haya sido solicitado, hasta tanto se pronuncie la Secretaría General;

Que la Resolución 214 establece que, al presentarse una solicitud de diferimiento arancelario por razones de emergencia nacional, la Secretaría General informará a los demás Países Miembros de la medida solicitada, evaluará la solicitud dentro de los 8 días siguientes a su presentación y emitirá su pronunciamiento dentro de los 2 días subsiguientes, aprobando, modificando o denegando el diferimiento;

Que el Gobierno de Colombia, mediante notas del Ministerio de Comercio Exterior del 22 y 27 de marzo de 2002, solicitó autorización para diferir los gravámenes del Arancel Externo Común por un período de tres meses y por razones de emergencia nacional, incrementando el citado arancel en 10 puntos porcentuales para las 233 subpartidas de la cadena siderúrgica, relacionadas en su comunicación, con excepción de aquellas que forman parte de la Nómina de Bienes No Producidos en la Subregión;

Que, en opinión del Gobierno de Colombia, el sector siderúrgico de ese país vive una situación de emergencia nacional derivada de las restricciones al comercio mundial del acero, impuestas por Estados Unidos, que a su turno generaron la adopción de medidas restrictivas en los mercados de México, Brasil, Argentina y más recientemente en Venezuela, todo lo cual se vería reflejado en la disminución de la participación de los productores nacionales en el mercado colombiano, con el consecuente deterioro de su nivel de ingresos y el surgimiento de serias dificultades financieras para las empresas dedicadas a la explotación y fabricación del acero y sus derivados;

Que el Gobierno de Colombia aseveró en su solicitud que los efectos nocivos derivados de la desviación del comercio como resultado de la salvaguardia aplicada por Estados Unidos y la sobreproducción mundial del acero tienen incidencia en la cadena siderúrgica, especialmente si se tiene en cuenta las fluctuaciones inusuales de los precios internacionales, la competencia desleal, la desaceleración de la economía colombiana y la consecuente pérdida de rentabilidad de las empresas;

Que el Gobierno de Colombia alegó que los hechos descritos son imprevistos y escapan al manejo del Estado colombiano, tienen un impacto negativo en la economía de ese país y configuran los elementos requeridos para constituirse como emergencia nacional, para lo cual invocó el inciso d), artículo 1 de la Resolución 060 de la Secretaría General, modificado por la Resolución 214, que reza lo siguiente: “Las situaciones de naturaleza económica, no comprendidas en los literales anteriores, que afecten gravemente a un País Miembro y que se deban al caso fortuito o la fuerza mayor, que tengan carácter extraordinario e imprevisible y sean ajenas a la voluntad y control de las autoridades nacionales, incluyendo las devaluaciones drásticas ocurridas en países no miembros de la Comunidad Andina y movimientos sustanciales en los precios internacionales de productos básicos”;

Que la Secretaría General autorizó mediante Resolución 603 de marzo de 2002 al Gobierno de Venezuela a aumentar en 10 puntos porcentuales el Arancel Externo Común por razones de emergencia nacional a un grupo de productos de la cadena siderúrgica; Que la Secretaría General encuentra que la situación de emergencia planteada por Colombia coincide con la expuesta por el Gobierno de Venezuela en su solicitud, en el sentido de que ambas están basadas en una crisis mundial del sector siderúrgico que podría perjudicar a los países productores de bienes del mencionado sector, como consecuencia de la desviación de comercio que se presentaría por efectos de las restricciones que en forma de salvaguardias y sobrearanceles están adoptando diversos países productores como Estados Unidos, Tailandia, Chile y México, entre otros, por lo que la situación de emergencia nacional se enmarca en la causal descrita en la Resolución 214;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Resolución 060, los productos objeto de diferimiento deberán estar directamente vinculados con la naturaleza y alcances de la situación de emergencia nacional y las medidas solicitadas deberán contribuir a solucionarla, en consecuencia, la Secretaría General analizó el estado de producción y la naturaleza de los productos solicitados;

Que la Secretaría General observa que el nivel de diferimiento arancelario solicitado es el mismo en Colombia y Venezuela, el período es igual y las razones de la emergencia son las mismas, por lo que considera que la situación de crisis mundial del acero afecta tanto a Colombia como a Venezuela y, en cuanto a las subpartidas NANDINA afectadas, la Secretaría General considera procedente la solicitud presentada por Colombia de aumentar el Arancel Externo Común en 10 puntos para el grupo de productos solicitados, con excepción de las subpartidas que se clasifican en las partidas Nos 73.19, 73.20, 73.21, 73.22, 73.23, 73.24, 73.25 y 73.26, toda vez que estas últimas corresponden a productos metalmecánicos que no son estrictamente productos siderúrgicos y de las subpartidas 7208.51.10 y 7222.30.00, por cuanto corresponden a productos clasificados en ellas que forman parte de la Nómina de Bienes No Producidos sin especificaciones;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Decisión 425, se informa que contra la presente Resolución cabe recurso de reconsideración, dentro de los 45 días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, así como acción de nulidad por ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su entrada en vigencia;

RESUELVE

Artículo 1.- Calificar como emergencia nacional amparada por la Resolución 214 de la Secretaría General, a la situación que afecta a Colombia en relación con el sector siderúrgico. Artículo 2.- Autorizar al Gobierno de Colombia a diferir el Arancel Externo Común, aumentándolo en 10 puntos porcentuales para los productos que se detallan en el Anexo.

Artículo 3.- La autorización a que se refiere el artículo anterior tendrá vigencia por un período de tres meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución. Artículo 4.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Decisión 425, comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los cinco días del mes de abril del año dos mil dos.

SEBASTIAN ALEGRETT RUIZ Secretario General ANEXO |NANDINA |Descripción de la NANDINA | | | | |72071100 |Productos intermedios de hierro o de acero sin alear, con un | | |contenido de carbono, inferior a 0,25%, de sección transversal| | |cuadrada o rectangular y de anchura inferior al doble del | | |espesor | |72071200 |Productos intermedios de hierro o de acero sin alear, con un | | |contenido de carbono, inferior a 0,25%, de sección transversal| | |rectangular, excepto de anchura inferior al doble del espesor | |72071900 |Demás productos intermedios de hierro o de acero sin alear, | | |con un contenido de carbono, en peso, inferior a 0,25% | |72072000 |Productos intermedios de hierro o acero sin alear, con un | | |contenido, en peso superior o igual a 0,25% | |72081010 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en | | |relieve, de espesor superior a 10 mm | |72081020 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en | | |relieve, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o| | |igual a 10 mm | |72081030 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en | | |relieve, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a | | |4,75 mm | |72081040 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en | | |relieve, de espesor inferior a 3 mm | |72082510 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de | | |espesor superior a 10 mm | |72082520 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de | | |espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 | | |mm | |72082600 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de | | |espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm | |72082700 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de | | |espesor inferior a 3 mm | |72083600 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor | | |superior a 10 mm | |72083700 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor | | |superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm | |72083800 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor | | |superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm | |72083900 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de espesor | | |inferior a 3 mm | |72084010 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en | | |relieve, de espesor superior a 10 mm | |72084020 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en | | |relieve, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o| | |igual a 10 mm | |72084030 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en | | |relieve, de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a | | |4,75 mm | |72084040 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente | | |laminados en caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en | | |relieve, de espesor inferior a 3 mm | |72085120 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, | | |simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de | | |espesor superior a 10 mm pero inferior o igual a 12,5 mm | |72085200 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, | | |simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de | | |espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a | | |10 mm | |72085300 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, | | |simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de | | |espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm | |72085400 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, | | |simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir, de | | |espesor inferior a 3 mm | |72089000 |Demás productos laminados planos de hierro o de acero, sin | | |alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin chapar ni | | |revestir | |72091500 |Productos de hierro o acero sin alear, ancho 500 mm, laminado | | |frío, enrollados, espesor 3 mm | |72091600 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior| | |a 1 mm pero inferior a 3 mm | |72091700 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior| | |o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm | |72091810 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor inferior| | |a 0,5 mm pero superior o igual a 0,25 mm | |72091820 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, enrollados, simplemente | | |laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor inferior| | |a 0,25 mm | |72092500 |Productos de hierro o acero sin alear, ancho 600 mm, laminado | | |frío, sin enrollar, espesor 3 mm | |72092600 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente | | |laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior| | |a 1 mm pero inferior a 3 mm | |72092700 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente | | |laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor superior| | |o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm | |72092800 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente | | |laminados en frío, sin chapar ni revestir, de espesor inferior| | |a 0,5 mm | |72099000 |Demás productos laminados planos de hierro o de acero sin | | |alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en | | |frío, sin chapar ni revestir | |72101100 |Productos laminados de hierro o acero sin alear, ancho 600 mm,| | |estañados, espesor 0,5 mm | |72101200 |Productos laminados de hierro o acero sin alear, ancho 600 mm,| | |estañados, espesor 0,5 mm | |72102000 |Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, emplomados, incluidos los | | |revestidos con una aleación de plomo y estaño | |72103000 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, cincados electrolíticamente| |72104100 |Productos laminados planos de hierro o de acero, sin alear, de| | |anchura superior o igual a 600 mm, galvanizados, ondulados, | | |excepto electrolíticamente | |72104900 |Productos laminados planos de hierro o de acero, sin alear, de| | |anchura superior o igual a 600 mm, galvanizados, sin ondular, | | |excepto electrolíticamente | |72105000 |Productos laminados sin alear, ancho 600 mm, revestidos de | | |óxidos de cromo o de cromo y óxidos | |72106100 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, revestidos de aleaciones de| | |aluminio y cinc | |72107010 |Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, revestidos de aleaciones de| | |aluminio-cinc | |72107090 |Demás productos laminados planos de hierro o de acero sin | | |alear, de anchura superior o igual a 600 mm, pintados, | | |barnizados o revestidos de plástico, excepto revestidos de | | |aleaciones de aluminio-cinc | |72109000 |Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de | | |anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos de | | |otro modo | |72111300 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |simplemente laminados en caliente, en las cuatro caras o en | | |acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm pero | | |inferior a 600 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin | | |enrollar y sin motivos en relieve | |72111400 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |simplemente laminados en caliente, de anchura inferior a 600 | | |mm, de espesor superior o igual a 4,75 mm, sin chapar ni | | |revestir | |72111900 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir, | | |simplemente laminados en caliente | |72112300 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura inferior a 600 mm, simplemente laminados en frío, con | | |un contenido de carbono inferior al 0,25% en peso, sin chapar | | |ni revestir | |72112900 |Demás productos laminados planos de hierro o acero sin alear, | | |de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir, | | |simplemente laminados en frío | |72119000 |Demás productos planos de hierro o de acero, sin alear, de | | |anchura inferior a | | |600 mm, sin chapar o revestir | |72121000 |Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de | | |anchura inferior a 600 mm, estañados | |72122000 |Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de | | |anchura inferior a | | |600 mm, cincados electrolíticamente | |72123000 |Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de | | |anchura inferior a 600 mm, galvanizados de otro modo | |72124000 |Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de | | |anchura inferior a 600 mm, pintados, barnizados o revestidos | | |de plástico | |72125000 |Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de | | |anchura inferior a 600 mm, pintados, barnizados o revestidos | | |de otro modo | |72126000 |Productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de | | |anchura inferior a 600 mm, chapados | |72131000 |Alambrón de hierro o acero sin alear, con muescas, cordones, | | |surcos o relieves, producidos en el laminado | |72132000 |Alambrón de acero de fácil mecanización | |7213910010|ALAMBRON DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR DE SECCION CIRCULAR, CON | | |DIAMETRO INFERIOR A 14 mm, CON UN CONTENIDO DE MANGANESO DE | | |0,65 A 1,20% EN PESO | |7213910020|ALAMBRON DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR DE SECCION CIRCULAR, CON | | |DIAMETRO INFERIOR A 14 mm, CON UN CONTENIDO DE AZUFRE MENOR DE| | |0,025% Y FOSFORO MENOR DE 0,025% | |7213910090|DEMAS ALAMBRON DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR DE SECCION | | |CIRCULAR, CON DIAMETRO INFERIOR A 14 mm | |7213990090|DEMAS ALAMBRON DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR | |72141000 |Barras de hierro o acero sin alear, forjadas, en caliente | |72142000 |Barras de hierro o acero sin alear, con muescas, cordones, | | |surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a | | |torsión después del laminado, en caliente | |7214300010|BARRAS SIN ALEAR TRABAJADAS EN CALIENTE DE ACERO FACIL | | |MECANIZACION, DE DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 100 mm | |7214910010|Barras de hierro o acero sin alear, laminadas o extrudidas en | | |caliente, así como las sometidas a torsión después del | | |laminado, de sección transversal rectangular | |7214990010|Demás barras de hierro o acero sin alear, laminadas o | | |extrudidas en caliente, así como las sometidas a torsión | | |después del laminado | |7215100010|DEMAS BARRAS SIN ALEAR DE ACERO DE FACIL MECANIZACION, | | |OBTENIDAS EN FRIO CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 100 mm | |7215500010|DEMAS BARRAS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, SIMPLEMENTE | | |OBTENIDAS O ACABADAS EN FRIO, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A | | |100 mm | |7215900010|DEMAS BARRAS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, CON DIAMETRO | | |INFERIOR O IGUAL A 100 mm | |72161000 |Perfiles de hierro o de acero sin alear, en "U", en "I" o en | | |"H", simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura| | |inferior a 80 mm | |72162100 |Perfiles de hierro o de acero sin alear, en "L", simplemente | | |laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm| |72162200 |Perfiles de hierro o de acero sin alear, en T, simplemente | | |laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm| |72163100 |Perfiles de hierro o de acero sin alear, en "U" simplemente | | |laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual| | |a 80 mm | |72163200 |Perfiles de hierro o de acero sin alear, en "I" simplemente | | |laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual| | |a 80 mm | |72163300 |Perfiles de hierro o de acero sin alear, en "H" simplemente | | |laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual| | |a 80 mm | |72164000 |Perfiles de hierro o de acero sin alear, en "L" o en "T", | | |simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura | | |superior o igual a 80 mm | |72165000 |Demás perfiles de hierro o acero sin alear, simplemente | | |laminados o extrudidos en caliente | |72166100 |Perfiles de hierro o acero sin alear, simplemente obtenidos o | | |acabados en frío, a partir de productos laminados planos | |72166900 |Demás perfiles de hierro o acero sin alear, simplemente | | |obtenidos o acabados en frío | |72169100 |Perfiles de hierro o acero sin alear, obtenidos o acabados en | | |frío, a partir de productos laminados planos | |72169900 |Demás perfiles de hierro o acero sin alear | |72171000 |Alambre de hierro o acero sin alear, sin revestir, incluso | | |pulido | |72172000 |Alambre de hierro o acero sin alear, cincado | |72173000 |Alambre de hierro o acero sin alear, revestido de otro metal | | |común | |72179000 |Demás alambres de hierro o acero sin alear | |72201200 |Productos laminados planos de acero inoxidable, de anchura | | |inferior a 600 mm, simplemente laminados en caliente, de | | |espesor inferior a 4,75 mm | |7222110010|BARRAS SIMPLEMENTE LAMINADAS O EXTRUDIDAS EN CALIENTE, DE | | |SECCION CIRCULAR, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 65 mm | |7222190010|DEMAS BARRAS SIMPLEMENTE LAMINADAS O EXTRUDIDAS EN CALIENTE | | |CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 65 mm | |7222200010|BARRAS DE ACERO INOXIDABLE OBTENIDAS O ACABADAS EN FRIO, CON | | |DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 65 mm | |72241000 |Demás aceros aleados en lingotes u otras formas primarias | |72249000 |Productos intermedios de los demás aceros aleados | |72269200 |Productos laminados planos, simplemente laminados en frío, de | | |anchura inferior a 600 mm | |72269300 |Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de | | |anchura inferior a 600 mm, cincados electrolíticamente | |72269400 |Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de | | |anchura inferior a 600 mm, cincados de otro modo | |72269900 |Demás productos laminados planos de los demás aceros aleados, | | |de anchura inferior a 600 mm | |7228200010|BARRAS DE ACERO SILICOMANGANESO, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL| | |A 100 mm | |72283000 |Demás barras de los demás aceros aleados, simplemente | | |laminadas o extrudidas en caliente | |72284000 |Demás barras de los demás aceros aleados, simplemente forjadas| |7228500010|DEMAS BARRAS DE DEMAS ACEROS ALEADOS, OBTENIDOS O ACABADOS EN | | |FRIO, CON DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 100 mm | |7228600010|DEMAS BARRAS DE LOS DEMAS ACEROS ALEADOS, CON DIAMETRO | | |INFERIOR O IGUAL A 100 mm | |73011000 |Tablestacas de hierro o de acero, incluso preparadas o hechas | | |con elementos ensamblados | |73012000 |Perfiles obtenidos por soldadura, de hierro o de acero | |73021000 |Carriles (rieles), de fundición, hierro o acero | |73023000 |Agujas, puntas de corazón, varillas para el mando de agujas y | | |demás elementos para el cruce y cambio de vías, de fundición, | | |de hierro o acero | |73024000 |Bridas y placas de asiento, de fundición, de hierro o acero | |73029000 |Contracarriles y cremalleras, cuñas, bridas de unión, placas y| | |tirantes de separación y demás piezas diseñadas especialmente | | |para la colocación, unión o fijación de carriles (rieles), de | | |fundición, de hierro o acero | |73030000 |Tubos y perfiles huecos, de fundición | |73041000 |Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoductos, | | |sin soldadura, de hierro o de acero | |73042100 |Tubos de perforación, del tipo de los utilizados para la | | |extracción de petróleo o gas, sin soldadura (sin costura), de | | |hierro o acero | |73042900 |Tubos de entubación (“casing”) o de producción (“tubing”), del| | |tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o gas, | | |sin soldadura (sin costura), de hierro o acero | |73043100 |Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o de acero | | |sin alear, estirados o laminados en frío, de sección circular | |73043900 |Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o de acero | | |sin alear, de sección circular, excepto los estirados o | | |laminados en frío | |73045100 |Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de sección circular, | | |estirados o laminados al frío, de los demás aceros aleados | |73045900 |Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de sección circular, | | |estirados o laminados al frío, de los demás aceros aleados, | | |excepto los estirados y laminados al frío | |73049000 |Demás tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o de | | |acero | |73051100 |Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoductos, | | |soldados longitudinalmente con arco sumergido, de sección | | |interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a | | |406,4 mm de hierro o de acero | |73051200 |Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoducto, | | |soldados longitudinalmente excepto con arco sumergido, de | | |sección interior y exterior circular, de diámetro exterior | | |superior a 406,4 mm de hierro o de acero | |73051900 |Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gasoducto, | | |excepto los soldados longitudinalmente, de sección interior y | | |exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm de| | |hierro o de acero | |73052000 |Tubos de entubado del tipo de los utilizados para la | | |extracción de petróleo o de gas, de sección interior y | | |exterior circular, de diámetro exterior superior a | | |406,4 mm, de hierro o de acero | |73053100 |Demás tubos de sección circular con diámetro exterior superior| | |a 406,4 mm, de hierro o acero, soldados longitudinalmente | |73053900 |Demás tubos excepto soldados longitudinalmente, de sección | | |interior y exterior circular, de diámetro exterior superior a | | |406,4 mm de hierro o de acero | |73059000 |Demás tubos soldados, de sección circular con diámetro | | |exterior superior a | | |406,4 mm, de hierro o acero | |73061000 |Demás tubos del tipo de los utilizados en oleoductos y | | |gasoductos, de hierro o acero | |73062000 |Demás tubos de entubado o de producción del tipo de los | | |utilizados para la extracción de petróleo o de gas, de hierro | | |o acero | |73063000 |Demás tubos soldados, de sección circular, de hierro o de | | |acero sin alear, de hierro o acero | |73066000 |Demás tubos y perfiles huecos, soldados, excepto los de | | |sección circular, de hierro o acero | |73069000 |Demás tubos y perfiles huecos (p. ej.: soldados, remachados, | | |grapados o con los bordes simplemente aproximados) de hierro o| | |acero | |73071100 |Accesorios de tuberías, de fundición no maleable, moldeados | |73071900 |Accesorios de tuberías, de hierro o acero, excepto de | | |fundición no maleable, moldeados | |73072100 |Bridas de acero inoxidable | |73072200 |Codos, curvas y manguitos, roscados, de acero inoxidable | |73072900 |Demás accesorios de tubería, de acero inoxidable | |73079100 |Bridas, excepto los moldeados y los de acero inoxidable | |73079200 |Codos, curvas y manguitos, roscados, excepto los moldeados y | | |los de acero inoxidable | |73079300 |Accesorios para soldar a tope, excepto los moldeados y los de | | |acero inoxidable | |73079900 |Demás accesorios de tubería, excepto los moldeados y los de | | |acero inoxidable | |73081000 |Puentes y sus partes, de fundición, hierro o acero | |73082000 |Torres y castilletes, de fundición, hierro o acero | |73083000 |Puertas, ventanas y sus marcos, bastidores y umbrales, de | | |fundición, hierro o acero | |73084000 |Material de andamiaje, encofrado, apuntalado o de apeo | |73089010 |Chapas, barras, perfiles, tubos y similares, preparados para | | |la construcción, de fundición, hierro o acero | |73089090 |Demás construcciones o partes de construcciones, de fundición,| | |hierro o acero, excepto las construcciones prefabricadas de la| | |partida 94.06 | |73090000 |Depósitos, cisternas, cubas y recipientes similares para | | |cualquier materia (con excepción de los de gases comprimidos o| | |licuados), de fundición, hierro o acero, de capacidad superior| | |a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con | | |revestimiento interior o calorífugo | |73101000 |Depósitos, barriles, tambores, cajas y recipientes similares, | | |para cualquier materia (excepto de los gases comprimidos o | | |licuados), de capacidad superior o igual a 50 l, de fundición,| | |hierro o acero | |73102100 |Cajas para cerrar por cerradura o rebordeado, de capacidad | | |inferior a 50 l, de fundición, hierro o acero | |7310290090|DEMAS DEPOSITOS, BARRILES, TAMBORES Y RECIPIENTES SIMILARES, | | |DE FUNDICION, HIERRO O ACERO, DE CAPACIDAD INFERIOR A 50 l | |73110090 |Demás recipientes para gases comprimidos o licuados, de | | |fundición, hierro o acero | |73121090 |Demás cables, de hierro o acero, sin aislar para electricidad | |73129000 |Trenzas, eslingas y artículos similares, sin aislar para usos | | |eléctricos | |73130010 |Alambre de púas, de hierro o acero | |73130090 |Alambre o fleje, torcidos, incluso con púas, del tipo de los | | |utilizados para cercar, de hierro o de acero | |73141200 |Telas metálicas tejidas, continuas o sin fin, de acero | | |inoxidable, para máquinas | |73141300 |Demás telas metálicas tejidas, continuas o sin fin, de hierro | | |o acero, para máquinas | |73141400 |Demás telas metálicas tejidas, de acero inoxidable | |73141900 |Demás telas metálicas tejidas, de hierro o acero | |73142000 |Enrejados de alambre soldados en los puntos de cruce, con | | |alambre de 3 mm o más en la mayor dimensión de la sección | | |transversal y con mallas de superficie superior o igual a 100 | | |cm2, de hierro o de acero, excepto el inoxidable | |73143100 |Demás redes y rejas, de hierro o acero, soldadas en los puntos| | |de cruce, cincadas | |73143900 |Demás redes y rejas, de hierro o acero, soldadas en los puntos| | |de cruce | |73144100 |Demás enrejados, galvanizados, de alambre de hierro o acero | |73144200 |Demás enrejados, revestido de plástico, de hierro o de acero | |73144900 |Demás enrejados, excepto los galvanizados y revestido de | | |plástico, de hierro o de acero | |73145000 |Chapas y bandas extendidas, de hierro o acero | |73151100 |Cadenas de rodillos, de fundición, hierro o acero | |73151200 |Demás cadenas de eslabones articulados, de fundición, hierro o| | |acero | |73151900 |Partes de cadenas de eslabones articulados, de fundición, | | |hierro o acero | |73152000 |Cadenas antideslizantes, de fundición, hierro o acero | |73158100 |Cadenas de eslabones con puntales, de fundición, hierro o | | |acero | |73158200 |Cadenas, de eslabones soldados, de fundición, hierro o acero | |73158900 |Demás cadenas de fundición, hierro o acero | |73159000 |Partes para cadenas de fundición, de hierro o acero, excepto | | |de eslabones articulados | |73160000 |Anclas, rezones y sus partes, de fundición, de hierro o de | | |acero | |73170000 |Puntas, clavos, chinchetas, grapas apuntadas, grapas onduladas| | |o biseladas y artículos similares, de fundición, de hierro o | | |de acero, incluso con cabeza de otras materias, con exclusión | | |de los de cabeza de cobre | |73181100 |Tirafondos, de fundición, hierro o acero | |73181200 |Demás tornillos para madera, de fundición, de hierro o de | | |acero | |73181300 |Escarpias y armellas, roscadas, de fundición, de hierro o de | | |acero | |73181400 |Tornillos taladradores, de fundición, de hierro o de acero | |73181510 |Pernos de anclaje expandibles, para concreto, de fundición, | | |hierro o acero | |73181590 |Demás tornillos, incluso con sus tuercas y arandelas, de | | |fundición, de hierro o de acero | |73181600 |Tuercas, de fundición, hierro o acero | |73181900 |Demás artículos roscados, de fundición, hierro o acero | |73182100 |Arandelas de muelle y las demás de seguridad, de fundición, | | |hierro o acero | |73182200 |Demás arandelas, de fundición, hierro o acero | |73182300 |Remaches, de fundición, de hierro o de acero | |73182400 |Pasadores, clavijas y chavetas, de fundición, hierro o acero | |73182900 |Demás artículos sin roscar, de fundición, hierro o acero | ----------------------- ΡΕΣΟΛΥΧΙΟΝΕΣ ΡΕΣΟΛΥΧΙΟΝ 611 ΣΟΛΙΧΙΤΥΔ ΔΕΛ ΓΟΒΙΕΡΝΟ ΔΕ ΧΟΛΟΜΒΙ“ Π“Ρ“ ΕΛ ΔΙΦΕΡΙΜΙΕΝΤΟ ΔΕΛ “Ρ“ΝΧΕΛ ΕΞΤΕΡΝΟ ΧΟΜΥΝ ΔΕ ΠΡΟΔΥΧΤΟΣ ΔΕ Λ“ Χ“ΔΕΝ“ ΣΙΔΕΡΥΡΓΙΧ“ ΠΟΡ Ρ“ΖΟΝΕΣ ΔΕ ΕΜΕΡΓΕΝΧΙ“ Ν“ΧΙΟΝ“Λ