7 de abril de 2004 2.17.22 RESOLUCION 816 Rectificación de los Precios de Referencia del Aceite Crudo de Soya y del Aceite Crudo de Palma del Sistema Andino de Franjas de Precios para la segunda quincena de abril de 2004, de la Resolución 813, correspondientes a la Circular N° 218 del 5 de abril de 2004 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: La Resolución 813 y el artículo 35 de la Decisión 425 que aprueba el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, y
CONSIDERANDO
Que en el artículo 1 de la Resolución 813 se fijaron los precios de referencia de los productos marcadores de la Franja del Aceite Crudo de Soya y de la Franja del Aceite Crudo de Palma para la segunda quincena de abril de 2004 que corresponden a la primera quincena; Que, el artículo 35 de la Decisión 425 permite a la Secretaría General corregir de oficio los errores materiales o de cálculo de sus propios actos en cualquier momento;
RESUELVE
Artículo 1.- Sustituir en el artículo 1 de la Resolución 813, los precios de referencia de la subpartida Nandina 1507.10.00, Producto Marcador: Aceite Crudo de Soya y subpartida Nandina 1511.10.00, Producto Marcador: Aceite Crudo de Palma, por los siguientes: NANDINA PRODUCTO MARCADOR PRECIO DE REFERENCIA 1507.10.00 Aceite Crudo de Soya USD/t 658 (Seiscientos cincuenta y ocho) en vez de USD/t 668 (Seiscientos sesenta y ocho) 1511.10.00 Aceite Crudo de Palma USD/t 589 (Quinientos ochenta y nueve) en vez de USD/t 594 (Quinientos noventa y cuatro) Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los siete días del mes de abril del año dos mil cuatro. HECTOR MALDONADO LIRA Director General Encargado de la Secretaría General ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 816 RECTIFICACIÓN DE LOS PRECIOS DE REFE-RENCIA DEL ACEITE CRUDO DE SOYA Y DEL ACEITE CRUDO DE PALMA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA SEGUNDA QUINCENA DE ABRIL DE 2004, DE LA RESOLUCIÓN 813, CORRESPONDIENTES A LA CIRCULAR N° 218 DEL 5 DE ABRIL DE 2004