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RESOLUCIÓN N° 1299CAN · Resolutions2010-01-22

PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA PRIMERA QUINCENA DE FEBRERO DE 2010, CORRESPONDIENTES A LA CIRCULAR N° 357 DEL 20 DE ENERO DE 2010

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22 de enero de 2010 D.1.9 RESOLUCION 1299 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de febrero de 2010, correspondientes a la Circular N° 357 del 20 de enero de 2010 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 29 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, las Resoluciones 1195 y 1211 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO

Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en las Resoluciones 1195 y 1211, o de efectuar los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;

RESUELVE

Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la primera quincena de febrero de 2010: |NANDINA |PRODUCTO MARCADOR |PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) | |0203.29.00 |Carne de cerdo |1 384 |(Un mil trescientos ochenta y | | | | |cuatro) | |0207.14.00 |Trozos de pollo |927 |(Novecientos veintisiete) | |0402.21.19 |Leche entera |2 544 |(Dos mil quinientos cuarenta y | | | | |cuatro) | |1001.10.90 |Trigo |246 |(Doscientos cuarenta y seis) | |1003.00.90 |Cebada |226 |(Doscientos veintiséis) | |1005.90.11 |Maíz amarillo |210 |(Doscientos diez) | |1005.90.12 |Maíz blanco |212 |(Doscientos doce) | |1006.30.00 |Arroz blanco |616 |(Seiscientos dieciséis) | |1201.00.90 |Soya en grano |421 |(Cuatrocientos veintiuno) | |1507.10.00 |Aceite crudo de soya |901 |(Novecientos uno) | |1511.10.00 |Aceite crudo de palma|852 |(Ochocientos cincuenta y dos) | |1701.11.90 |Azúcar crudo |638 |(Seiscientos treinta y ocho) | |1701.99.00 |Azúcar blanco |756 |(Setecientos cincuenta y seis) | Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplica-rán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el primero y el quince de febrero del año dos mil diez.

Artículo 3.- Para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, se podrán utilizar las Tablas Aduaneras publicadas en las Resoluciones 1195 y 1211 de la Secretaría General, o se efectuarán los cálculos que se establecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371.

Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil diez. FREDDY EHLERS Secretario General ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1299 PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA PRIMERA QUINCENA DE FEBRERO DE 2010, CORRESPON-DIENTES A LA CIRCULAR N° 357 DEL 20 DE ENERO DE 2010