JurídicoESEN
RESOLUCIÓN N° 1449CAN · Resolutions2012-01-12

PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA SEGUNDA QUINCENA DE ENERO DE 2012, CORRESPONDIENTES A LA CIRCULAR N° 404 DEL 10 DE ENERO DE 2012

The official text of this document is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

12 de enero de 2011 D.1.9 RESOLUCION 1449 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la segunda quincena de enero de 2012, correspondientes a la Circular N° 404 del 10 de enero de 2012 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 29 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, la Resolución 1392 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO

Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1392, o de efectuar los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;

RESUELVE

Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la segunda quincena de enero de 2012: |NANDINA |PRODUCTO MARCADOR |PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) | |0203.29.00 |Carne de cerdo |2 325 |(Dos mil trescientos veinticinco)| |0207.14.00 |Trozos de pollo |1 258 |(Un mil doscientos cincuenta y | | | | |ocho) | |0402.21.19 |Leche entera |3 752 |(Tres mil setecientos cincuenta y| | | | |dos) | |1001.10.90 |Trigo |318 |(Trescientos dieciocho) | |1003.00.90 |Cebada |226 |(Doscientos veintiséis) | |1005.90.11 |Maíz amarillo |288 |(Doscientos ochenta y ocho) | |1005.90.12 |Maíz blanco |364 |(Trescientos sesenta y cuatro) | |1006.30.00 |Arroz blanco |608 |(Seiscientos ocho) | |1201.00.90 |Soya en grano |477 |(Cuatrocientos setenta y siete) | |1507.10.00 |Aceite crudo de soya |1 167 |(Un mil ciento sesenta y siete) | |1511.10.00 |Aceite crudo de palma|1 073 |(Un mil setenta y tres) | |1701.11.90 |Azúcar crudo |543 |(Quinientos cuarenta y tres) | |1701.99.00 |Azúcar blanco |635 |(Seiscientos treinta y cinco) | Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplica-rán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el dieciséis y el treinta y uno de enero del año dos mil doce.

Artículo 3.- Los Países Miembros que apliquen el Sistema Andino de Franjas de Precios de conformidad con las Decisiones 695 y 717, podrán utilizar, para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1392 de la Secretaría General, o podrán efectuar los cálculos que se establecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371.

Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los doce días del mes de enero del año dos mil doce. ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General a.i. ----------------------- RESOLUCIONES RESOLUCION 1449 PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA SEGUNDA QUINCENA DE ENERO DE 2012, CORRESPON-DIENTES A LA CIRCULAR N° 404 DEL 10 DE ENERO DE 2012