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RESOLUCIÓN N° 1816CAN · Resolutions2015-12-07

SUSTITUYE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO TROZOS DE POLLO DE LA RESOLUCIÓN 1755 - PRECIOS PISO Y TECHO Y TABLAS ADUANERAS DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS - PARA EL PERÍODO ENTRE LA SEGUNDA QUINCENA DE DICIEMBRE DE 2015 Y MARZO DE 2016

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RESOLUCIÓN N° 1816 Sustituye información sobre el producto trozos de pollo de la Resolución 1755 - Precios Piso y Techo y Tablas Aduaneras del Sistema Andino de Franjas de Precios - para el período entre la segunda quincena de diciembre de 2015 y marzo de 2016 LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Las Decisiones 371 y 805 de la Comisión de la Comunidad Andina; y la Resolución 1755 de la Secretaría General;

CONSIDERANDO

Que la Decisión 371 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena estableció el método para el cálculo de los Precios Piso y Techo y las Tablas Aduaneras del Sistema Andino de Franjas de Precios; Que de acuerdo con los artículos 19 y 21 de la referida Decisión, corresponde a la Secretaría General de la Comunidad Andina, fijar mediante Resolución dichos precios para cada producto marcador, adjuntando las tablas aduaneras correspondientes;

Que mediante Resolución 1755 se fijaron los Precios Piso y Techo y Tablas Aduaneras del Sistema Andino de Franjas de Precios para el período abril de 2015 - marzo de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Decisión 371, el Comité Andino Agropecuario, con fecha 3 de diciembre de 2015, emitió su opinión a favor de la modificación de la Resolución 1755 en los términos que figuran en la presente Resolución;

RESUELVE

Artículo 1.- Sustituir, en el artículo 1 de la Resolución 1755, la información sobre el producto marcador trozos de pollo para el período comprendido entre la segunda quincena de diciembre de 2015 y marzo de 2016, por la siguiente: Artículo 2.- Sustituir, en el Anexo I de la Resolución 1755 lo siguiente: La columna referente a la carne de pollo que figura en la tabla: “Precios Internacionales FOB en Dólares Corrientes por Tonelada”, por la columna de la tabla que figura en el Anexo I-A de la presente Resolución, y La columna referente a la carne de pollo que figura en la tabla “Precios Internacionales CIF en Dólares Constantes por Tonelada”, por la columna de la tabla que figura en el Anexo I-B de la presente Resolución. Artículo 3.- Sustituir, en el Anexo II de la Resolución 1755 la Tabla 13: Tabla Aduanera de los Trozos de Pollo y Productos Vinculados, por la tabla que figura en el Anexo II-A de la presente Resolución. Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil quince. Pablo Guzmán Laugier Secretario General ANEXO I-A. ANEXO I-B. ANEXO I-B. (Cont.) ANEXO II-A. ANEXO II-A. (Cont.) ANEXO II-A. (Cont.) ANEXO II-A. (Cont.) ANEXO II-A. (Cont.) ANEXO II-A. (Cont.) ANEXO II-A. (Cont.) ANEXO II-A. (Cont.)