RESOLUCIÓN N° 1977 Encargatura temporal de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: Los artículos 30 y 44 del Acuerdo de Cartagena, los artículos 11 literal a) y 14 de la Decisión 409 - Reglamento de la Secretaría General; el artículo 53 de la Resolución 1075 - Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General; y las Resoluciones 1636 y 1888; y,
CONSIDERANDO
Que corresponde al Secretario General realizar las acciones que le permitan coordinar y mantener vínculos de trabajos con los diversos Órganos e Instituciones del Sistema Andino de integración de la Comunidad Andina; Que el Consejo Empresarial Andino es una instancia consultiva del Sistema Andino de Integración que está conformado por las organizaciones representativas de los sectores empresariales de cada uno de los Países Miembros, y cuya función es emitir opinión sobre los temas de su interés;
Que el Secretario General se ausentará los días 30 y 31 de enero de 2018 de la Sede de la Secretaría General para sostener en la ciudad de Bogotá, Colombia, reuniones de coordinación con el Presidente del Consejo Gremial Nacional de Colombia, así como con los Ministros de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior y Turismo de la República de Colombia, con el objetivo de restablecer las actividades del Consejo Consultivo Empresarial Andino;
Que el artículo 53 de la Resolución 1075 establece que los funcionarios de la Secretaría General realizarán viajes de servicio cuyos gastos serán responsabilidad de la Secretaría General; Que mediante Decisión 409 se dispuso que en caso de ausencia temporal del Secretario General, éste encargará interinamente la Secretaría General a cualquiera de los Directores Generales;
Que mediante la Resolución 1636 de fecha 9 de diciembre de 2013 se designó a la señora Luz Marina Monroy, como Directora General de la Secretaría General de la Comunidad Andina y que dicha designación fue ampliada por un periodo de tres años adicionales mediante Resolución 1888 de fecha 7 de diciembre de 2016;
RESUELVE
Artículo Único.- Encargar la Secretaría General a la Directora General Luz Marina Monroy Acevedo, quien actuará en calidad de Secretaria General ad- interim, los días martes 30 al miércoles 31 de enero de 2018 inclusive. Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución que entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil dieciocho. Walker San Miguel Rodríguez Secretario General