Decimosexto Período de Sesiones Extraordinarias de la Comisión 28 de febrero a 3 de marzo de 1976 30 de marzo de 1976 6 a 9 de abril de 1976 Lima - Perú DECISION 97 Autorización al Gobierno de Chile LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA, VISTO: Los Artículos 7 y 27 del Acuerdo de Cartagena y la Decisión 24 de la Comisión; DECIDE: Artículo 1.- Facúltase al Gobierno de Chile para autorizar la venta a inversionistas extranjeros de las acciones, participaciones o derechos en las empresas que pertenecen total o parcialmente a la Corporación de Fomento de la Producción de ese país y que figuran en el Anexo de la presente Decisión. Artículo 2.- Estas empresas se considerarán como existentes en los términos del Artículo 28 de la Decisión 24 y, en consecuencia, no gozarán de las ventajas derivadas del programa de liberación del Acuerdo hasta que convengan su transformación en empresas nacionales o mixtas con sujeción a lo dispuesto en el mencionado artículo.
Los plazos de transformación de estas empresas se contarán a partir de la fecha de vigencia de la presente Decisión. Artículo 3.- La presente Decisión regirá a partir de la fecha en que entre en vigor el Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena contenido en la Decisión 100 de la Comisión.