Cuadragesimosexto Período de Sesiones Ordinarias de la Comisión 10 - 11 de diciembre de 1987 Lima - Perú DECISION 229 Programa de Levantamiento de Restricciones: Primera Etapa LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA, VISTOS: El Artículo 7 del Acuerdo y la Propuesta 173 de la Junta;
CONSIDERANDO
Que el Programa de Transición, aprobado mediante Decisión 225, comprende, entre otras acciones, el levantamiento gradual de las restricciones aplicadas a los productos que no hubieren registrado comercio en el período 1981-1985 y de las que afectan a los restantes productos sujetos al Programa de Liberación; Que los Países Miembros han concertado en el seno de la Comisión las etapas y modalidades con sujeción a las cuales darán cumplimiento al indicado compromiso; y Que es indispensable poner en marcha un programa de levantamiento de restricciones a fin de acelerar el restablecimiento de la normalidad del proceso;
DECIDE: Artículo 1.- Los Países Miembros cumplirán el compromiso previsto en el literal c) del numeral 1 del Artículo 2 de la Decisión 225 aprobatoria del Programa de Transición, mediante un programa de levantamiento gradual de restricciones que comprenderá las siguientes etapas: Primera etapa: entre el 31 de enero y el 31 de marzo; Segunda etapa: entre el 1º de abril y el 30 de junio;
Tercera etapa: entre el 1º de julio y el 30 de setiembre; y Cuarta etapa: entre el 1º de octubre y el 31 de diciembre de 1988. Artículo 2.- Dentro de la Primera etapa, los Países Miembros eliminarán las restricciones a las importaciones de productos originarios de la Subregión y comprendidos en los números de ítems de sus Aranceles Nacionales que a continuación se indican: 1.
El 31 de enero de 1988: a) Colombia: 2 ítems; b) Ecuador: 12 ítems; c) Perú: 495 ítems; d) Venezuela: 130 ítems. 2. A más tardar el 31 de marzo de 1988: a) Colombia: 58 ítems; b) Ecuador: 6 ítems; c) Perú: 1 981 ítems; d) Venezuela: 518 ítems. Los Países Miembros presentarán a la Junta, a más tardar el 15 de enero, las listas de los productos correspondientes a los ítems a que se refiere el numeral 1 y, a más tardar el 15 de marzo de 1988, las correspondientes a los del numeral 2.
Dada en la ciudad de Lima, el once de diciembre de mil novecientos ochenta y siete. -----------