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DECISIÓN N° 323CAN · Decisions1992-08-27

COMISIÓN DE ALTO NIVEL SOBRE COMPETENCIA

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Sexagesimonoveno Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión 25 de agosto de 1992 Lima - Perú DECISION 323 Comisión de Alto Nivel sobre Competencia LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA, VISTOS: Los Artículos 6, 7 literal e), 75 y 77 del Acuerdo, el Acta de Barahona suscrita por los Presidentes de los Países Miembros el 5 de diciembre de 1991 y la Propuesta 251/Mod. 2 de la Junta;

CONSIDERANDO

Que para alcanzar los objetivos del proceso de integración es conveniente disponer de mecanismos expeditos para prevenir los efectos de las prácticas que distorsionan la competencia afectando la producción o el comercio en el ámbito subregional; DECIDE: Artículo 1.- Créase una Comisión de Alto Nivel sobre Competencia integrada por Delegados Titulares y Alternos de los Países Miembros y por la Junta.

La Comisión identificará los productos o sectores cuya producción o comercio intrasubregional podrían verse perjudicados por prácticas que distorsionen la competencia. Artículo 2.- La Comisión de Alto Nivel a que se refiere el Artículo anterior, propiciará que los Gobiernos o empresas donde se originan las prácticas que distorsionen la competencia asuman compromisos conducentes a eliminarlas o atenuar sus efectos.

De no llegarse a una solución concertada en el término de quince días, la Junta sumariamente autorizará al País Miembro afectado, a adoptar las medidas compensatorias requeridas para corregir las distorsiones derivadas de las prácticas desleales. La Comisión de Alto Nivel estará facultada para revisar las normas vigentes sobre competencia y, de ser el caso, recomendar a la Comisión del Acuerdo de Cartagena su modificación o la aprobación de normas complementarias.

Artículo 3.- La Junta convocará a dicha Comisión para que se reúna antes del 15 de setiembre de 1992, con el fin de que apruebe su Reglamento y organice su Programa de Actividades. Artículo 4.- Los Representantes Titulares designarán, a la brevedad posible, los nombres de los Delegados Titulares y Alternos a dicha Comisión. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos noventa y dos.