Septuagesimosegundo Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión 29 de abril de 1994 Lima - Perú DECISION 357 Modificación de la Decisión 350 LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA, VISTAS: Las Decisiones 335 y 350 de la Comisión; DECIDE: Articulo 1.- Sustituir el plazo a que se refiere el Artículo Unico de la Decisión 350, por el de 30 de junio de 1994.
Articulo 2.- A más tardar el 1 de julio de 1994, los Países Miembros adoptarán un mecanismo armonizado para la adopción de derechos específicos variables para un grupo de productos agropecuarios afectados por fluctuaciones en los precios internacionales. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y cuatro.