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DECISIÓN N° 900CAN · Decisions2022-07-14

PRESUPUESTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PARA EL AÑO 2022

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PERIODO 155 DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DE LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA 14 julio de 2022 Modalidad Videoconferencia DECISIÓN 900 Presupuesto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina para el año 2022 LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 22 literal i) del Acuerdo de Cartagena, el artículo 16 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, el artículo 11 literal i) del Reglamento de la Comisión;

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el artículo 27 de la Decisión 500, la Presidencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ha presentado a la Comisión el Proyecto de Presupuesto para el ejercicio del año 2022; Que, con fecha 29 de abril de 2019, la Comisión mediante Decisión 843, creó el Grupo de Alto Nivel (GAN) conformado por los Viceministros de Comercio de los Países Miembros de la CAN, o los representantes que éstos designen, para establecer las propuestas y medidas necesarias para abordar la situación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA);

Que, con fecha 02 de marzo de 2022 la Comisión aprobó una matriz con 09 líneas de acción, que contienen las medidas financieras, administrativas y organizacionales que se consideran necesarias para atender la situación financiera del TJCA; Que, igualmente instruyó al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina con el apoyo de la Secretaría General de la Comunidad Andina a través de la Gerencia General de Operaciones y Finanzas, para elaborar con los funcionarios del TJCA, el proyecto de presupuesto 2022, reiterando la necesidad de precisar que la propuesta debe ceñirse a las contribuciones de los Países Miembros fijada mediante Decisión 809, cuyo monto total es de $1.170.667,00 dólares americanos;

Que, para hacer efectivas las medidas instruidas por la Comisión, se hace necesario implementar un presupuesto de transición para la vigencia 2022, por un valor superior a los aportes de los países miembros. Que, de acuerdo con la proyección de caja y los ajustes de carácter organizacional que serán implementados en el transcurso de la presente vigencia y que son necesarios para abordar la situación del TJCA, al cierre presupuestal del año 2022 el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, podrá asumir ese déficit contra sus propios excedentes.

Que, conforme a lo previsto en los artículos 22 literal i) del Acuerdo de Cartagena; 16 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; y 11 literal i) del Reglamento de la Comisión; corresponde a este órgano aprobar el presupuesto anual y evaluar la ejecución presupuestal del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, así como fijar la contribución de cada uno de los Países Miembros.

DECIDE: Artículo 1.- Aprobar el presupuesto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina correspondiente al año 2022 que figura en el Anexo 1 de la presente Decisión por valor de $ 1.170.667,00 (un millón siento setenta mil seiscientos sesenta y siete con 00/100 dólares americanos) como presupuesto ordinario y de $ 268.469,66 (doscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y nueve con 66/100 dólares americanos) como presupuesto de transición por única vez y de carácter extraordinario, para un total de $ 1.439.136,66 (un millón cuatrocientos treinta y nueve mil ciento treinta y seis con 66/100 dólares americanos).

Artículo 2.- Fijar para el año 2022 la contribución de los Países Miembros a dicho presupuesto en un monto total de 1.170.667,00 distribuido en los siguientes montos por país: Articulo 3.- Con el propósito de financiar el presupuesto de transición del año 2022, se autoriza de manera excepcional y por única vez al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina a hacer uso de sus excedentes de la presente vigencia, hasta por un monto de $ 163.698,55 (ciento sesenta y tres mil seiscientos noventa y ocho con 55/100 dólares americanos).

Articulo 4.- De acuerdo con la nueva estructura organizacional propuesta por la Presidencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina se asignan los recursos necesarios para finiquitar las relaciones laborales de los trabajadores locales con fecha máxima 31 de julio de 2022, por un monto de $ 98.274,43 que serán financiados de manera excepcional y por única vez con cargo a los saldos no ejecutados de la SGCAN.

Articulo 5.- El presupuesto para gastos de personal se aprueba de acuerdo con la plantilla de cargos presentada por la Presidencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina que consta en el anexo 2 y que forma parte integrante de la presente Decisión. Artículo 6.- Se garantizan los derechos adquiridos de los Magistrados con periodo vigente hasta culminar su vinculación, aplicando para las nuevas vinculaciones los beneficios laborales determinados en el anexo 3 de la presente Decisión. Artículo 7.- El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina no podrá hacer uso de los saldos no ejecutados de las vigencias anteriores ni de recursos que tenga disponibles, sin previa autorización de la Comisión. Articulo 8.- Se autoriza al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina para efectuar transferencias entre las Partidas Presupuestarias en un monto que no supere el 10% (diez por ciento) del total del Presupuesto aprobado anexo a la presente Decisión. Si fuere necesario exceder dicho porcentaje, el TJCA deberá solicitar la autorización de la Comisión. Artículo 9.- Dentro de los 30 días siguientes al término de cada bimestre del año 2022, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina presentará a la Comisión un informe detallado sobre el estado de la ejecución presupuestal, el mismo que debe incluir los ingresos y egresos propios del TJCA.

Artículo 10.- El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina contratará la auditoría externa del ejercicio presupuestario a que se refiere esta Decisión, a través de un concurso entre firmas auditoras reconocidas, sobre la base de los términos de referencia que serán elaborados para tal fin, este informe será enviado a la Comisión a más tardar el 30 de abril del siguiente año. Articulo 11.- Se instruye al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina a crear un Fondo Financiero de Reserva que estará destinado a atender la liquidez del TJCA.

El Tribunal en coordinación con el Grupo de Presupuesto deberá presentar dentro de los cuatro meses siguientes a la aprobación de la presente Decisión el proyecto de Reglamento respectivo para su aprobación por la Comisión. Articulo 12.- Se instruye al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en un plazo no mayor a 6 meses y mediante Acuerdo a expedir un nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento Interno, que será aprobado previa opinión favorable de la Comisión, donde se determinen de manera clara los beneficios laborales, modalidades de contratación, obligaciones, derechos y otros aspectos de la relación laboral de cara a su nueva estructura.

Artículo 13.- Se instruye al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina para homologar el manual de políticas contables vigente con el de la Secretaría General de la Comunidad Andina. Artículo 14.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 22 del Acuerdo de Cartagena, la Comisión evaluará, para las vigencias posteriores y teniendo en cuenta las condiciones económicas de los países miembros, los proyectos de presupuesto en lo relacionado a los ingresos totales de los Magistrados, Secretario y demás funcionarios internacionales del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.

Artículo 15.- Los Países Miembros cancelarán las contribuciones por trimestre, a que se refiere el artículo 2 durante el año 2022, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Acuerdo de Cartagena y en la presente Decisión. DISPOSICIÓN FINAL Artículo 16.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los catorce días del mes de julio del año dos mil veintidós. **** ANEXO 2 ANEXO 3