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Gace1152CAN · Official Gazettes2004-12-13

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Año XXI - Número 1152 Lima, 13 de diciembre de 2004 SUMARIO Secretaría General de la Comunidad Andina Pág. Resolución 883.- Delegación de funciones Resolución 884.- Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2005 RESOLUCION 883 Delegación de funciones LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 34 del Acuerdo de Cartagena, el artículo 11 del Reglamento de la Secretaría General (Decisiones 409 y 426); y la Resolución 752 de la Secretaría General; nes y de participar en audiencias en el Tribunal, pudiendo sustituir esta representación en otros funcionarios; y, b) Dar fe de la autenticidad de actas de reuniones y otros documentos de los órganos del Sistema Andino de Integración.

RESUELVE

Artículo 2.- Se deroga la Resolución 752 de la Secretaría General. Artículo 1.- Delegar en el Señor Alfredo Fuentes Hernández, Asesor Jurídico de la Secretaría General de la Comunidad Andina, las siguientes funciones: Artículo 3.- En cumplimiento del artículo 17 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución. a) En el ámbito de las atribuciones de su cargo, ejercer la representación jurídica de la Secretaría General ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, incluyendo la facultad de firmar y presentar escritos y otras comunicaciones ante el Tribunal, de recibir notificacio- Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

Para nosotros la Patria es América ALLAN WAGNER TIZÓN Secretario General GACETA OFICIAL 13/12/2004 2.2 RESOLUCION 884 Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2005 Artículo 2.- No se considerarán días hábiles los sábados, domingos, ni los feriados establecidos por la legislación peruana que se detallan en el Anexo de la presente Resolución. LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTO: El Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y, Artículo 3.- Los demás días inhábiles que decrete la Secretaría General, incluidas las vacaciones colectivas del año dos mil cinco, se darán a conocer oportunamente.

CONSIDERANDO

Que el artículo 30 del Reglamento de Procedimientos Administrativos dispone que el Secretario General debe dar a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General; Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

RESUELVE

Artículo 1.- A efectos del cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos que se sigan ante la Secretaría General, los días hábiles serán de lunes a viernes. ALLAN WAGNER TIZON Secretario General ANEXO Jueves, 24 de marzo de 2005 Viernes, 29 de julio de 2005 Viernes, 25 de marzo de 2005 Martes, 30 de agosto de 2005 Miércoles, 29 de junio de 2005 Martes, 1 de noviembre de 2005 Jueves, 28 de julio de 2005 Jueves, 8 de diciembre de 2005 Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 411-1400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú