Año XXV - Número 1597 Lima, 11 de marzo de 2008 SUMARIO Secretaría General de la Comunidad Andina Resolución 1152.- Pág. Por la cual se dispone la inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, de la Resolución Nº 022 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, que establece los requisitos fitosanitarios para la importación de tubérculo de papa (Solanum tuberosum L.) para consumo, procedente de Colombia RESOLUCION 1152 Por la cual se dispone la inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, de la Resolución Nº 022 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, que establece los requisitos fitosanitarios para la importación de tubérculo de papa (Solanum tuberosum L.) para consumo, procedente de Colombia LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTAS: La Decisión 515 de la Comisión de la Comunidad Andina que aprueba el Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria, la Resolución 431 que establece la Norma Andina sobre requisitos fitosanitarios de aplicación al comercio de productos agrícolas; y,
CONSIDERANDO
Que el 16 de enero del presente año, el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, mediante Oficio Nº 0035 SESA, notificó a la Secretaría General la Resolución Nº 022, con fecha 31 de diciembre de 2007, para que de conformidad con el artículo 35 de la Decisión 515, se procediera al trámite correspondiente para su inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias;
Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 34, 35 y 36 de la Decisión 515, la Secretaría General, mediante comu- nicación SG-X/2.22.48/15/2008 del 18 de enero de 2008, dio inicio al trámite de Registro Subregional poniendo en conocimiento de los Países Miembros la referida Resolución; Que, la Resolución Nº 022 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria establece los requisitos fitosanitarios para la importación de tubérculo de papa (Solanum tuberosum L.) para consumo, procedente de Colombia;
Que, a la fecha, la Secretaría General no ha recibido observación alguna de ningún País Miembro respecto a la inscripción de la Resolución Nº 022 en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, habiéndose cumplido el plazo para que los Países Miembros se pronuncien sobre dicha norma nacional; Que, en opinión de la Secretaría General, la Resolución Nº 022 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria cumple con los requisitos establecidos en la Resolución 431 de la Se- Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL cretaría General, y complementa su aplicación sin constituir obstáculos para el comercio de la papa para consumo; 11/03/2008 2.2 de los dos (2) años siguientes a la fecha de su entrada en vigencia;
RESUELVE
Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina considera que es procedente la inscripción de la Resolución Nº 022 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, se informa que contra la presente Resolución cabe recurso de reconsideración, dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, así como acción de nulidad ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina dentro Artículo 1.- Inscribir la Resolución Nº 022 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, con fecha 31 de diciembre de 2007, en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias a que se refiere la Decisión 515.
Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diez días del mes de marzo del año dos mil ocho. FREDDY EHLERS Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 411-1400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú