Año XXVI - Número 1691 Lima, 26 de enero de 2009 SUMARIO Secretaría General de la Comunidad Andina Resolución 1210.- Pág. Por la cual se dispone la inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, de la Resolución Nº 034, la Resolución Nº 035, la Resolución Nº 036 y la Resolución Nº 037 sobre el establecimiento del Museo de Referencia en Entomología Económica del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria RESOLUCION 1210 Por la cual se dispone la inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, de la Resolución Nº 034, la Resolución Nº 035, la Resolución Nº 036 y la Resolución Nº 037 sobre el establecimiento del Museo de Referencia en Entomología Económica del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTA: La Decisión 515 de la Comisión de la Comunidad Andina que aprueba el Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria; y,
CONSIDERANDO
Que el 16 de octubre del 2008, el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, mediante Oficio Nº 1235 SESA, notificó a la Secretaría General la Resolución Nº 034, la Resolución Nº 035, la Resolución Nº 036 y la Resolución Nº 037, con fecha 14 de julio de 2008, para que de conformidad con el artículo 35 de la Decisión 515, se procediera al trámite correspondiente para su inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias;
Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 34, 35 y 36 de la Decisión 515, la Secretaría General, mediante comunicación SG-X/2.22.48/823/2008 del 27 de octubre de 2008 y comunicación SG-X/2.22.48/ 832/2008 del 29 de octubre de 2008, dio inicio al trámite de Registro Subregional poniendo en conocimiento de los Países Miembros las referidas Resoluciones;
Que, la Resolución Nº 034 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria expide la normativa técnica para el uso y manejo de la colección de insectos y artrópodos del Museo de Referencia en Entomología Económica del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria; Que, la Resolución Nº 035 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria crea el Museo de referencia en Entomología Económica con sede en los Laboratorios del SESA ubicados en la parroquia de Tumbaco;
Que, la Resolución Nº 036 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria expide la normativa técnica interna del Museo de Referencia en Entomología Económica en los Laboratorios del SESA Tumbaco (MREE); Que, la Resolución Nº 037 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria expide la Nor- Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL mativa Técnica Interna para la recepción de muestras de insectos y artrópodos para el Museo de Referencia en Entomología Económica del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria;
Que, a la fecha, la Secretaría General no ha recibido observación alguna de ningún País Miembro respecto a la inscripción de la Resolución Nº 034, la Resolución Nº 035, la Resolución Nº 036 y la Resolución Nº 037 en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, habiéndose cumplido el plazo para que los Países Miembros se pronuncien sobre dichas normas nacionales;
Que, en opinión técnica de la Secretaría General, la creación del Museo de Referencia en Entomología Económica tiene por objetivo contribuir con el desarrollo de la producción agropecuaria del país, mediante la determinación clara y sustentada de las plagas de insectos y otros artrópodos que afectan los cultivos, situación que contribuye, por un lado, a la elaboración de estudios de Análisis de Riesgo de Plagas que coadyuvan a facilitar el acceso de los productos agropecuarios ecuatorianos a los mercados internacionales, que son cada vez más exigentes, y por el otro a establecer programas de Manejo Integrado de control de plagas y de protección de cultivos debidamente fundamentados en diagnósticos certeros deri- 26/01/2009 2.2 vados de las identificaciones que aporte el Museo;
Que, las normas relativas a la creación y funcionamiento del Museo de Referencia en Entomología Económica, cuya inscripción solicita el Gobierno de Ecuador, contribuyen a la consecución de los objetivos del Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria;
RESUELVE
Artículo 1.- Inscribir la Resolución Nº 034, la Resolución Nº 035, la Resolución Nº 036 y la Resolución Nº 037 del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, con fecha 14 de julio de 2008, en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias a que se refiere la Decisión 515. Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil nueve. ANA MARÍA TENENBAUM DE REÁTEGUI Directora General Encargada de la Secretaría General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 411-1400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú