GACETA OFICIAL 14/12/2001 1.36 Año XXVII - Número 1846 Lima, 25 de junio de 2010 SUMARIO Secretaría General de la Comunidad Andina Pág. Resolución 1330.- Denegación de la Inscripción, en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, de la Resolución Nº 1281, modificada por la Resolución N° 1508 del Instituto Colombiano Agropecuario de la República de Colombia, por la cual se establecen requisitos sanitarios para prevenir la introducción de la Encefalopatía Espongiforme Bovina a través de importaciones de bovinos, productos y subproductos de riesgo Resolución 1331.- Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de julio de 2010, correspondientes a la Circular N° 367 del 21 de junio de 2010 Resolución 1332.- Adopción del Plan Operativo del Programa Subregional de Erradicación de Fiebre Aftosa, período 2010-2012 RESOLUCION 1330 Denegación de la Inscripción, en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, de la Resolución Nº 1281, modificada por la Resolución N° 1508 del Instituto Colombiano Agropecuario de la República de Colombia, por la cual se establecen requisitos sanitarios para prevenir la introducción de la Encefalopatía Espongiforme Bovina a través de importaciones de bovinos, productos y subproductos de riesgo LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Capítulo IX del Acuerdo de Cartagena (Programas de Desarrollo Agropecuario) y la Decisión 515 de la Comisión de la Comunidad Andina; y,
CONSIDERANDO
Que el 16 de abril de 2010 el Punto de Contacto de Obstáculos Técnicos al Comercio y Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, notificó a la Secretaría General la Resolución Nº 1281 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) de 13 de abril de 2010, publicada en el Diario Oficial N° 47.681 el 15 de abril de 2010, mediante la cual se establecen requisitos sanitarios para prevenir la introducción de la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB) a tra- vés de la importación de bovinos, productos y subproductos de riesgo; a fin de que se proceda a su inscripción en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 de la Decisión 515, mediante comunicación Nº SG-X/D.1.10/267/2010 de fecha 19 de abril de 2010, la Secretaría General puso en conocimiento de los demás Países Miembros la norma nacional cuyo registro fue solicitado, a través de su respectivo Órgano de Enlace, con copia a los Servicios Oficiales de Sanidad Agropecuaria, para que hagan conocer sus observaciones dentro del plazo de treinta (30) días calendario;
Que el 7 de mayo de 2010 el Punto de Contacto de Obstáculos Técnicos al Comercio y Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Direc- Para nosotros la patria es América GACETA OFICIAL 25/06/2010 ción de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, notificó a la Secretaría General la Resolución Nº 1508 del ICA de 29 de abril de 2010, publicada en el Diario Oficial N° 47.696 el 30 de abril de 2010, por medio de la cual se modificó el artículo 5 de la Resolución 1281 ICA, de 2010, en el sentido de suprimir la expresión “de la producción de caracoles terrestres”;
Que, mediante comunicación Nº SG-X/ D.1.10/319/2010 del 6 de mayo de 2010, la Secretaría General puso en conocimiento de los demás Países Miembros la Resolución Nº 1508 del ICA de 29 de abril de 2010 y confirmó que el plazo establecido en la comunicación N° SGX/D.1.10/267/2010 se computaría a partir de la fecha de su notificación, es decir el 20 de abril de 2010;
Que el 21 de mayo de 2010, fuera del plazo concedido, únicamente se recibió la Carta N° 487-2010-AG-SENASA, mediante la cual el Gobierno de Perú manifestó su conformidad con la inscripción solicitada por el Gobierno colombiano; Que, entre los considerandos de la Resolución Nº 1281 del ICA, se menciona que en el anexo de la Resolución 1012 de la Comunidad Andina, se establece que para permitir el ingreso de animales y sus productos susceptibles a la Encefalopatía Espongiforme Bovina provenientes de países afectados, se debe contar con un análisis de riesgo comunitario favorable, recomendaciones del Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria (COTASA) y una Resolución de la Secretaría General; 2.16 Que, efectivamente se cuenta con las Resoluciones 1012, 1130 y 1267 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, que establecen los requisitos generales y específicos para la importación de bovinos y sus productos, así como para otras mercancías de riesgo, a fin de prevenir la introducción de la Encefalopatía Espongiforme Bovina a través del comercio o movilización de dichas mercancías; por lo tanto, los requisitos sanitarios establecidos en la Resolución N° 1281 del ICA, ya están contemplados en el ordenamiento jurídico comunitario, y a fin de no generar inseguridad jurídica, sería innecesaria la aplicación de la norma nacional, cuando la norma comunitaria que prima sobre la nacional, contempla y regula la misma materia;
RESUELVE
Artículo 1.- Denegar la inscripción de la Resolución Nº 1281 del ICA, del 13 de abril de 2010, publicada en el Diario Oficial N° 47.681 el 15 de abril de 2010 y de la Resolución Nº 1508 del ICA de 29 de abril de 2010, publicada en el Diario Oficial N° 47.696 el 30 de abril de 2010, de la República de Colombia, en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias a que se refiere la Decisión 515.
Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diez. ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General a.i. RESOLUCION 1331 Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de julio de 2010, correspondientes a la Circular N° 367 del 21 de junio de 2010 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 29 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, la Resolución 1310 de la Secretaría General; y,
CONSIDERANDO
Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1310, o de efectuar los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios GACETA OFICIAL 25/06/2010 de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;
RESUELVE
Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la primera quincena de julio de 2010: NANDINA PRODUCTO MARCADOR PRECIO DE REFERENCIA (USD/t) 0203.29.00 Carne de cerdo 2 118 0207.14.00 Trozos de pollo 949 0402.21.19 Leche entera 3 341 1001.10.90 Trigo 208 (Doscientos ocho) 1003.00.90 Cebada 226 (Doscientos veintiséis) 1005.90.11 Maíz amarillo 179 (Ciento setenta y nueve) 1005.90.12 Maíz blanco 169 (Ciento sesenta y nueve) 1006.30.00 Arroz blanco 495 (Cuatrocientos noventa y cinco) 1201.00.90 Soya en grano 396 (Trescientos noventa y seis) 1507.10.00 Aceite crudo de soya 815 (Ochocientos quince) 1511.10.00 Aceite crudo de palma 836 (Ochocientos treinta y seis) 1701.11.90 Azúcar crudo 357 (Trescientos cincuenta y siete) 1701.99.00 Azúcar blanco 519 (Quinientos diecinueve) Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplicarán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el primero y el quince de julio del año dos mil diez.
Artículo 3.- Los Países Miembros que apliquen el Sistema Andino de Franjas de Precios de conformidad con las Decisiones 695 y 717, podrán utilizar, para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1310 de 3.16 (Dos mil ciento dieciocho) (Novecientos cuarenta y nueve) (Tres mil trescientos cuarenta y uno) la Secretaría General, o podrán efectuar los cálculos que se establecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371.
Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil diez. ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General a.i. RESOLUCION 1332 Adopción del Plan Operativo del Programa Subregional de Erradicación de Fiebre Aftosa, período 2010-2012 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Capítulo IX del Acuerdo de Cartagena, los artículos 52 y 53 de la Decisión 515, la Decisión 519 y los artículos 2 y 3 de la Decisión 735 de la Comisión de la Comunidad Andina; y,
CONSIDERANDO
Que la Fiebre Aftosa es una enfermedad que constituye la principal limitante de carácter zoosanitario en el comercio intrasubregional y con terceros países de especies susceptibles y sus productos, siendo la enfermedad una permanente amenaza para la economía y bienestar de los ganaderos y pobladores de la Comunidad Andina; GACETA OFICIAL Que la existencia de la Fiebre Aftosa en la Comunidad Andina origina un elevado costo, tanto al sector público como privado, por las pérdidas económicas que ocasiona debido a la disminución de la eficiencia productiva de los animales que afecta, el cierre de mercados nacionales e internacionales, así como por los costos de los programas que deben ejecutarse para su control;
Que, es necesario fortalecer las acciones entre los sectores público y privado con una efectiva participación y articulación multisectorial en todos los niveles que permita lograr la erradicación de esta enfermedad de la Subregión Andina; Que, la Decisión 735 modifica la Decisión 519 – Programa Subregional Andino de Erradicación de la Fiebre Aftosa y establece que la Secretaría General actualizará el Plan Operativo del Programa Subregional de Erradicación de la Fiebre Aftosa, siguiendo los lineamientos establecidos en la Guía Referencial, previa consulta al Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria (COTASA), Grupo Sanidad Animal, y Responsables de los Programas de Fiebre Aftosa y coordinará su ejecución con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación (FAO), la Organización Panamericana de la Salud / Centro Panamericano de Fiebre Aftosa (OPS/PANAFTOSA) y otras Organizaciones Internacionales de apoyo;
Que, durante la XCIII Reunión del Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria (COTASA), Grupo Sanidad Animal, y Responsables de los Programas de Fiebre Aftosa, con la participación de representantes de la FAO y la OPS/PANAFTOSA, se elaboró el Plan Operativo 25/06/2010 4.16 del Programa Subregional de Erradicación de la Fiebre Aftosa con énfasis en Zonas de Frontera, para el período 2010–2012, junto con su cronograma de ejecución, y se recomendó a la Secretaría General su adopción mediante Resolución;
RESUELVE
Artículo 1.- Adoptar el Plan Operativo y el Cronograma de Ejecución del Programa Subregional de Erradicación de la Fiebre Aftosa con énfasis en Zonas de Frontera para el período 2010–2012, que consta como Anexo de la presente Resolución. Artículo 2.- Para la ejecución del Plan Operativo actualizado mediante la presente Resolución, la Secretaría General de la Comunidad Andina mantendrá una estrecha coordinación y cooperación con los responsables de administrar los Programas Nacionales de Erradicación de Fiebre Aftosa de los Servicios Nacionales de Sanidad Agropecuaria de los Países Miembros, así como con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación (FAO), la Organización Panamericana de la Salud/ Centro Panamericano de Fiebre Aftosa (OPS/ PANAFTOSA) y otras Organizaciones Internacionales.
Artículo 3.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil diez. ADALID CONTRERAS BASPINEIRO Secretario General a.i. 1.- Fortalecimiento de los Programas Nacionales Resultados Esperados Talleres realizados Estudios realizados Catastro realizado Realizar Talleres de caracterización de riesgo.
Realizar muestreo serológico para detectar actividad viral. Realizar catastro georeferenciado. - - - Taller realizado Taller realizado Taller realizado Taller realizado Taller sobre buenas prácticas de vacunación Manejo de Información epidemiológica. Técnicas de diagnóstico Metodologías para comunicación de riesgo - - - - 1.2 Capacitación Pruebas de diagnóstico implementadas.
Fortalecimiento de la capacidad diagnóstica. Indicadores de Éxito - 1.1 Vigilancia Epidemiológica y diagnóstico Productos/Actividades PLAN OPERATIVO 2010-2012 Matriz N° 1 Registro de participantes Registro de participantes Registro de participantes Registro de participantes Base de datos Informe de muestreos Registros de participantes Reportes de diagnósticos Fuentes de Verificación Países Miembros Ecuador Bolivia, Ecuador, Perú Ecuador y Bolivia Zona andina y valles de Bolivia Bolivia, Ecuador y Perú Países Miembros Países Miembros País/lugar Objetivo General: Erradicar la Fiebre Aftosa de la Subregión Andina, a través de estrategias armonizadas para la zonificación y obtención del reconocimiento internacional de zonas o país libre de la enfermedad, para el período 2010–2012.
PROGRAMA SUBREGIONAL DE ERRADICACIÓN DE LA FIEBRE AFTOSA CON ÉNFASIS EN LAS ZONAS DE FRONTERA ANEXO GACETA OFICIAL 25/06/2010 5.16 2.- Planes de frontera internacional: Fortalecer los planes de salud animal a nivel de fronteras bi y multi nacionales, así como los procesos de seguimiento y evaluación Resultados Esperados Estudio de inmunidad Lotes de vacuna aplicados por ciclo - Realizar Muestreos serológicos para evaluar la inmunidad poblacional. - Asegurar el uso de vacunas que cuenten con control de calidad oficial.
Base de datos en Unidades Locales Certificado oficial de control de calidad. Documento del estudio Archivos en base de datos de los países. Actas de la reunión Páginas Web de los Países Miembros, OPS y CAN. Guía disponible. Materiales de comunicación difundidos Reporte de puestos de control Constancia de recepción Fuentes de Verificación Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Países Miembros Países Miembros Países Miembros Países Miembros País/lugar 25/06/2010 - Actualizar periódicamente los catastros de las especies susceptibles del área.
Catastros anuales de predios y animales Dos reuniones de evaluación / año - Realizar evaluaciones binacionales conjuntas al finalizar cada ciclo de vacunación. 2.2 Vigilancia % de coberturas de vacunación en predios y animales Adecuación de guía - Mantener coberturas no menores al 90% de la población bovina del área, con base a catastros actualizados, con esquemas y ciclos de vacunación armonizados entre los países. - Revisión y adecuación de la guía de atención de focos de fiebre aftosa del MERCOSUR, para su aplicación en la Comunidad Andina. 2.1 Inmunización 1.5 Manejo de emergencias - Elaboración y ejecución de un plan de comunicación de riesgo con activa participación del sector privado Plan de comunicación elaborado N° de puestos fortalecidos - Establecer y fortalecer puestos de control. 1.4 Educación Sanitaria y comunicación Procedimientos intercambiados Indicadores de Éxito - Intercambio de la información para el control del movimiento de animales. 1.3 Control y movilización Productos/Actividades GACETA OFICIAL 6.16 Resultados Esperados Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Registros de sospechas notificadas y atendidas Informes de inicio y cierre de focos Registros de resultados - Base de datos con registro de predios - Mapas 100% de sospechas atendidas.
Total de focos con colecta de muestras/ total de focos atendidos 100% de muestras negativas a FA analizadas N° de Predios y establecimientos Georeferenciados Muestreo anual realizado Estudio realizado - Investigación y atención de sospechas de enfermedades vesiculares, con toma de muestras para diagnóstico. - Diagnóstico diferencial de muestras de sospechas de enfermedades vesiculares. - Establecer la georeferenciación de predios ganaderos y otros establecimientos relacionados con la actividad pecuaria. - Realizar muestreo serológico para detectar actividad viral en el área. - Identificación, actualización y análisis de los flujos de movilización de animales.
Informes de inicio y cierre de emergencia Reporte de unidades. N° de emergencias atendidas N° de unidades de alerta operativas - Establecer o mantener operativas las unidades de alerta epidemiológica en áreas de frontera. Documento del estudio Informe de muestreo - Investigación y atención oportuna y coordinada de emergencias 2.3 Manejo de emergencias Áreas de frontera, Países Miembros Número de sensores es- Reportes realizados tablecidos anualmente - Crear y fortalecer las redes sensoras de vigilancia epidemiológica Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros - Bases de datos, - Mapas epidemiológicos. % de predios de riesgo caracterizados - Caracterización de predios según el riesgo Áreas de frontera, Países Miembros Constancia de Documento remitido Documentos Intercambiados País/lugar - Intercambiar información sobre los mecanismos de identificación animal y catastros de las especies susceptibles.
Fuentes de Verificación Indicadores de Éxito Productos/Actividades GACETA OFICIAL 25/06/2010 7.16 Resultados Esperados N° de establecimientos identificados y comunicados N° de puestos fortalecidos - Identificación y comunicación de la infraestructura pecuaria de la zona. - Establecer y fortalecer puestos de control en la zona, cuando se requiera.
N° de veterinarios, vehículos, equipos de comunicación y cómputo por unidad Plan de capacitación elaborado Plan de comunicación elaborado Sistema de información implementado y en funcionamiento Taller realizado - Fortalecimiento del nivel local con recursos humanos capacitados, financieros y logísticos. - Elaborar y ejecutar planes anuales de capacitación, dirigidos a las personas responsables involucradas de los países del área. - Implementar un plan de comunicación de riesgo con activa participación del sector privado en los países del área. - Implementar un sistema de información a nivel de fronteras - Realizar Simulacros de atención de emergencias 2.5 Fortalecimiento Local Reuniones de coordinación Indicadores de Éxito - Coordinación Interinstitucional. 2.4 Control y movilización: Productos/Actividades Registro de participantes Reportes del sistema Materiales de comunicación difundidos Programación y registros de capacitación, planillas de personal, relación de materiales y equipos disponibles Inventario de recursos Reportes de puestos de control Lista de establecimientos Actas de reuniones Fuentes de Verificación Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros Áreas de frontera, Países Miembros País/lugar GACETA OFICIAL 25/06/2010 8.16 Seguimiento y evaluación: Mantener un proceso continuo de seguimiento y evaluación del plan. 3.- Resultados Esperados Evaluación anual Evaluar los programas nacionales. - Informes de evaluación Informes y actas de evaluaciones.
Evaluaciones das Evaluaciones periódicas conjuntas en el área de frontera y una evaluación anual del Plan Operativo del Programa Subregional. - ejecuta- Manual disponible y socializado en zonas de frontera. Manual elaborado y en aplicación Fuentes de Verificación Elaboración de un manual para la evaluación y seguimiento del Plan. Indicadores de Éxito - Productos/Actividades Países Miembros Países Miembros SG/OPS/PANAFTOSA.
Países Miembros País/lugar GACETA OFICIAL 25/06/2010 9.16 1.4 Educación Sanitaria y comunicación - Elaboración y ejecución de un plan de comunicación - Establecer y fortalecer puestos de control. - Metodologías para comunicación de riesgo 1.3 Control y movilización - Intercambio de la información para el control del movimiento de animales. - Técnicas de diagnóstico 1.- Fortalecimiento de los Programas nacionales: 1.1 Vigilancia Epidemiológica y diagnóstico - Fortalecimiento de la capacidad diagnóstica - Realizar Talleres de caracterización de riesgo. - Realizar muestreo serológico para detectar actividad viral. - Realizar catastro georeferenciado. 1.2 Capacitación - Taller sobre buenas prácticas de vacunación - Manejo de información epidemiológica Actividad 1 PM CAN 2 PE BO/EC /PE BO BO PM CAN EC PM CAN PM CAN PE, EC PM CAN BO PM CAN 1 PM CAN 2 3 PM CAN PE/EC 2012 PM CAN BO 4 Todas las acciones serán financiadas por los Países Miembros y con recursos de Cooperación Internacional Fuente de Financiamiento 10.16 PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN Cronograma / Trimestres 2011 1 2 3 4 25/06/2010 CO/BO/ EC EC/BO BO 4 PM CAN PE, EC 2010 3 CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN 2010-2012 Matriz N° 2 GACETA OFICIAL 1 de riesgo con activa participación del sector privado 1.5 Manejo de emergencias - Revisión y adecuación de la guía de atención de focos de fiebre aftosa del MERCOSUR, para su aplicación en la Comunidad Andina. 2.- Planes de Frontera Nacional: 2.1 Inmunización - Mantener coberturas no menores al 90% de la población bovina del área, con base a catastros actualizados, con esquemas y ciclos de vacunación armonizados entre los países.
PM - Realizar evaluaciones binacionales conjuntas al CAN finalizar cada ciclo de vacunación - Realizar Muestreos serológicos para evaluar la inmunidad poblacional. - Asegurar el uso de vacunas que cuenten con control de calidad oficial. 2.2 Vigilancia - Actualizar periódicamente los catastros de las especies susceptibles del área. - Intercambiar información sobre los mecanismos de identificación Actividad PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN 4 PM CAN PM CAN PE/ EC PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN CO PM CAN Cronograma / Trimestres 2011 1 2 3 4 PM CAN 1 PM CAN PE/ EC PM CAN 2 3 PM CAN 2012 PM CAN PM CAN CO PM CAN 4 Fuente de Financiamiento 25/06/2010 PM CAN PM CAN PM CAN 2 2010 3 GACETA OFICIAL 11.16 animal y catastros de las especies susceptibles. - Caracterización de predios según el riesgo - Crear y fortalecer las redes sensoras de vigilancia epidemiológica - Investigación y atención de sospechas de enfermedades vesiculares, con toma de muestras para diagnóstico. - Diagnóstico diferencial de muestras de sospechas de enfermedades vesiculares. - Establecer la georeferenciación de predios ganaderos y otros establecimientos relacionados con la actividad pecuaria. - Realizar muestreo serológico para detectar actividad viral en el área. - Identificación, actualización y análisis de los flujos de movilización de animales. 2.3 Manejo de emergencias - Investigación y atención oportuna y coordinada de emergencias - Establecer o mantener operativas las unidades de alerta epidemiológica en áreas de frontera.
Actividad BO/ PE PM CAN PM CAN PM CAN PE PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN CO PM CAN PM CAN 2 CO 1 PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN 2010 3 PM CAN PM CAN BO PM CAN PM CAN PM CAN CO/ PE/EC 4 PM CAN PM CAN CO/ EC/ BO PM CAN PM CAN PM CAN EC/ CO BO PM CAN PM CAN PE PE PM CAN PM CAN PM CAN BO/ PE PM CAN PM CAN CO PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN BO PM CAN PM CAN PM CAN CO/ PE/EC Cronograma / Trimestres 2011 1 2 3 4 PM CAN PM CAN CO/ EC/BO EC PM CAN PM CAN PM CAN CO/ EC BO 1 PM CAN PM CAN PE PM CAN PM CAN PM CAN BO/ PE 2 3 PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN 2012 PM CAN PM CAN BO PM CAN PM CAN PM CAN CO/ PE/EC 4 Fuente de Financiamiento GACETA OFICIAL 25/06/2010 12.16 2.4 Control y movilización - Coordinación Interinstitucional. - Identificación y comunicación de la infraestructura pecuaria de la zona. - Establecer y fortalecer puestos de control en la zona, cuando se requiera. 2.5 Fortalecimiento Local - Fortalecimiento del nivel local con recursos humanos capacitados, financieros y logísticos. - Elaborar y ejecutar planes anuales de capacitación, dirigidos a las personas responsables involucradas de los países del área. - Implementar un plan de comunicación de riesgo con activa participación del sector privado en los países del área. - Implementar un sistema de información a nivel de fronteras - Realizar Simulacros de atención de emergencias 3.- Seguimiento y evaluación - Elaboración de un manual para la evaluación y seguimiento del Plan Actividad PE/EC CO/VE EC BO CO/ PE PM CAN PE PM CAN PM CAN PM CAN CO PM CAN EC 2 PM CAN CO/ PE 1 2010 3 PM CAN PE/BO EC/CO PM CAN EC/ BO PM CAN PM CAN 4 PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN EC PM CAN PM CAN PM CAN CO/BO/ PE PE/EC CO/VE PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN PE/BO EC/CO PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN Cronograma / Trimestres 2011 1 2 3 4 PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN CO/BO/ PE 1 PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN EC 2 3 PE/EC CO/VE PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN 2012 PE/BO EC/CO PM CAN PM CAN PM CAN PM CAN 4 Fuente de Financiamiento GACETA OFICIAL 25/06/2010 13.16 1 2 2010 3 PM CAN = Países Miembros de la Comunidad Andina BO = Bolivia CO = Colombia EC = Ecuador PE = Perú VE = Venezuela. - Evaluaciones periódicas conjuntas en el área de frontera y una evaluación anual del Plan Operativo del Programa Subregional. - Evaluar los programas nacionales.
Actividad 4 PM CAN PM CAN **** PM CAN PM CAN Cronograma / Trimestres 2011 1 2 3 4 1 2 2012 3 4 PM CAN PM CAN Fuente de Financiamiento GACETA OFICIAL 25/06/2010 14.16 GACETA OFICIAL 25/06/2010 15.16 GACETA OFICIAL 25/06/2010 16.16 Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú