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Gace2141CAN · Official Gazettes2013-01-28

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Año XXX - Número 2141 Lima, 28 de enero de 2013 SUMARIO Secretaría General de la Comunidad Andina Resolución 1539.- Actualización de la Nómina de Bienes no Producidos en la Subregión Pág. 1 RESOLUCION 1539 Actualización de la Nómina de Bienes no Producidos en la Subregión LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Artículo 83 del Acuerdo de Cartagena; las Decisiones 370, 414, 416 y 766; las Resoluciones 756 y 1452 de la Secretaría General; y;

CONSIDERANDO

Que el Acuerdo de Cartagena, en su Artículo 83, establece que, cuando se trate de productos no producidos en la Subregión, cada país podrá diferir la aplicación de los gravámenes comunes hasta el momento en que la Secretaría General verifique que se ha iniciado su producción en la Subregión; Que, asimismo, existen normas comunitarias y nacionales que hacen referencia a la producción subregional o a los bienes no producidos en la Subregión, tal como es el caso del artículo 15 de la Decisión 416 -Normas Especiales para la Calificación y Certificación del Origen de las Mercancías-, lo que evidencia que la Nómina de Bienes No Producidos en la Subregión (en adelante, NBNP) no solamente se utiliza con fines arancelarios;

Que de conformidad con el artículo 4 de la Decisión 370, corresponde a la Secretaría General modificar la NBNP, identificados en tér- minos de la Nomenclatura Común NANDINA, con arreglo a los procedimientos establecidos en la Resolución 756 – Procedimiento para la actualización de la Nómina de Bienes No Producidos y la Nómina de Producción Exclusiva del Perú;

Que la Resolución 756 establece en su artículo 7, que las solicitudes para excluir productos de la NBNP deberán contener los datos de las empresas que se encuentren produciendo el bien respectivo y deberán especificar claramente los productos clasificados a nivel de nomenclatura NANDINA, incluyendo, de ser el caso, las características que permitan distinguir al bien de los demás que se clasifican en la misma subpartida;

Que el Gobierno de Colombia solicitó el pasado 20 de diciembre de 2012, mediante correo electrónico, actualizar la NBNP, excluyendo la “Caja de herramientas y organizadora de polipropileno” y el “Organizador modular de polipropileno” de la subpartida NANDINA 3926.90.90; Que para dichos efectos el Gobierno del citado País Miembro cumplió con adjuntar a su solicitud las fichas técnicas de verificación de producción de la empresa Plásticos Rimax S.A.S, debidamente diligenciadas, junto con el registro Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 28/01/2013 2.2 vigente de productores de bienes nacionales emitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia;

Que la Secretaría General analizó la información proporcionada por el Gobierno de Colombia, donde se detalla la identificación de los productos, especificaciones técnicas, proceso productivo y materias primas e insumos, encontrando que existe además información acerca de la producción, demanda interna y exportaciones realizadas; NANDINA 3926.90.90 Que en virtud a ello, se puede concluir que existe producción y exportación en Colombia de los bienes comprendidos en la subpartida NANDINA 3926.90.90, razón por la cual corresponde a la Secretaría General acoger favorablemente la solicitud presentada por dicho País Miembro;

RESUELVE

Artículo Único.- Actualizar la Nómina de Bienes No Producidos en la Subregión con el fin de excluir los siguientes productos: Producto Caja de herramientas y organizador Organizador modular Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil trece. ANA MARÍA TENENBAUM DE REÁTEGUI Directora General Encargada de la Secretaría General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú