Año XXXII – Número 2447 Lima, 06 de febrero de 2015 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. RESOLUCIÓN 1761 Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2015……… RESOLUCIÓN Nº 1761 CALENDARIO DE DÍAS HÁBILES DE LA SECRETARÍA GENERAL PARA EL AÑO 2015 LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTO: El Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 30 del Reglamento de Procedimientos Administrativos dispone que el Secretario General debe dar a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General;
RESUELVE
Artículo 1.- A efectos del cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos que se sigan ante la Secretaría General, los días hábiles serán de lunes a viernes. Artículo 2.- No se considerarán días hábiles los sábados, domingos ni los feriados establecidos en la legislación peruana que se detallan a continuación: Jueves, 1 de enero – Año Nuevo Jueves, 2 de abril – Jueves Santo Viernes, 3 de abril – Viernes Santo Viernes, 1 de mayo – Día del Trabajo Lunes, 29 de junio – San Pedro y San Pablo Martes, 28 de julio – Fiestas Patrias Miércoles, 29 de julio – Fiestas Patrias Jueves, 8 de octubre – Combate de Angamos Martes, 8 de diciembre – Inmaculada Concepción Viernes, 25 de diciembre – Navidad Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 06/02/2015 2 de 2 Artículo 3.- Tampoco se considerará día hábil aquel señalado en el Decreto Supremo No 073 – 2014 – PCM de Perú de 13 de diciembre de 2014, y que se detalla a continuación: Viernes, 02 de enero de 2015 Artículo 4.- Las vacaciones colectivas constituyen días inhábiles.
Las correspondientes al período 2015-2016 y los demás días inhábiles que decrete la Secretaría General, serán informados a los Países Miembros y publicados en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena oportunamente. Artículo 5.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los seis días del mes de febrero del año dos mil quince. Pablo Guzmán Laugier Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329- Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú