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GACE3273CAN · Official Gazettes2018-04-12

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Año XXXV – Número 3273 Lima, 12 de abrilde 2018 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. RESOLUCIÓN N° 1996 Modificación del artículo 1 de la Resolución 1978, que aprueba Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2018 RESOLUCIÓN N° 1996 Modificación del artículo 1 de la Resolución 1978, que aprueba Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2018.

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los artículos 30, 31 y 72 de la Decisión 425 que aprueba el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina; los literales b) y x) del artículo 11 de la Decisión 409 que aprueba el Reglamento de la Secretaría General y el artículo 55 de la Resolución 1075 que aprueba el Reglamento Interno de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 30 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina, en su último parágrafo dispone que el Secretario General dará a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General; Que el artículo 1 de la Resolución 1978 del 17 de enero de 2018, contiene la relación de días que no se consideran hábiles de la Secretaría General, señalándose además que cualquier modificación del calendario establecido será comunicada mediante Resolución que se publicará en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena;

Que el gobierno del Perú ha expedido el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, que declara como días no laborables los días viernes 13 y sábado 14 de abril de 2018, a nivel de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao para los Sectores Público y Privado, los que serán recuperables mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores;

Que el calendario de la Secretaría General se establece teniendo como referencia el calendario del País Miembro sede; Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL XX/XX/2016 2 de 2

RESUELVE

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución 1978, con el fin de incorporar el viernes 13 de abril de 2018, entre los días que no serán considerados como hábiles por las razones que se indican en la parte considerativa de esta Resolución. Artículo 2.- La jornada laboral de la Secretaría General se extenderá por una hora adicional desde el lunes 16 de abril hasta el miércoles 25 de abril inclusive, con la finalidad de recuperar las horas no laboradas resultantes del feriado compensable indicado en el artículo anterior.

Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los once días del mes de abril del año dos mil dieciocho. Walker San Miguel Rodríguez Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329- Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú