Año XXXV – Número 3315 Lima, 15 de junio de 2018 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. RESOLUCIÓN N° 2010 Interinato de la Secretaría General RESOLUCIÓN N° 2010 Interinato de la Secretaría General LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA; VISTOS: Los artículos 29 y 32 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 790 y 806 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad Andina en Reunión Ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión y las Resoluciones 1636 y 1888 de la Secretaría General de la Comunidad Andina; y,
CONSIDERANDO
Que, la Secretaría General es el órgano ejecutivo de la Comunidad Andina y en tal carácter actúa únicamente en función de los intereses de la Subregión. Asimismo, la Secretaría General otorga apoyo técnico, cuando corresponda, a los demás órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración; Que, la Secretaría General está dirigida por un Secretario General, quien es elegido por consenso por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en reunión ampliada con los representantes titulares ante la Comisión, por un período de cinco años, pudiendo ser reelegido por una sola vez.
Asimismo, el Secretario General para el desempeño de sus funciones se apoya en los Directores Generales, según el reglamento respectivo; Que, mediante Decisión 806 fue elegido el señor Walker San Miguel Rodríguez, de nacionalidad boliviana, como Secretario General de la Comunidad Andina, por el periodo que resta hasta completar el mandato de 5 años del Secretario General designado mediante el artículo 1 de la Decisión 790, esto es hasta el 17 de junio de 2018;
Que, el Acuerdo de Cartagena establece que en caso de vacancia, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en reunión ampliada procederá de inmediato a designar por consenso al nuevo titular; y hasta tanto se proceda a la designación del nuevo Secretario General, asumirá interinamente la Secretaría General el Director General de mayor antigüedad en el cargo;
Que, mediante la Resolución 1636 de fecha 9 de diciembre de 2013 se designó a la señora Luz Marina Monroy, como Directora General de la Secretaría General de la Comunidad Andina y que dicha designación fue ampliada por un periodo de tres años adicionales mediante Resolución 1888 de fecha 7 de diciembre de 2016; Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 15/06/2018 2 de 2 Que, la señora Luz Marina Monroy es la Directora General de la Secretaría General de la Comunidad Andina de mayor antigüedad en el cargo;
RESUELVE
Artículo 1.- Declarar que de conformidad con el Acuerdo de Cartagena corresponde a la señora Luz Marina Monroy Acevedo actuar como Secretaria General ad-interim, a partir del 18 de junio de 2018 y hasta tanto asuma el cargo titular la persona elegida por consenso por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en reunión ampliada con los representantes titulares ante la Comisión. Artículo 2.- Encárguese al Gerente General de Operaciones y Finanzas a fin de que gestione y brinde a la señora Luz Marina Monroy Acevedo, todos los beneficios y privilegios inherentes al cargo de Secretario General.
Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución que entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los quince días del mes de junio del año dos mil dieciocho. Walker San Miguel Rodríguez Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329- Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú