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Gaceta 4456CAN · Official Gazettes2022-04-29

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Año XXXIX - Número 4456 Lima, 29 de abril de 2022 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. RESOLUCIÓN N° 2263 Modificación de la Resolución N° 2252 (Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2022 y horario de atención de la mesa de partes y al público) RESOLUCIÓN N° 2263 Modificación de la Resolución N° 2252 (Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2022 y horario de atención de la mesa de partes y al público) LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los literales b) y x) del artículo 11 de la Decisión 409 que aprueba el Reglamento de la Secretaría General de la Comunidad Andina, los artículos 30, 31 y 72 de la Decisión 425 que aprueba el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina; y las Resoluciones N° 1075, N° 2252; y,

CONSIDERANDO

Que, el último párrafo del artículo 30 de la Decisión 425 dispone que el Secretario General dará a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General; Que, conforme al artículo 55 de la Resolución N° 1075 se considerarán días inhábiles, además de los sábados y domingos, los días que así se establezcan en el calendario que anualmente dé a conocer el Secretario General;

Que, además, el referido artículo establece que el Secretario General podrá disponer otros días no laborables distintos a los previstos en el párrafo anterior; Que, mediante Resolución N° 2252 se aprobó el Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2022 y el horario de atención de la mesa de partes y al público, estableciéndose, en el artículo 1, los días que se consideran no hábiles;

Que, el Gobierno de la República del Perú ha emitido el Decreto Supremo N° 033-2022PCM, que declara como no laborables los días lunes 2 de mayo de 2022; viernes 24 de junio de 2022; lunes 29 de agosto de 2022; viernes 7 de octubre de 2022; lunes 31 de octubre de 2022; lunes 26 de diciembre de 2022; viernes 30 de diciembre de 2022; para el sector público a nivel nacional;

Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 29/04/2022 2 de 2 Que, el Gobierno de la República del Perú, estableció que los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar;

Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina, se acoge a lo establecido por el Gobierno de la República del Perú, correspondiente a los días no laborables compensables;

RESUELVE

Artículo 1.- Adicionar al artículo 1 de la Resolución N° 2252, los siguientes días: - Lunes 2 de mayo de 2022; - Viernes 24 de junio de 2022; - Lunes 29 de agosto de 2022; - Viernes 7 de octubre de 2022; - Lunes 31 de octubre de 2022; Artículo 2.- Se establece que la jornada laboral de la Secretaría General se extenderá por una hora adicional desde el día siguiente hábil, con la finalidad de recuperar las horas no laboradas resultantes de los días indicados en el artículo 1 de la presente Resolución. Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir del día siguiente de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil veintidós. Jorge Hernando Pedraza Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 710-6400 - Casilla 18-1177 - Lima 18 - Perú