Año XLI - Número 5495 Lima, 27 de junio de 2024 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. RESOLUCIÓN N° 2409 Derogatoria de la Resolución 419 de la JUNAC y adopción de la Lista Regional de Plagas Cuarentenarias Ausentes de la Comunidad Andina RESOLUCIÓN N° 2409 Derogatoria de la Resolución 419 de la JUNAC y adopción de la Lista Regional de Plagas Cuarentenarias Ausentes de la Comunidad Andina LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los artículos 87 y 88 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 515 Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria, la Resolución 419 de la Junta del Acuerdo de Cartagena y las Resoluciones 333, 412, 417, 508, 561, 566 y 581 de la Secretaría General de la Comunidad Andina;
CONSIDERANDO
Que, el Acuerdo de Cartagena en su artículo 87 establece que, con el propósito de impulsar el desarrollo agropecuario y agroindustrial conjunto y alcanzar un mayor grado de seguridad alimentaria subregional, los Países Miembros ejecutarán un Programa de Desarrollo Agropecuario y Agroindustrial, armonizarán sus políticas y coordinarán sus planes nacionales del sector;
Que, la Junta del Acuerdo de Cartagena (JUNAC), en cumplimiento del artículo 8 de la Decisión 328, emitió la Resolución 419 de 22 de julio de 1996, por la cual se adoptó el Inventario Subregional de Plagas y Enfermedades de los Vegetales de importancia económica para el Área Andina, misma que ha sido modificada por las Resoluciones 333, 412, 417, 508, 561, 566 y 581 de la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN);
Que, la Decisión 515 de 8 de marzo de 2002 sustituyó la Decisión 328, estableciendo un marco jurídico andino para la adopción de medidas sanitarias y fitosanitarias de aplicación al comercio intrasubregional y con terceros países de plantas, productos vegetales, artículos reglamentados, animales y sus productos; Que, la Decisión 515 en su artículo 44 establece que el Sistema Andino de Información y Vigilancia Epidemiológica de Sanidad Animal y el Sistema Andino de Información y Vigilancia Fitosanitaria, mantendrán actualizada las Listas de Plagas Reglamentadas de los vegetales de los Países Miembros y de la Subregión Andina (Incluye las plagas cuarentenarias A1, A2, y las plagas no cuarentenarias reglamentadas);
Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 27/06/2024 2 of 9 Que, la información contenida en el Inventario Subregional de Plagas y Enfermedades de los Vegetales de importancia económica para el Área Andina, aprobado mediante Resolución 419 de la JUNAC y sus modificatorias, responde a los objetivos de la Decisión 328, siendo además que luego de una revisión se advierte que esta requiere de una actualización;
Que, en este sentido, el Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria (COTASA), Grupo Sanidad Vegetal, en su 208ava Reunión, de fecha 19 de febrero de 2018, consideró que la información que reporta la Resolución 419 de la JUNAC y sus modificatorias, no resulta ser útil ni para los usuarios ni para las autoridades de los Países Miembros. A tal efecto, acordó recomendar la derogatoria de la citada Resolución de la JUNAC y sus modificatorias;
Que, es fundamental que la Subregión Andina actualice los mecanismos que permiten a los Países Miembros mantener una vigilancia continua y coordinada frente al riesgo de ataque de plagas y enfermedades exóticas para su agricultura y ganadería, así como para prevenir la diseminación y contagio de las que actualmente existen en su territorio, sin que ello constituya una restricción encubierta al comercio agropecuario intrasubregional;
Que, el artículo 47 de la Decisión 515 establece que la SGCAN consolidará y actualizará, de acuerdo con la información oficial proporcionada por los Países Miembros, las listas de plagas reglamentadas de los vegetales de los Países Miembros y de la Subregión Andina y que el Sistema Andino de Información y Vigilancia Fitosanitaria establecerá los modelos de perfiles y datos que se utilizarán para la elaboración de los listados;
Que, en el Plan de Trabajo de COTASA – Grupo Sanidad Vegetal, aprobado en su Sesión N° 272 de 15 de noviembre de 2021, se acordó incluir la Derogatoria de la Resolución 419 de la JUNAC; Que, revisada la propuesta de derogación de la Resolución 419 de la JUNAC, el COTASA en su CCXCV Reunión de fecha 26 de abril de 2024, ha considerado favorablemente la misma, recomendando su adopción como Resolución derogatoria y aprobando además la Lista Regional de Plagas Ausentes de la Comunidad Andina;
RESUELVE
Artículo 1.- Derogar la Resolución 419 de la JUNAC que adoptó el Inventario Subregional de Plagas y Enfermedades de los Vegetales de importancia económica para el Área Andina, así como las Resoluciones 333, 412, 417, 508, 561, 566 y 581 de la SGCAN que la modificaron. Artículo 2.- Adoptar la Lista Regional de Plagas Cuarentenarias Ausentes de la Comunidad Andina, la cual figura en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 3.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil veinticuatro. Gonzalo Gutiérrez Reinel Embajador Secretario General Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 27/06/2024 3 of 9 GACETA OFICIAL 27/06/2024 4 of 9 GACETA OFICIAL 27/06/2024 5 of 9 GACETA OFICIAL 27/06/2024 6 of 9 GACETA OFICIAL 27/06/2024 7 of 9 GACETA OFICIAL 27/06/2024 8 of 9 GACETA OFICIAL 27/06/2024 9 of 9