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GACETA 5601CAN · Official Gazettes2024-12-17

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Año XLI - Número 5601 Lima, 18 de diciembre de 2024 SUMARIO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. DECISIÓN N° 937 Intercambio electrónico de datos relacionados con la Declaración Aduanera de Mercancías entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros DECISIÓN N° 938 Presupuesto de la Secretaría General para el año 2025 DECISIÓN N° 939 Aprobación de proyecto de Iniciativa Comunitaria en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias – “Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2025 Colombia” DECISIÓN N° 940 Aprobación de proyecto de Iniciativa Comunitaria en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias – “Desarrollo e implementación del Sistema Andino de Información Jurídica (SAIJ)” DECISIÓN N° 941 Aprobación de proyecto de Iniciativa Comunitaria en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias – “Asistencia Técnica a las entidades nacionales de los Países Miembros que lo requieran para financiar su conexión e interacción a la plataforma “Interoperabilidad Comunitaria Andina- INTERCOM", así como de la Secretaría General de la Comunidad Andina.” DECISIÓN N° 937 Intercambio electrónico de datos relacionados con la Declaración Aduanera de Mercancías entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros.

LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA: VISTOS: Los artículos 21 y 22 literal b) del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 573, 617, 636, 670, 751, 770, 778, 788, 848, 907, y 929 de la Comisión de la Comunidad Andina y las Resoluciones 1312, 1442, 1457, 1467 y 2329 de la Secretaría General de la Comunidad Andina; y,

CONSIDERANDO

Que, el Acuerdo de Cartagena establece que corresponde a la Comisión de la Comunidad Andina, a través de la aprobación de Decisiones, adoptar las medidas necesarias para alcanzar los objetivos planteados en el Acuerdo y el cumplimiento de las Directrices del Consejo Presidencial Andino; Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 18/12/2024 2 de 36 Que, la Decisión 670 – Adopción del Documento Único Aduanero, define al Documento Único Aduanero (DUA) como el documento que contiene el conjunto de datos comunitarios y nacionales, necesarios para hacer una declaración aduanera de mercancías en las aduanas de los Países Miembros para los destinos y regímenes aduaneros que lo requieran;

Que, la Decisión 770 – Facilitación del Comercio en materia aduanera en la Comunidad Andina, en su artículo 1, dispone que el Plan Estratégico de la Comunidad Andina sobre Facilitación del Comercio en materia aduanera tiene por finalidad responder a la necesidad de plantear nuevas iniciativas en el ámbito aduanero comunitario andino, las cuales contribuyan a facilitar el comercio entre sus Países Miembros y con terceros países; asimismo, en su artículo 4, establece que dicho plan tendrá como Misión Comunitaria, fortalecer las capacidades de los servicios aduaneros y coordinar la generación e implementación de normativa, procesos y mecanismos armonizados, orientados a facilitar el comercio de mercancías en la región, para contribuir al desarrollo de los Países Miembros;

Que, en la Sesión Extraordinaria 153 de la Comisión de la Comunidad Andina celebrada el 24 de febrero de 2021, se determinó la formación de un Grupo Especial de Trabajo conformado por diferentes entidades de los Países Miembros para analizar el Proyecto Interoperabilidad Comunitaria Andina - INTERCOM, que establece el intercambio de datos de los documentos de Comercio Exterior, en virtud de los mandatos Presidenciales y normativa que impulsan la interoperabilidad comunitaria;

Que, el 29 de agosto de 2022, el Consejo Presidencial Andino en su reunión realizada en Lima, destacó la importancia de facilitar y digitalizar el intercambio de información de comercio exterior entre los Países Miembros, así como la necesidad de seguir trabajando en la construcción de un marco general normativo que permita el desarrollo del comercio electrónico, el uso de las tecnologías de información, y la transformación digital en beneficio de los ciudadanos andinos. En ese sentido, alentaron a los Países Miembros a continuar los trabajos de armonización de documentos de comercio exterior para el intercambio a través del proyecto de “Interoperabilidad Comunitaria Andina – INTERCOM”;

Que, la Decisión 929 - Implementación de la Interoperabilidad Comunitaria Andina – INTERCOM, para el intercambio o visualización compartida de documentos digitales de comercio exterior, establece los elementos de interoperabilidad para asegurar el intercambio de información y/o documentos digitales entre las entidades acreditadas por los Países Miembros y su reconocimiento;

Que, en este marco, luego de ser evaluada la viabilidad de la aplicación de la Decisión 670 por parte del Grupo de Expertos Gubernamentales en Documento Único Aduanero, se acordó regular el intercambio electrónico de datos relacionados con las declaraciones aduaneras de mercancías entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros, usando para tal fin el Modelo de Datos de la Organización Mundial de Aduanas (OMA); así como su transmisión a través del mecanismo de interoperabilidad Comunitaria Andina – INTERCOM aprobado mediante Decisión 929, que establece el intercambio o visualización compartida de documentos digitales de comercio exterior;

Que, el Comité Andino de Asuntos Aduaneros en su reunión realizada por videoconferencia el 19 de noviembre de 2024, tomando en consideración la recomendación del Grupo de Expertos Gubernamentales en Documento Único Aduanero, dio su opinión favorable y conformidad al proyecto normativo, y solicitó a la Secretaría General lo eleve a la Comisión de la Comunidad Andina;

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 3 de 36 Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina puso a consideración de la Comisión de la Comunidad Andina la Propuesta 443 de 25 de noviembre de 2024, elaborada por el Grupo de Expertos en Documento Único Aduanero del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, y recomendó su adopción mediante Decisión. DECIDE: Artículo 1.- Aprobar el intercambio electrónico de los datos relacionados con la Declaración Aduanera de Mercancías entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros de la Comunidad Andina.

Artículo 2.- El intercambio electrónico de los datos relacionados con la Declaración Aduanera de Mercancías entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros se realizará a través de la infraestructura digital estandarizada y unificada de Interoperabilidad Comunitaria Andina – INTERCOM, aprobada mediante Decisión 929 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Artículo 3.- El intercambio electrónico anteriormente referido, se realizará conforme a lo establecido en la resolución que, para dicho fin, la Secretaría General de la Comunidad Andina apruebe, previa opinión favorable del Comité Andino de Asuntos Aduaneros. A tal efecto, los Países Miembros establecerán el diccionario de datos y la estructura de los documentos digitales para los regímenes de importación para el consumo, exportación definitiva y otros que acuerden.

Artículo 4.- Derogar la Decisión 670 - Adopción del Documento Único Aduanero, sus Decisiones modificatorias, así como las Resoluciones derivadas de éstas. Artículo 5.- Por efecto de la derogatoria señalada en el artículo 4 de la presente Decisión, se dispone: (i) sustituir el texto del numeral 7.4 del Anexo de la Decisión 573 - Programa Común de Formación Aduanera Andina, por el siguiente texto: “7.4 Declaración Aduanera de Mercancías”; asimismo, eliminar los numerales del 7.4.1 al 7.4.8 del referido Anexo.

(ii) reemplazar toda referencia al término “Documento Único Aduanero (DUA)” en la normativa andina sobre tránsito aduanero comunitario, por “Declaración de Tránsito Aduanero Internacional (DTAI)”. (iii) dejar sin efecto la Quinta Disposición Transitoria de la Decisión 617Tránsito Aduanero Comunitario. (iv) sustituir en los artículos 10 y 14 de la Decisión 778 - Sustitución de la Decisión 574 – Régimen Andino sobre Control Aduanero, la referencia al término “Documento Único Aduanero (DUA)”, por “Declaración Aduanera de Mercancías y Declaración de Tránsito Aduanero Internacional (DTAI)”.

(v) dejar sin efecto todas las referencias a la Decisión 670 o al “Documento Único Aduanero (DUA)” en las Decisiones 617, 636 - Modificación de la Decisión 617 sobre Tránsito Aduanero Comunitario, en lo relativo a los artículos 10, 33, 42, 43 y su tercera disposición transitoria, así como en la Decisión 751 - Estadísticas Comunitarias del Transporte Internacional por Carretera.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL (vi) 18/12/2024 4 de 36 eliminar la definición del término “Documento Único Aduanero (DUA)” contenido en el artículo 2 de la Decisión 848 - Actualización de la Armonización de Regímenes Aduaneros, y sustituir el texto del numeral 3 del artículo 19 de la referida Decisión, por el siguiente: “Artículo 19.- De la declaración (…) 3.

La declaración aduanera de mercancías deberá efectuarse conforme a la legislación nacional de los Países Miembros”. La presente Decisión entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. DECISIÓN N° 938 Presupuesto de la Secretaría General para el año 2025 LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los artículos 22 literal i), 27 y 34 literal e) del Acuerdo de Cartagena; los artículos 3 literal e) y 11 literal p), y el Capítulo IV de la Decisión 409 que contiene el Reglamento de la Secretaría General; el artículo 11 literal i) de la Decisión 471 Reglamento de la Comisión; el artículo 2 de la Resolución 2374 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO

Que, el artículo 33 de la Decisión 409 establece que el presupuesto de la Secretaría General deberá elaborarse en función de su Programa Anual de Labores; Que, dicho Programa Anual de Labores para el año 2025 fue remitido a los representantes de la Comisión el 28 de noviembre de 2024; Que, en el marco de la Reingeniería del Sistema Andino de Integración, la Decisión 792 estableció la priorización de los ámbitos de acción de la Comunidad Andina y en el artículo 7 de dicha Decisión, encomendó a la Secretaría General el uso eficaz de sus recursos evitando la dispersión para sacar adelante una Comunidad Andina más transparente, más racionalizada, más proactiva, más organizada, más eficiente y cada vez más útil a los pueblos;

Que, el presupuesto de la Secretaría General para el año 2024 fue aprobado por medio de la Decisión 924 del 27 de mayo de 2024 de la Comisión de la Comunidad Andina; Que, en la LVI Reunión del Consejo Andino de ministros de Relaciones Exteriores (CAMRE) en forma ampliada con los representantes de la Comisión de la Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 5 de 36 Comunidad Andina, el Secretario General solicitó a las delegaciones que el presupuesto de la Secretaria General de la Comunidad Andina debía ser presentado, analizado y aprobado en la vigencia anterior al inicio de su ejecución. Que, conforme a lo previsto en el artículo 22 literal i) del Acuerdo de Cartagena, los artículos 3 literal e) y 11 literal i) del Reglamento de la Comisión, corresponde a este órgano aprobar el presupuesto anual, evaluar la ejecución presupuestal de la Secretaría General de la Comunidad Andina, así como fijar la contribución de cada uno de los Países Miembros.

DECIDE: Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto de la Secretaría General de la Comunidad Andina correspondiente al año 2025 que figura en Anexo 1 de la presente Decisión y cuya suma total asciende a US$ 5.659.200,00 (cinco millones seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos dólares americanos). Artículo 2.- Fijar para el año 2025 la contribución de los Países Miembros a dicho Presupuesto en los siguientes montos: PAÍS CUOTA ANUAL BOLIVIA USD 628,800.00 COLOMBIA USD 2,200,800.00 ECUADOR USD 628,800.00 PERÚ USD 2,200,800.00 Artículo 3.- Los Países Miembros cancelarán las contribuciones a que se refiere el artículo 2, por trimestres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Acuerdo de Cartagena y en la presente Decisión. Artículo 4.- La Secretaría General de la Comunidad Andina podrá ampliar su programa de trabajo y consecuentemente su Presupuesto de Gastos, de acuerdo con los demás recursos que pudieran estar dispuestos, sin que se alteren las contribuciones de los Países Miembros, previa aprobación de la Comisión. Artículo 5.- Se autoriza a la Secretaría General de la Comunidad Andina para efectuar transferencias entre las Partidas Presupuestarias en un monto que no supere el 10% (diez por ciento) del total del Presupuesto aprobado anexo a la presente Decisión. Si fuere necesario exceder dicho porcentaje, la Secretaría General deberá solicitar la autorización de la Comisión. Artículo 6.- La Secretaría General de la Comunidad Andina deberá aplicar estrictos criterios de austeridad y ecoeficiencia en la ejecución del presupuesto, en cumplimiento del espíritu del proceso de reingeniería y temas priorizados del Sistema Andino de Integración, previsto en la Decisión 792 y la Resolución 2374, igualmente deberá tomar en cuenta las siguientes directrices: Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 6 de 36 1.

Cada trimestre y previo a su realización, poner en conocimiento por escrito a los Países Miembros la justificación de los viajes a realizar fuera de la subregión, identificando los beneficios que éstos tienen para el proceso de integración andino. 2. Socializar por medios electrónicos las diferentes capacitaciones, talleres o actividades de divulgación de temas comunitarios que imparta la SGCAN.

Las actividades presenciales que se realicen con los anteriores propósitos deberán contar con la conformidad del Comité o Grupo de Trabajo que corresponda al tema, o en su defecto, la del Grupo de Presupuesto. 3. Contar con la conformidad del Comité o Grupo de Trabajo que corresponda al tema, o en su defecto del Grupo de Presupuesto para contratar cualquier tipo de consultoría. Estas consultorías deberán presentar de manera previa la justificación correspondiente. 4.

Celebrar contratos externos (contratos, u honorarios profesionales) solamente cuando en la planta de personal no haya funcionarios que puedan ejecutar las correspondientes actividades o servicios. En estos casos se deberá contar con la conformidad del Grupo de Presupuesto. Artículo 7.- Los saldos no ejecutados del presupuesto de la SGCAN correspondientes al año 2024, así como sus rendimientos o intereses generados, deberán transferirse al Fondo de Iniciativas Comunitarias FIC en el primer trimestre del año 2025, e informar a la Comisión al momento de realizarlo.

Artículo 8. La Comisión definirá el uso de los recursos que por multas u otro concepto perciba o haya percibido la Secretaría General. Dichos recursos y sus rendimientos deberán contabilizarse de manera independiente. Las propuestas sobre el uso de estos recursos se evaluarán en el Grupo de Presupuesto quien dará su recomendación a la Comisión. Artículo 9.- Dentro de los 30 días siguientes al término de cada bimestre del año 2025, la Secretaría General presentará a la Comisión un informe detallado sobre el estado de la ejecución presupuestal, en el cual incluirá todos los ingresos y egresos propios de la Secretaría General.

Igualmente, formará parte de este informe, el informe presupuestario de la SGCAN del año 2024, que incluye los intereses devengados por las inversiones en depósitos a plazo fijo de los recursos del Fondo Financiero de Reserva, otros ingresos por concepto de alquileres e ingresos no presupuestarios por concepto de Convenios de Cooperación suscritos por la SGCAN generados durante la vigencia 2024.

Artículo 10.- La Secretaría General de la Comunidad Andina deberá realizar la auditoría externa del ejercicio presupuestario a que se refiere esta Decisión, a través de un concurso entre firmas auditoras reconocidas, sobre la base de los términos de referencia que serán elaborados para tal fin. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 7 de 36 DISPOSICIÓN FINAL Artículo 11.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. ***** ANEXO 1 SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA SGCAN PRESUPUESTO POR PARTIDAS Y SUBPARTIDAS 2025 (En USD) PARTIDA PRESUPUESTARIA IMPORTE SUBPARTIDAS INGRESOS 5,659,200.00 INGRESOS ORDINARIOS 5,659,200.00 Ingresos por Aportes Aporte Estado Plurinacional de Bolivia 5,659,200.00 628,800.00 Aporte República de Colombia 2,200,800.00 Aporte República del Ecuador 628,800.00 Aporte República del Perú TOTAL PARTIDAS 2,200,800.00 Otros Ingresos Otros Ingresos - GASTOS 5,659,200.00 GASTOS DE PERSONAL 4,565,764.00 FACTORES SALARIALES COMUNES 3,582,728.00 Haber Básico 2,904,960.00 Bono de Vivienda 315,264.00 Bonificación Fin de Año 242,080.00 Bonificación Familiar 74,640.00 Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 8 de 36 PARTIDA PRESUPUESTARIA IMPORTE SUBPARTIDAS Compensación Vacaciones No Gozadas 45,784.00 REMUNERACIONES NO CONSTITUTIVAS DE FACTOR SALARIAL TOTAL PARTIDAS 983,036.00 Fondo de Previsión 464,794.00 Seguros de salud y vida 377,162.00 Bono Especial de Ayuda Escolar 44,550.00 Gastos de Instalación y Repatriación 24,330.00 Transporte de Efectos Personales 48,000.00 Vacaciones País de Origen 24,200.00 ADQUISICIÓN DE BIENES 108,476.00 ACTIVOS FIJOS 27,750.00 Instalaciones y Mejoras - Equipos de Oficina - Equipos Informáticos 15,000.00 Software 12,750.00 Vehículos - ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS FIJOS 80,726.00 Útiles y Efectos de Oficina 19,228.00 Insumos de Cafetería 10,058.00 Insumos de Aseo 11,580.00 Equipos menores de Informática 5,920.00 Equipos menores de Oficina - Distintivos institucionales 4,350.00 Materiales de Ferretería 7,000.00 Insumos de Jardinería 3,000.00 Artículos de Salud y Seguridad en el Trabajo 1,300.00 Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL PARTIDA PRESUPUESTARIA Artículos de promoción institucional 18/12/2024 9 de 36 IMPORTE SUBPARTIDAS TOTAL PARTIDAS 18,290.00 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS 984,960.00 SERVICIOS ESPECIALIZADOS 211,500.00 Contratos / Consultorías 80,000.00 Honorarios Profesionales 131,500.00 GASTOS DE VIAJE 152,070.00 Pasajes aéreos 65,140.00 Viáticos 82,130.00 Hospedaje 4,800.00 SERVICIOS DE TERCEROS 478,296.00 Servicios de impresión 7,800.00 Servicios de comunicación 37,860.00 Servicios de Courier 1,000.00 Servicio de Vigilancia Particular 110,400.00 Servicio de aseo y cafetería 55,352.00 Servicios Públicos 84,000.00 Servicio de publicidad y difusión 6,936.00 Servicios de jardinería 6,600.00 Servicios de lavandería 3,000.00 Seguros 22,050.00 Licencias 37,928.00 Impresión editorial 12,900.00 Mantenimientos del Edificio Sede 31,200.00 Mantenimiento Muebles/Maquinaria/Equipos 27,500.00 Mantenimiento Equipos de informática 24,650.00 Mantenimiento Vehículos 9,120.00 SERVICIOS PARA EVENTOS 69,360.00 Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 PARTIDA PRESUPUESTARIA 10 de 36 IMPORTE SUBPARTIDAS TOTAL PARTIDAS INSTITUCIONALES Servicios de catering 47,500.00 Servicios de streaming y CCTV 10,000.00 Ofrendas Florales 1,860.00 Alquiler de bienes 10,000.00 SUSCRIPCIONES Y AFILIACIONES 32,334.00 Suscripciones a fuentes de información especifica 27,549.00 Cuotas de afiliación anual a Organismos 3,295.00 Suscripciones a medios de información 1,200.00 Otras suscripciones 290.00 OTROS SERVICIOS 41,400.00 Gastos Servicios Bancarios 9,000.00 Movilidad y transporte 2,400.00 Programa de Pasantías SGCAN 30,000.00 PASIVO CONTINGENTE - Sentencias y Laudos - - DECISIÓN N° 939 Aprobación de proyecto de Iniciativa Comunitaria en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias – “Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2025 Colombia” LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 27 del Acuerdo de Cartagena, el artículo 11 literal f) de la Decisión 409 Reglamento de la Secretaría General, el artículo 11 literal f) de la Decisión 471 Reglamento de la Comisión, el artículo 8 de la Decisión 874, y la Decisión 887 Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias; y Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 11 de 36

CONSIDERANDO

Que, en virtud del artículo 8 de la Decisión 874, se instruyó a la Secretaría General de la Comunidad Andina, en coordinación con el Grupo de Presupuesto, a crear un Fondo de Iniciativas Comunitarias, destinado a proyectos especiales de interés comunitario y de beneficio para los cuatro Países Miembros respectivamente, previa aprobación de la Comisión de la Comunidad Andina;

Que, mediante Decisión 887, se aprobó el Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias; y con el objeto de dar aplicación y ejecución a los proyectos en el marco de esta Decisión, el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias (FIC) en su reunión virtual de fecha 17 de diciembre de 2024, dio viabilidad, en su calidad de instancia de priorización, al proyecto “Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2025 Colombia”, por un monto de $ 196,559.00 (ciento noventa y seis mil quinientos cincuenta y nueve con 00/100 dólares americanos);

Que, a la fecha, el Fondo de Iniciativas Comunitarias cuenta con $ 3.426.488,37 (tres millones cuatrocientos veinte y seis mil cuatrocientos ochenta y ocho con 37/100 dólares americanos), por tanto, es viable la financiación de la iniciativa comunitaria presentada; Que, en consecuencia, el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias, remitió a la Secretaría General de la Comunidad Andina, el informe de valoración conjuntamente con la ficha preliminar del anterior proyecto recomendando su financiamiento para consideración de la Comisión a efecto de aprobación;

Que, la Secretaría General en uso de la atribución prevista en los artículos 27 del Acuerdo de Cartagena, presentó a consideración de la Comisión de la Comunidad Andina, la Propuesta No. 446/2024; que contiene la Iniciativa Comunitaria “Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2025 Colombia”; DECIDE: Artículo 1.- Aprobar, en el marco de la Decisión 887 “Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias”, el proyecto presentado por el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias, el mismo que se detalla en el anexo 1 y que forma parte integrante de la presente decisión: Nombre del Proyecto: Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2025 Colombia.

Instancia Proponente: ProColombia en coordinación con el Comité Andino de Autoridades en Promoción de Exportaciones (CAAPE). Monto Solicitado: $ 196,559.00 (ciento noventa y seis mil quinientos cincuenta y nueve con 00/100 dólares americanos). Artículo 2.- En cumplimiento del artículo 11 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias aprobado mediante Decisión 887, el responsable de la ejecución de la Iniciativa Comunitaria será el proponente y deberá realizar el Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 12 de 36 seguimiento al cronograma de ejecución y al cronograma de desembolsos correspondientes de la Iniciativa Comunitaria.

Artículo 3.- En cumplimiento del artículo 16 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias aprobado mediante Decisión 887, la Secretaría General de la Comunidad Andina adelantará las actuaciones contractuales a que haya lugar que permitan la ejecución, seguimiento y evaluación de la Iniciativa Comunitaria bajo sus procedimientos internos, de acuerdo con el cronograma de ejecución y cronograma de desembolsos acordado para la misma, y en conformidad con las normas y procedimiento legalmente establecidos y vigentes.

Artículo 4.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. ANEXO 1 INICIATIVA COMUNITARIA “ORGANIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL ENCUENTRO EMPRESARIAL ANDINO 2025 COLOMBIA” I II III FICHA PROYECTO DE LA INICIATIVA COMUNITARIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Nombre del Proyecto Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2025 Colombia Instancia proponente al FIC (Países miembros, ProColombia en coordinación con el Comité Andino de Autoridades en Comités Técnicos y Promoción de Exportaciones (CAAPE) Grupos de trabajo, SG CAN) Objetivos de la Objetivo General: iniciativa (Incluyendo metas a alcanzar) • El objetivo del Encuentro Empresarial Andino 2025 es incrementar el comercio intra-regional de la oferta exportable andina de agro alimentos y manufacturas.

Para este año, de manera no excluyente, se hace la priorización de sectores productivos relacionados al canal HORECA (Hoteles, Restaurantes y Cafeterías) e industrias conexas, aprovechando la zona andina de libre comercio, generando nuevas oportunidades de negocios, desarrollando espacios para las exportaciones andinas hacia terceros mercados fortaleciendo así el comercio y el sector productivo regional.

Objetivos Específicos: • • • Potencializar las oportunidades comerciales del sector exportador de los países andinos que hacen parte del canal de distribución HORECA. Promover la oferta exportable andina de valor agregado ante compradores internacionales, en especial aquellos que hacen parte del canal HORECA e industrias conexas. Aportar, desde la promoción del canal HORECA de los países Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL IV V 18/12/2024 13 de 36 andinos, a industria de turismo de estos los países.

Pues este es fundamental para la industria del turismo mejorando la experiencia del visitante, contribuyendo a la economía local, y promoviendo el desarrollo sostenible y la conservación cultural. • Generar espacios de formación enfocados en las principales tendencias y oportunidades del canal HORECA para el tejido exportador andino. Monto total solicitado El proyecto tiene un presupuesto equivalente a: USD 196.559 (Ciento (equivalente en dólares) Noventa y Seis mil Quinientos Cincuenta y Nueve dólares americanos) Fundamentación descripción Proyecto y Fundamentación y Justificación: del Fundamentación En el Acta de Guayaquil suscrita con ocasión del X Consejo Presidencial celebrado en la ciudad de Guayaquil - Ecuador, se aprobó la creación del Foro Empresarial Andino, el cual se realizaría anualmente con ocasión de las reuniones del Consejo Presidencial Andino, para estimular el comercio y las inversiones subregionales.

Desde la creación de la CAN en el año 1969, la integración comercial regional siempre fue una prioridad para quienes conforman la comunidad. Sumado al objetivo de alcanzar un desarrollo que sea integral, equilibrado y autónomo en común para los pueblos andinos. En sus inicios, las exportaciones intracomunitarias ascendían a USD 53 millones que representaba 2,9% del total de sus exportaciones, hoy están en USD 9.386 millones que representa 6,1% del total exportado, lo que muestra que el comercio en el mercado interno es más intenso, además, estas cifras sin duda han sido impulsadas por la realización de actividades como el Encuentro Empresarial Andino, en el que todos los países miembros presentan su oferta exportable a sus contrapartes y logran un mayor intercambio comercial, aprovechando los beneficios que como comunidad poseemos.1 El valor exportado intracomunitariamente es 178 veces mayor ahora que en los inicios de la Comunidad Andina, mientras que el valor exportado al resto de países del mundo es 83 veces mayor en la actualidad.

En el año 2011 la Comisión de ministros de Comercio Exterior de la Comunidad Andina, propuso la realización de manera anual de ruedas de negocios entre empresarios exportadores y compradores de la región a fin de fortalecer sus economías, luego de la crisis internacional. La actividad fue encargada al Comité Andino de Autoridades de Promoción de Exportaciones (CAAPE), conformada por las máximas autoridades de los organismos de promoción de exportaciones de los Países Miembros de la Comunidad Andina: Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia, ProColombia, ProEcuador y PromPerú. Durante los últimos 7 años (2017 al 2024), estos escenarios comerciales han reunido a más de 960 exportadores andinos y 511 compradores del 1 Institutos de Estadística de Bolivia y Colombia, Banco Central del Ecuador y Aduana del Perú.- SICEXT.

Decisión 511. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 14 de 36 bloque y de terceros mercados priorizados generado así, expectativas de negocio para el tejido empresarial de la Comunidad Andina por aproximadamente de USD 131.500.000.

A modo de ejemplo, en el último EEA realizado en Manta, ya registramos un caso de éxito de un exportador boliviano de cacao, teniendo su primera exportación de 960 kg al mercado chileno. Las demás agencias de promoción continúan Enel seguimiento de las oportunidades generadas por los empresarios de sus respectivos países. Nota: cada entidad de promoción cuenta con su propia metodología de seguimiento a las expectativas de negocios generadas para los empresarios de cada uno de los países, por lo que se dificulta tener un mecanismo estandarizado como bloque para medir el valor de expectativas que se convierten en negocios.

Justificación La Comunidad Andina (CAN) ha visto un auge en el sector HORECA (Hoteles, Restaurantes y Cafeterías), que está estrechamente ligado a las tendencias globales en sostenibilidad, tecnología y bienestar, haciendo de este sector un pilar clave para el desarrollo económico y turístico de la región. El enfoque en HORECA para el Encuentro Empresarial Andino 2025 se justifica no solo por el crecimiento constante en este sector, el cual genera oportunidades para los exportadores se especialicen en productos competitivos, con enfoque saludable y sostenible, los cuales son cada vez más demandados en el canal HORECA, sino también por la transformación en las expectativas de los consumidores y la necesidad de fortalecer la competitividad de nuestra oferta en los mercados internacionales. • Tendencias globales y su impacto en HORECA: De acuerdo con Euromonitor, la industria global de hoteles y restaurantes en 2023 alcanzó un valor de 1,09 billones de dólares, con una tasa de crecimiento anual compuesta (CAGR) del 3,9% proyectada para 2023-2028.

Este crecimiento se ve reflejado en la región andina, donde la adopción de avances tecnológicos, la conciencia ambiental, y las demandas de bienestar han redefinido las expectativas del consumidor. Tecnología y digitalización: La influencia de la tecnología es innegable en la evolución del sector HORECA. Los operadores están utilizando inteligencia artificial para optimizar las operaciones, desde la personalización del marketing hasta la predicción de inventarios.

Esta digitalización no solo mejora la experiencia del cliente, sino que también genera nuevas oportunidades para alianzas estratégicas entre operadores HORECA y empresas tecnológicas de la región Sostenibilidad y responsabilidad social: Los consumidores actuales demandan cada vez más que las marcas asuman una postura clara en temas ambientales, como la reducción de la huella de carbono. Esto ha generado que el sector HORECA adopte prácticas sostenibles, como la cocina de "kilómetro cero" en Bolivia, utilizando ingredientes locales para Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 15 de 36 reducir el impacto ambiental.

Esta tendencia genera oportunidades para los exportadores de productos sostenibles y para empresas que puedan proveer soluciones ambientales a los operadores HORECA en la CAN. Bienestar y salud: La prioridad por la salud y el bienestar también está impulsando el crecimiento del sector HORECA en la región, con una mayor demanda de alimentos saludables y servicios de bienestar.

En países como Colombia, los hoteles están desarrollando servicios de spa y fitness como una extensión de su oferta. Esto crea oportunidades para exportadores de productos orgánicos y para proveedores de soluciones wellness. • Crecimiento del sector HORECA y turismo en los países de la CAN: La importancia del sector HORECA en la economía de los países de la Comunidad Andina se refleja en el aporte significativo que hace al Producto Interno Bruto (PIB) y al empleo en la región: Bolivia: En 2023, el sector de restaurantes y hoteles representó un 2,41% del PIB boliviano, con un crecimiento del 6,79% en comparación con 2022.

Se espera que el gasto de los consumidores en este sector crezca un 24,51% entre 2024 y 2029, alcanzando USD 4,3 mil millones, lo que demuestra su relevancia en la economía local. En 2023, Bolivia experimentó un incremento del 46% en la llegada de turistas internacionales, alcanzando un total de 988 mil visitantes. De estos, 79 mil viajaron por motivos de negocios, 575 mil por placer, 60 mil para visitar amigos y familiares, y 9 mil por otras razones, con una duración promedio de 14 días.

Para 2024, se estima la llegada de 1.2 millones de turistas (Global Data, 2024). Colombia: De acuerdo con Euromonitor, el mercado del sector de hoteles y restaurantes en Colombia fue valorado en 19.358 millones de USD en 2023, y se espera que crezca a una tasa anual del 3,4% hasta 2028. El turismo corporativo, así como las tendencias de sostenibilidad y digitalización, están impulsando la transformación del sector.

Después de nueve años consecutivos de aumento, se estima que el gasto relacionado con restaurantes y hoteles alcanzará los 33.8 mil millones de dólares estadounidenses en 2029, estableciendo así un nuevo récord (Statista, 2023). En cuanto a turismo, en 2023, Colombia experimentó un incremento del 24% en la llegada de turistas internacionales, alcanzando un total de 4 millones de visitantes.

De estos, más de 3 millones por vacaciones, recreo y ocio, 218 mil viajaron por motivos de negocios y motivos profesionales y 274 mil por otras razones, con una duración promedio de 6,3 días (Global Data, 2024). De acuerdo con la presidenta de la Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo- ANATO, Paula Cortés, para el 2024 se proyecta la llegada de 6,4 millones de visitantes no residentes de Colombia, un 5 por ciento más que en 2023.

Ecuador: En 2023, el sector HORECA en Ecuador tuvo un valor de 3.948 millones de USD, con un crecimiento proyectado del 0,2% anual. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 16 de 36 A pesar de los desafíos generados por la pandemia, el sector ha emergido como un motor clave para la recuperación del turismo en el país. En 2023, el gasto total de los consumidores en restaurantes y hoteles en Ecuador fue de 6,3 mil millones de dólares, se pronostica que aumentará continuamente entre 2024 y 2029 cerca de mil millones de dólares estadounidenses (+15.66%) entre 2024 y 2029 (Statista, 2024).

En 2023, Ecuador experimentó un incremento del 56% en la llegada de turistas internacionales, alcanzando un total de 1.6 millones de visitantes. De estos, 154 mil viajaron por motivos de negocios, 567 mil por placer, 59 mil para visitar amigos y familiares, y 38 mil por otras razones, con una duración promedio de 8,2 días (Global Data, 2024).

Para el 2024, el Ministerio de Turismo de Ecuador estima una llegada de más de 919 mil turistas extranjeros. Perú: Para el 2023, la actividad alojamiento y restaurantes representó un 2.8% del PBI total (Comex Peru, 2023), mientras que el gasto total de los consumidores en restaurantes y hoteles en Perú fue de 243,6 millones de dólares, se pronostica que este aumentará continuamente entre 2024 y 2029.

En 2023, Perú experimentó un incremento del 26% en la llegada de turistas internacionales, alcanzando un total de 2.5 millones de visitantes. De estos, 66 mil viajaron por motivos de negocios, 1.6 millones por placer, 750 mil para visitar amigos y familiares, y 81 mil por otras razones, con una duración promedio de 9,7 días. Para 2024, se estima la llegada de 4.5 millones (Data, Flujo de pasajeros hacia Perú, s.f.).

Adicionalmente, la gastronomía peruana es uno de los principales activos que puede destacarse en el sector HORECA. Gracias a su reconocimiento internacional (En 2023, Perú destacó al tener 4 restaurantes entre los 50 mejores del mundo, según el prestigioso ranking The World’s 50 Best Restaurants. Central – 1er lugar, Maido – 6º lugar, Kjolle – 28º lugar, Mayta – 47º lugar) y la diversidad de su oferta, los restaurantes peruanos han ganado popularidad en varios países de la región. Lo cual brinda oportunidad para las exportaciones de los alimentos, refleja la diversidad y riqueza de ingredientes locales que juegan un papel fundamental en el reconocimiento internacional del país. • Potencial exportador del sector HORECA en la CAN: El canal HORECA no solo contribuye al dinamismo económico interno y su industria turística, sino que también es una plataforma clave para las exportaciones de productos manufacturados y servicios relacionados.

En 2023, las exportaciones intracomunitarias de productos manufacturados alcanzaron los 8.060 millones de dólares, representando el 85,9% del total exportado al mercado andino. Esto destaca la importancia de continuar impulsando el crecimiento de este sector en el contexto de la internacionalización y la apertura de nuevos mercados. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 17 de 36 Descripción del proyecto: El XIV Encuentro Empresarial Andino permitirá incrementar el comercio intracomunitario generando nuevas oportunidades de negocios para los sectores participantes, especialmente en el canal HORECA, fortaleciendo los lazos comerciales existentes y posicionando la oferta exportable del bloque especializada en el canal seleccionado en los terceros mercados priorizados con impacto en la industria de turismo2.

Los resultados que se esperan obtener de la gestión del proyecto son: Resultado 1 Previo a la realización del Encuentro Empresarial Andino, se llevará a cabo, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia y ProColombia, ProEcuador, Promperú, una fase de identificación de los contactos de los compradores especializados en el canal HORECA en los países harán parte de la convocatoria para esta actividad comercial.

Esta información quedará como insumo para enfocar la convocatoria de los potenciales importadores en el Encuentro Empresarial Andino 2025 y como base de trabajo interno en cada agencia de promoción para continuar explorando este canal. Resultado 2 Diseñar y ejecutar una estrategia de comunicaciones para la divulgación del XIV Encuentro Empresarial Andino 2025 y su impacto dentro del proceso de internacionalización de los exportadores3 de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. Este resultado se coordinará con la Unidad de Comunicaciones de la Comunidad Andina con el apoyo y previa aprobación de todos los miembros del CAAPE.

Resultado 3 Diseñar y lanzar el catálogo de la oferta exportable andina para el canal HORECA previo a la realización del Encuentro Empresarial Andino (insumo para la convocatoria de la actividad comercial). Resultado 4 Desarrollar un espacio de programa de fortalecimiento de capacidades enfocado a preparar a los empresarios para su participación en el XIV Encuentro Empresarial Andino y en otras temáticas como negociaciones, tendencias y oportunidades del canal HORECA para el tejido exportador andino. Resultado 5 Desarrollar la actividad comercial llamada XIV Encuentro Empresarial Andino en el formato presencial, priorizando subsectores que son estratégicos para el canal HORECA conforme a la oferta exportable de los 4 países miembro: • Alimentos procesados: premezclas, snacks, frutas procesadas, 2 Los terceros mercados están sujetos a la negociación del CAAPE.

Por el momento se han establecido a Latino América, Centro América y el Caribe, siendo este una primera puerta a la internacionalización regional de los países CAN. 3 Se trabajará según el alcance y articulación de cada país con el sector exportador. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL • • 18/12/2024 18 de 36 bebidas alcohólicas y otros.

Manufacturas: artículo de decoración, muebles en madera, metal, plástico, envases (consumo masivo), cuidado personal, elementos de cocina, artículos de limpieza (escobas, traperos, baldes), refrigeración y electrodomésticos, entre otros. Otros: Productos priorizados por los países. Nota 1: al ser HORECA un canal inexplorado en las iniciativas de promoción comercial de la CAN, no se van a tener proyecciones, metas o expectativas de negocio para esta actividad.

Nota 2: Dado que se trata de una nueva apuesta de enfoque sectorial, el canal HORECA será complementario a la convocatoria y no excluyente al perfil de participantes o sectores. Dado que cada agencia cuenta con su propia metodología de medición de exportaciones generadas por gracias a los EEA, posterior a la actividad, la SGCAN hará seguimiento a las empresas participantes, para evaluar el impacto a un año de la actividad.

Nota 2: de acuerdo con el levantamiento de información de la demanda en cada uno de los países (resultado 1), esta propuesta de sectores para el Encuentro Empresarial Andino estará sujeta a cambios. Anexo

1. PRODUCTOS COMUNES CAN. Anexo

2. COMERCIO INTRA – CAN. *Sujeto a la identificación de la demanda. Contar con la participación de al menos 100 MiPymes exportadoras andinas, 25 por país, y 50 compradores andinos y de terceros países preferiblemente de Suramérica y El Caribe. El perfil de comprador a convocar es: C-levels/gerentes de compras/abastecimiento/proveeduría y distribuidores especializados en el canal HORECA, de las siguientes industrias: • • • • • • Hoteles: hoteles regionales.

Restaurantes: restaurantes regionales. Cafeterías. Distribuidores especializados para el canal HORECA (por ejemplo catering). Otros actores claves que hagan parte de la industria del turismo y que, tras el análisis en cada país de la Comunidad Andina, se consideren como potenciales compradores para el ejercicio comercial. Demás compradores de los subsectores priorizados.

El perfil de exportador a convocar es: Empresas MiPymes de los sectores previamente mencionados con experiencia o con capacidad exportadora. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 19 de 36 Actividades del Proyecto: Actividades del resultado 1: R1 A1.

Se realizarán comités de seguimiento en el periodo de diciembre 2024 a febrero 2025 liderados por ProColombia, para revisar los avances correspondientes al levantamiento de información de los compradores potenciales para el canal HORECA. Será importante trabajar de la mano con gremios, asociaciones y demás actores claves en cada país; con el fin, de robustecer los insumos de levantamiento de demanda.

R1.A2. Consolidación de la información de contactos identificados en cada país para la generación de una base de datos que sea el insumo principal para la convocatoria al Encuentro Empresarial Andino 2025. Actividades del resultado 2: R2.A1. Diseñar, entre la Secretaría General de la CAN y el CAAPE, una estrategia de comunicaciones para las diferentes fases del proyecto (planeación, ejecución y post actividad.) que involucren diferentes canales/medios de comunicación (redes sociales, páginas web, notas de prensa, etc.) R2.A2.

Informe de resultados de la gestión de comunicaciones que incluya indicadores y oportunidades de mejora y buenas prácticas. Actividades del resultado 3: R3.A1. Coordinación de comités, entre Ministerio de Relaciones de Exteriores de Bolivia, ProColombia, Pro-Ecuador, Promperú para establecer los criterios de selección de las empresas a incluir en el catálogo (según el levantamiento de información de la demanda) y la información del canal HORECA que se incluirá en el mismo.

R3.A2. Consolidación de la información recibida por cada una de las entidades miembro del CAAPE, en el formato seleccionado. R3.A3. Diseño y construcción del catálogo de oferta exportable andina para el canal HORECA. R3.A4. Divulgación del entregable con las entidades miembros del CAAPE para que a su vez sea compartido con los compradores especializados en el canal HORECA.

Actividades del resultado 4: R4.A1. Construir el brief del espacio de formación que contenga, tanto la propuesta de contenido como el minuto a minuto y demás detalles logísticos (fecha, plataforma, cronograma de trabajo, conferencistas etc). R4.A2. Informe de gestión de la jornada de formación que incluya indicadores y oportunidades de mejora y buenas prácticas.

Actividades del resultado 5: Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 20 de 36 R5. Planear y desarrollar la actividad comercial en modalidad presencial enfocada en la promoción de bienes (agro alimentos, industria química, metalmecánica y decoración) y servicios priorizados estratégicamente para la promoción del canal HORECA de los países de la Comunidad Andina.

R5.A1 Coordinar reuniones periódicas de planeación del CAAPE; con el fin, de definir el cronograma de trabajo para el proyecto, fecha de la actividad, ciudad, sectores, metas, países de compradores a convocar, espacios académicos o protocolarios, presupuesto y demás acciones requeridas en la organización del Encuentro Empresarial Andino 2025.

R5.A2 Contratar una empresa que disponga de una plataforma tecnología (software) que permita el registro de empresarios, validación de los mismos según el perfil acordado para el proyecto, agendamiento y seguimiento de las citas de negocios; así como, que permita medir el impacto de la actividad comercial en términos de expectativas de negocio y la satisfacción de los empresarios con el desarrollo de la actividad en general.

R5.A3. Gestionar y desarrollar la organización logística de la actividad comercial que se realizará en Colombia el 2025.(pendiente de determinar la ciudad, según los resultados de la convocatoria abierta para la postulación de ciudades que está adelantando ProColombia.) R5.A4. Convocar a los compradores procedentes de los países de la CAN y de terceros mercados priorizados; así como, convocar a los exportadores andinos según el perfil, los sectores y metas definidas anteriormente.

R5.A5. Construir un informe de gestión y resultados del proyecto el cual incluirá antecedentes, objetivos, gestión de convocatoria, participación final de empresarios, agendamientos, resultados comerciales, ejecución presupuestal, gestión de la estrategia comunicacional, buenas prácticas y oportunidades de mejora para futuras versiones, registro fotográfico etc.

VI Área geográfica de impacto de la iniciativa El proyecto se desarrollará en el territorio de la Comunidad Andina, conformado por sus cuatro países miembros: el Estado Plurinacional de Bolivia, la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú, el mismo que abarca 4 millones de kilómetros cuadrados de territorio andino. El evento se realizará en Colombia, del 11 al 15 de agosto del 2025.

La ciudad sede será definida luego de una convocatoria liderada por ProColombia, con el objeto de generar eficiencias presupuestales e identificar aliados estratégicos en los territorios. VII Beneficiarios 1. Exportadores de la región como: - Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la CAN 2. Importadores intra y extracomunitarios. Nota: La distribución de metas entre importador intra y Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 21 de 36 extracomunitario se consolidará a partir de las mesas de trabajo de caracterización de oportunidades y tendencias del canal HORECA que en esta ficha se proponen.

VIII Fecha de inicio y de termino El presente proyecto tiene una duración de 10 meses; con fecha estimada de inicio en diciembre de 2024 y concluyendo en septiembre 2025. IX Responsable de la ejecución de la iniciativa Comunitaria Será responsable de la ejecución de la iniciativa el CAAPE, en cabeza de ProColombia como presidente pro tempore del comité, con el apoyo de la Secretaria General de la Comunidad Andina.

A Presupuesto detallado del Proyecto: • • • • Se estima un presupuesto de USD 196.559 para el desarrollo de la XIV edición del EEA en Colombia. Esta propuesta inicial es una proyección basada en la experiencia de ProColombia, que desarrolla 30 actividades comerciales por año, y del ajuste de los antecedentes de Encuentros Empresariales pasados al IPC actual (Índice de Precios al Consumidor).

Con la finalidad de apoyar a más exportadores Mipymes de los países miembros, se verá en la medida de las posibilidades, buscar financiamiento externo. Con el fin de buscar eficiencias presupuestales, ProColombia liderará un proceso de postulación de ciudades para la selección de proveedores aliados estratégicos y la ciudad sede del Encuentro del 2025.

El presupuesto será actualizado una vez se decida la ciudad y el lugar donde se desarrollará el evento, esperando que esto suceda al finalizar el primer Q del 2024. Si bien este es un presupuesto preliminar, de acuerdo con los resultados de la postulación de ciudades, esperamos tener resultados que ayuden a ajustar el monto solicitado a uno similar al requerido en el 2024 para el Encuentro Empresarial Andino realizado en Manta.

VALOR USD Aplicativo Web $ 2.000 Acreditación y registro $ 5.308 Áreas $ 18.015 Servicios $ 9.500 Escenografía y $ 24.200 Montaje Mobiliario $ 1.701 Audiovisuales $ 10.410 Alimentos y Bebidas $ 30.000 Operación Logística $ 9.018 Transporte $ 7.431 Pasajes compradores $ 45.000 Hotel compradores $ 17.500 Merchandising $ 7.116 SUBTOTAL $ 187.199 IMPREVISTOS 5% $ 9.360 GRAN TOTAL EEA $ 196.559 2025 ITEM Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL B C 18/12/2024 Cronograma de ejecución de la iniciativa DETALLE R1 Identificación de los contactos de los compradores especializados en el canal HORECA en los países harán parte de la convocatoria para esta actividad comercial.

R2 Diseño y ejecución de una estrategia de comunicaciones para la divulgación del XVI Encuentro Empresarial Andino 2025 22 de 36 PERIODO Diciembre Febrero 2024 2025 Marzo 2025 agosto 2025 Febrero 2025 Mayo 2025 R3 Diseño y lanzamiento del catálogo de la oferta exportable andina para el canal HORECA. R4 Planeación y desarrollo de un espacio académico Abril 2025 virtual enfocado a preparar a los empresarios para su participación en el XVI Encuentro Empresarial Andino 2025 y en otras temáticas como tendencias y oportunidades del canal HORECA para el tejido exportador andino. Junio 2025 R5 Planeación logística y desarrollo de la actividad Marzo 2025 comercial llamada XIV Encuentro Empresarial Andino Agosto 2025 Cronograma de desembolsos Los desembolsos se requieren de la siguiente manera: i. Se realizarán los desembolsos de acuerdo con el convenio con el proveedor y previa emisión de factura.

DECISIÓN N° 940 Aprobación de proyecto de Iniciativa Comunitaria en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias – “Desarrollo e implementación del Sistema Andino de Información Jurídica (SAIJ)” LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 27 del Acuerdo de Cartagena, el artículo 11 literal f) de la Decisión 409 Reglamento de la Secretaría General, el artículo 11 literal f) de la Decisión 471 Reglamento de la Comisión, el artículo 8 de la Decisión 874, y la Decisión 887 Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias; y Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 23 de 36

CONSIDERANDO

Que, en virtud del artículo 8 de la Decisión 874, se instruyó a la Secretaría General de la Comunidad Andina, en coordinación con el Grupo de Presupuesto, a crear un Fondo de Iniciativas Comunitarias, destinado a proyectos especiales de interés comunitario y de beneficio para los cuatro Países Miembros respectivamente, previa aprobación de la Comisión de la Comunidad Andina;

Que, mediante Decisión 887, se aprobó el Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias; y con el objeto de dar aplicación y ejecución a los proyectos en el marco de esta Decisión, el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias (FIC) en su reunión virtual de fecha 17 de diciembre de 2024, dio viabilidad, en su calidad de instancia de priorización, al proyecto “Desarrollo e implementación del Sistema Andino de Información Jurídica (SAIJ)”, por un monto de $90,000.00 (Noventa mil con 00/100 Dólares Americanos).;

Que, a la fecha, el Fondo de Iniciativas Comunitarias cuenta con $ 3,426,488.37 (tres millones cuatrocientos veinte y seis mil cuatrocientos ochenta y ocho con 37/100 dólares americanos), por tanto, es viable la financiación de la iniciativa comunitaria presentada; Que, en consecuencia, el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias, remitió a la Secretaría General de la Comunidad Andina, el informe de valoración conjuntamente con la ficha preliminar del anterior proyecto recomendando su financiamiento para consideración de la Comisión a efecto de aprobación;

Que, la Secretaría General en uso de la atribución prevista en los artículos 27 del Acuerdo de Cartagena, presentó a consideración de la Comisión de la Comunidad Andina, la Propuesta No. 447/2024; que contiene la Iniciativa Comunitaria “Desarrollo e implementación del Sistema Andino de Información Jurídica (SAIJ)”; DECIDE: Artículo 1.- Aprobar, en el marco de la Decisión 887 “Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias”, el proyecto presentado por el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias, el mismo que se detalla en el anexo 1 y que forma parte integrante de la presente decisión: Nombre del Proyecto: Desarrollo e implementación del Sistema Andino de Información Jurídica (SAIJ).

Instancia Proponente: Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú (MINCETUR). Monto Solicitado: $90 000,00 (Noventa mil con 00/100 Dólares Americanos). Artículo 2.- En cumplimiento del artículo 11 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias aprobado mediante Decisión 887, el responsable de la ejecución de la Iniciativa Comunitaria será el proponente y deberá realizar el seguimiento al cronograma de ejecución y al cronograma de desembolsos correspondientes de la Iniciativa Comunitaria.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 24 de 36 Artículo 3.- En cumplimiento del artículo 16 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias aprobado mediante Decisión 887, la Secretaría General de la Comunidad Andina adelantará las actuaciones contractuales a que haya lugar que permitan la ejecución, seguimiento y evaluación de la Iniciativa Comunitaria bajo sus procedimientos internos, de acuerdo con el cronograma de ejecución y cronograma de desembolsos acordado para la misma, y en conformidad con las normas y procedimiento legalmente establecidos y vigentes.

Artículo 4.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. ANEXO 1 INICIATIVA COMUNITARIA “DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA ANDINO DE INFORMACIÓN JURÍDICA (SAIJ)” I II III FICHA PROYECTO DE LA INICIATIVA COMUNITARIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Nombre del Proyecto Desarrollo e implementación del Sistema Andino de Información Jurídica (SAIJ).

Instancia proponente al FIC (Países miembros, Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior Comités Técnicos y y Turismo del Perú (MINCETUR) Grupos de trabajo, SG CAN) Objetivos de la Objetivo General: iniciativa (Incluyendo metas a alcanzar) • Contar con una plataforma web o solución tecnológica que brinde información de los instrumentos jurídicos de la Comunidad Andina (CAN) a las instituciones públicas y privadas, empresas, y ciudadanos y operadores jurídicos (abogados y jueces), de manera veraz, oportuna y actualizada, permitiendo el pleno ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de los ciudadanos y sujetos de derecho dentro del marco jurídico de la CAN, generando seguridad jurídica y transparencia y fortaleciendo el proceso de integración regional, de conformidad con el Acuerdo de Cartagena.

Objetivos Específicos: Contar una solución e infraestructura tecnológica independiente quepermita: • • Sistematizar y organizar el ordenamiento jurídico andino y jurisprudencia andina, brindando resultados ordenados de forma inteligente. Brindar transparencia y acceso efectivo a la normativa Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 • • • • • • • • 25 de 36 comunitaria.

Acceder a información jurídica actualizada y vigente, debidamente concordada con otras normas y fuentes de derecho de la CAN. Acceder a información jurídica debidamente sumillada (p.ej. con jurisprudencia del TJCAN y doctrina). Acceder a información de normas comunitarias, tanto vigentes como derogadas (el histórico). Acceder a información jurídica con una amplia variedad de criterios de búsqueda, que permitan al usuario identificar de manera eficiente y eficaz el instrumento jurídico que requiere.

Realizar la búsqueda online temática, textual, semántica o en lenguaje natural, en todo momento y en cualquier lugar, de la información del ordenamiento comunitario jurídico vigente (y no vigente), tomando en cuenta la aplicación inmediata y efecto directo ordenamiento andino sobre los territorios de cada uno de los Países Miembros. Descargar la normativa andina en formatos Word y Pdf y otros formatos y extensiones que permitan su lectura en la mayor diversidad de dispositivos electrónicos (p.ej.

PCs, Ipads, móviles,eReaders, entre otros). Actualizar la información de manera automática y que use motores de búsqueda veloces y modernos, con el uso de Inteligencia Artificial, que permita atender una gran demanda simultánea de usuarios, garantizando la seguridad de la información que procese. Realizar futuras innovaciones y actualizaciones tecnológicas.

IV Monto total solicitado El Proyecto tiene un presupuesto equivalente a: $90 000,00 (Noventa (equivalente en dólares) mil con 00/100 Dólares Americanos). T Fundamentación descripción Proyecto y Fundamentación del La Comunidad Andina (CAN) cuenta con un ordenamiento jurídico amplio, que comprende: Decisiones, Resoluciones de la SGCAN, Convenios de Complementación Industrial, entre otros, así como diversa jurisprudencia. Por un lado, si bien la CAN cuenta con una página web en la que se puede visualizar estos instrumentos, esta no permite identificar plenamente qué normas se encuentran vigentes o qué normas han sido modificadas o derogadas, afectando así la transparencia y la seguridad jurídica y obstaculizando el pleno ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de los ciudadanos dentro de la CAN.

Por otro lado, las páginas web de la CAN (SGCAN y TJCA) solo permiten realizar búsquedas de manera acotada dentro de categorías previamente delimitadas, exigiendo que el usuario utilice palabras o números exactos, o búsquedas por fecha de publicación, o bajo el criterio de reciente o antiguo. Esta restricción impide a los usuarios encontrar normativa vigente y concordada de forma eficaz y eficiente, lo que podría llevar a una inaplicación de la normativa o la invocación de normativa derogada o modificada, o, incluso, una interpretación incompleta o incorrecta de las Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 26 de 36 normas andinas vigentes.

La falta de acceso a información actualizada, vigente, concordada y debidamente sumillada, necesaria para la correcta aplicación del derecho comunitario, afecta negativamente el trabajo de las instituciones públicas y privadas y empresas, el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos y sujetos de derechos andinos y de los operadores jurídicos (abogados y jueces), afectando el fortaleciendo del proceso de integración regional de conformidad con el Acuerdo de Cartagena.

En atención a ello, se requiere incorporar criterios de búsqueda nuevos y eficientes, tales como: búsquedas temáticas, textuales, semánticas o en lenguaje natural, que arrojen resultados veloces y ordenados inteligentemente. Conscientes del reto que conlleva sistematizar y organizar la vasta normativa andina y la jurisprudencia, se requiere contar con una moderna y robusta solución tecnológica en línea, que fortalezca al sistema de integración andina y permita, principalmente, el pleno ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones dentro del marco de la CAN.

Descripción del proyecto: Sistema Andino de Información Jurídica (SAIJ) Para mantener actualizada la gran cantidad de información que va a alojar la solución tecnológica, se deberá contar en un espacio virtual privado. Este espacio virtual o esta nube deberá almacenar, ordenar, conservar y resguardar la información proveniente del Ordenamiento Jurídico Andino y jurisprudencia andina.

Posteriormente, la información deberá ser recuperada por potentes motores de búsqueda y con tecnologías que permitan a un gran número de usuarios simultáneamente realizar distintos tipos de búsqueda, obteniendo resultados veloces y ordenados de manera inteligente. La información que alojará la solución tecnológica será de título informativo para todos los usuarios.

Los resultados del proyecto (etapas): Etapa 1: Desarrollo y puesta en marcha de solución tecnológica SAIJ Actividades del Proyecto: Se realizarán, entre otras actividades, las siguientes actividades: A1. Recopilación del catálogo normativo de las fuentes que componen el Ordenamiento Jurídico Andino. A2. Estudio técnico y parametrización de las fuentes que componen el Ordenamiento Jurídico Andino A3.

Integración y carga inicial del archivo histórico A4. Vinculación y proceso de automatización. A5. Programación del motor de búsqueda A6. Aplicación de tecnologías de búsqueda semántica inteligente y algoritmos de rankeo A7. Disponibilidad web, repositorio normativo, fuentes del Ordenamiento Jurídico de la Comunidad Andina A8. Integración y tratamiento de la nueva documentación emitida.

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 27 de 36 A9. Adaptación a eventuales modificaciones en el microsite web. Etapa 2: Actualización y mantenimiento El mantenimiento anual del sistema se centrará en asegurar la operatividad y actualización continua de las tecnologías.

Asimismo, comprende la validación de los resultados generados por el sistema y la realización de auditorías periódicas para garantizar precisión jurídica y consistencia del análisis. Actividades: Se realizarán, entre otras actividades, las siguientes actividades: A1. Realizar el seguimiento, control y actualización y gestión de las versiones documentarias del acervo normativo andino y contar con un historial detallado de las modificaciones a una norma, A2.

Medir y monitorear el desempeño de la solución tecnológica a través de la supervisión de métricas clave, asegurar alta disponibilidad, escalabilidad y ajustes dinámicos, auditorías internas y mejora continua. A3. Soporte continuo y atención al cliente VI Área geográfica de impacto de la iniciativa VII Beneficiarios El proyecto impactará en todo el territorio de la Comunidad Andina, conformado por sus cuatro Países Miembros: el Estado Plurinacional de Bolivia, la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú; territorio andino que abarca 4 millones de kilómetros cuadrados, con más de 115 millones de ciudadanos. 1.

Países Miembros, específicamente: • Ciudadanos andinos • Entidades públicas y privadas • Empresas • Operadores jurídicos (jueces y abogados) 2. Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración (Comisión, CAMRE, UASB, TJCA, SGCAN, Parlamento Andino, etc.) 3. Academia (docentes, investigadores y estudiantes) VIII Fecha de inicio y de termino El presente proyecto tiene una duración de hasta 6 meses; con fechas estimadas de inicio en marzo 2025 y conclusión o cierre agosto 2025.

IX Responsable de la ejecución de la iniciativa Comunitaria El Viceministerio de Comercio Exterior del Perú, con apoyo de la Secretaría General y Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. La empresa consultora con el proponente sostendrá reuniones trimestrales con los Países Miembros, a fin de informar sobre los avances en el proyecto.

A Presupuesto detallado del Proyecto: Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 Partida presupuestaria 28 de 36 Valor USD Etapa 1: Desarrollo y puesta en marcha de solución tecnológica SAIJ (6 meses) 50,000.00 - Consultoría tecnológica: Definición de necesidades y adaptación de recursos. - Requerimientos técnicos, análisis y diseño, ejecución, liberación en producción. - Recopilación del catálogo normativo y parametrización de las fuentes que componen el Ordenamiento Jurídico Andino (normas, jurisprudencia y doctrina), estudio técnico, integración y carga inicial del archivo histórico con proceso de automatización. - Aplicación tecnológica: Programación del motor de búsqueda. - Adaptación e interfaces web: Parametrización del dominio desde una página web y personalización de la solución. Presentación de la información sistematizada y actualizada.

Etapa 2: Actualización y mantenimiento* (1 año) Seguimiento y control de versiones: Gestión de las versiones documentarias del acervo normativo andino y contar con un historial detallado de las modificaciones a una norma, - Medición y monitoreo: Supervisión de métricas clave, asegurar alta disponibilidad, escalabilidad y ajustes dinámicos, auditorías y mejora continua. - Soporte continuo y atención al cliente PRESUPUESTO TOTAL 3,000.00 5,000.00 15,000.00 17,000.00 10,000.00 40,000.00 - USD 90,000.00 *Aspecto de sostenibilidad: El presupuesto incluye un primer servicio de actualización y mantenimiento que será provisto durante el periodo de un año por la empresa consultora.

Posterior a este periodo, se espera financiar el servicio de actualización y mantenimiento con las cuotas anuales que aportan los países miembros a la SGCAN. Asimismo, la SGCAN se encargará del monitoreo y seguimiento correspondiente a la actualización y mantenimiento de la solución tecnológica. B Cronograma de ejecución de la iniciativa DETALLE E1 Desarrollo y puesta en marcha de solución tecnológica SAIJ.* E2 C Actualización y mantenimiento PERIODO Marzo 2025 Agosto 2025 Agosto 2025 agosto 2026 * Presentación de informe de avance trimestral.

(Junio 2025) y Presentación de informe final (Agosto 2025). Cronograma de desembolsos Los desembolsos se realizarán tentativamente entre marzo y agosto de 2025 de acuerdo con el cronograma de ejecución y de acuerdo con el contrato con el proveedor y previa emisión de factura. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 29 de 36 DECISIÓN N° 941 Aprobación de proyecto de Iniciativa Comunitaria en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias – “Asistencia Técnica a las entidades nacionales de los Países Miembros que lo requieran para financiar su conexión e interacción a la plataforma “Interoperabilidad Comunitaria Andina- INTERCOM", así como de la Secretaría General de la Comunidad Andina.” LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 27 del Acuerdo de Cartagena, el artículo 11 literal f) de la Decisión 409 Reglamento de la Secretaría General, el artículo 11 literal f) de la Decisión 471 Reglamento de la Comisión, el artículo 8 de la Decisión 874, y la Decisión 887 Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias; y

CONSIDERANDO

Que, en virtud del artículo 8 de la Decisión 874, se instruyó a la Secretaría General de la Comunidad Andina, en coordinación con el Grupo de Presupuesto, a crear un Fondo de Iniciativas Comunitarias, destinado a proyectos especiales de interés comunitario y de beneficio para los cuatro Países Miembros respectivamente, previa aprobación de la Comisión de la Comunidad Andina;

Que, mediante Decisión 887, se aprobó el Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias; y con el objeto de dar aplicación y ejecución a los proyectos en el marco de esta Decisión, el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias (FIC) en su reunión virtual de fecha 17 de diciembre de 2024, dio viabilidad, en su calidad de instancia de priorización, al proyecto “Asistencia Técnica a las entidades nacionales de los Países Miembros que lo requieran para financiar su conexión e interacción a la plataforma “Interoperabilidad Comunitaria Andina - INTERCOM", así como de la Secretaría General de la Comunidad Andina”, por un monto de $ 191,008.00 (ciento noventa y un mil y ocho dólares americanos);

Que, a la fecha, el Fondo de Iniciativas Comunitarias cuenta con $ 3,426,488.37 (tres millones cuatrocientos veinte y seis mil cuatrocientos ochenta y ocho con 37/100 dólares americanos), por tanto, es viable la financiación de la iniciativa comunitaria presentada; Que, en consecuencia, el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias, remitió a la Secretaría General de la Comunidad Andina, el informe de valoración conjuntamente con la ficha preliminar del anterior proyecto recomendando su financiamiento para consideración de la Comisión a efecto de aprobación;

Que, la Secretaría General en uso de la atribución prevista en los artículos 27 del Acuerdo de Cartagena, presentó a consideración de la Comisión de la Comunidad Andina, la Propuesta No. 448/2024; que contiene la Iniciativa Comunitaria “Asistencia Técnica a las entidades nacionales de los Países Miembros que lo requieran para financiar su conexión e interacción a la plataforma “Interoperabilidad Comunitaria Andina - INTERCOM", así como de la Secretaría General de la Comunidad Andina”;

Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 30 de 36 DECIDE: Artículo 1.- Aprobar, en el marco de la Decisión 887 “Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias”, el proyecto presentado por el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias, el mismo que se detalla en el anexo 1 y que forma parte integrante de la presente decisión: Nombre del Proyecto: “Asistencia Técnica a las entidades nacionales de los Países Miembros que lo requieran para financiar su conexión e interacción a la plataforma “Interoperabilidad Comunitaria Andina- INTERCOM", así como de la Secretaría General de la Comunidad Andina.” Instancia Proponente: Secretaría General de la Comunidad Andina - SGCAN.

Monto Solicitado: $ 191,008.00 (ciento noventa y un mil y ocho dólares americanos). Artículo 2.- En cumplimiento del artículo 11 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias aprobado mediante Decisión 887, el responsable de la ejecución de la Iniciativa Comunitaria será el proponente y deberá realizar el seguimiento al cronograma de ejecución y al cronograma de desembolsos correspondientes de la Iniciativa Comunitaria.

Artículo 3.- En cumplimiento del artículo 16 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias aprobado mediante Decisión 887, la Secretaría General de la Comunidad Andina adelantará las actuaciones contractuales a que haya lugar que permitan la ejecución, seguimiento y evaluación de la Iniciativa Comunitaria bajo sus procedimientos internos, de acuerdo con el cronograma de ejecución y cronograma de desembolsos acordado para la misma, y en conformidad con las normas y procedimiento legalmente establecidos y vigentes.

Artículo 4.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 31 de 36 ANEXO 1 INICIATIVA COMUNITARIA “Asistencia Técnica a las entidades nacionales de los Países Miembros que lo requieran para financiar su conexión e interacción a la plataforma “Interoperabilidad Comunitaria Andina- INTERCOM", así como de la Secretaría General de la Comunidad Andina.” I II III FICHA PROYECTO DE LA INICIATIVA COMUNITARIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Nombre del Proyecto Asistencia Técnica a las entidades nacionales de los Países Miembros que lo requieran para financiar su conexión e interacción a la plataforma “Interoperabilidad Comunitaria Andina - INTERCOM", así como de la Secretaría General de la Comunidad Andina.

Instancia proponente al FIC (Países miembros, Secretaría General de la Comunidad Andina – SGCAN Comités Técnicos y Grupos de trabajo, SG CAN) Objetivos de la Objetivo General: iniciativa (Incluyendo metas a alcanzar) Contribuir a la conexión de las entidades nacionales a su respectivo módulo de INTERCOM y ajustar el código fuente de la plataforma informática, resultado de observaciones encontradas en las pruebas desarrollo y marcha blanca.

Coadyuvar al desarrollo de soluciones informáticas y equipamiento; tales como: • Requerimientos funcionales, métodos de consulta y envío de información por módulo, interfaces de programación de aplicaciones (APIs), pruebas, entre otros, mediante la contratación de consultores técnicos especializados; • Compra de equipo informático para entidades nacionales que culminaron el desarrollo de los métodos de cada módulo y realizarán el seguimiento de las pruebas de desarrollo y marcha blanca;

Estas acciones permitirán culminar la conexión de las entidades nacionales al módulo correspondiente de INTERCOM y realizar las pruebas de integración y marcha blanca. IV Monto total solicitado Las actividades se pueden desarrollar en un tiempo estimado de 3.299 (equivalente en dólares) horas más el valor de los equipos y dispositivos (11) para lo cual, se estima un presupuesto máximo equivalente a: $ 191,008.00 (ciento noventa y un mil y ocho dólares americanos).

Ver Anexo A T Fundamentación descripción Proyecto y Fundamentación y Justificación: del Para que las pruebas de integración y marcha blanca se realicen de manera óptima en cada entidad nacional, se requiere que éstas culminen las acciones relacionadas con la conexión al respectivo módulo de INTERCOM. En la actualidad los trabajos se encuentran en su etapa final, pero con diferente dinamismo en los desarrollos que Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 32 de 36 realiza cada entidad nacional, según lo evidencia la auditoría del proyecto y se ha informado a los Países Miembros.

Asimismo, la falta de ejecución de pruebas no permite el desarrollo completo de INTERCOM por parte de la SGCAN, por lo que se requiere que cuando se realicen estas pruebas se culmine el desarrollo de solución informática (INTERCOM). El 29 de agosto de 2022, el Consejo Presidencial Andino, emitió la directriz donde destacó la importancia de facilitar y digitalizar el intercambio de información de comercio exterior entre los países andinos; y, en particular, lograr el intercambio de documentos digitales a través de INTERCOM.

Es de recordar que el Proyecto INTERCOM, se viene realizando con cooperación no reembolsable de la CAF, que se ejecuta a través de una consultoría que culmina en los próximos meses con la posibilidad de que las actividades de marcha blanca se desarrollen hasta mediados de 2025. Los módulos que se vienen culminando son los siguientes: • Documento Único Aduanero (2 documentos); • Declaración Andina de Valor (1 documento); • Notificación Sanitaria Obligatoria (Cosméticos: 3 documentos, Productos de higiene doméstica: 3 documentos); • Certificado de Origen (1 documento); y • Certificados Fitosanitarios (2 documentos).

El número de documentos que se espera intercambiar, con cifras del año 2019, supera los 4 millones de documentos de comercio exterior. El 11 de diciembre de 2023, la Comisión aprobó la Decisión 920 Aprobación de proyecto de Iniciativa Comunitaria en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias - Suministro de hardware y software necesarios para alojar la plataforma de forma segura y confiable para el Proyecto “Interoperabilidad Comunitaria Andina - INTERCOM".

El 4 de septiembre de 2024, la Comisión aprobó la Decisión 929 “Implementación de la Interoperabilidad Comunitaria Andina – INTERCOM para el intercambio o visualización compartida de documentos digitales de comercio exterior”. Algunas entidades de los Países Miembros han manifestado, la necesidad de contar con apoyo de técnicos especializados para culminar su conexión a INTERCOM.

AGROCALIDAD de Ecuador solicitó este apoyo para el módulo de Certificados Fitosanitarios mediante Oficio MPCEIP-SN-2024-0605-O del 1 de agosto de 2024. Asimismo, entidades de Bolivia, señalaron que luego de culminar el desarrollo de su conexión a cada módulo de INTERCOM, necesitan repotenciar sus quipos, debido a que superaron su vida útil o necesitan Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 33 de 36 fortalecer la infraestructura de seguridad de red de datos de servidores; para hacer el seguimiento apropiado de las pruebas de integración y marcha blanca; o, en otros casos, garantizar la transmisión de información a INTERCOM considerando la estabilidad, seguridad y escalabilidad de la infraestructura tecnológica.

Por otra parte, en las reuniones de seguimiento se ha evidenciado que algunas entidades no han realizado los trabajos de conexión a INTERCOM y otras tienen avances iniciales. Asimismo, otras entidades indicaron la necesidad de contar con equipo informático que les permita hacer las pruebas de desarrollo y marcha blanca, asegurando protección y demanda de servicios, así como la disponibilidad y confiabilidad de la interoperabilidad.

Por lo anterior, es necesario contratar el servicio de consultores especializados con experiencia para realizar las actividades complejas que requieran las entidades nacionales de los Países Miembros. Asimismo, comprar equipos informáticos para realizar las pruebas de conexión y ajustes de manera eficiente en algunas entidades nacionales.

VI Área geográfica de impacto de la iniciativa Los Países Miembros podrán optar, en una segunda etapa, por identificar un número de horas adicionales o equipos informáticos para mejorar la conexión a INTERCOM. El requerimiento de los Países Miembros deberá ser debidamente justificado para lograr la implementación de la plataforma. El proyecto se desarrollará en el territorio de la Comunidad Andina, conformado por cuatro Países Miembros: el Estado Plurinacional de Bolivia, la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú. Los consultores (técnicos especializados) desarrollarán sus labores desde la sede de la Secretaría General o en las instalaciones de la entidad de cada País Miembro, conforme sus requerimientos.

VII Beneficiarios VIII Fecha de inicio y de termino IX Responsable de la ejecución de la Son beneficiarios del presente proyecto los operadores de comercio exterior de los Países Miembros de la Comunidad Andina: • Estado Plurinacional de Bolivia • República de Colombia • República del Ecuador • República del Perú Se estima que las actividades a desarrollar por los consultores se realizarán en un tiempo máximo de diez (10) meses y la compra de equipos en un tiempo máximo de seis (6) meses, a partir de la aprobación del proyecto por parte de la Comisión, que se podrá desarrollar en paralelo en cada entidad nacional del País Miembro y/o en las instalaciones de la SGCAN.

Existen módulos que culminarían actividades en menor tiempo por el avance a nivel nacional. Será responsable de la ejecución la Secretaría General de la Comunidad Andina, representada por su Secretario General, el Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL iniciativa Comunitaria 18/12/2024 34 de 36 Embajador Gonzalo Gutiérrez Reinel, según el artículo 25 de la Decisión 929 de septiembre de 2024.

Con el fin de atender la demanda de servicios o adquisición de equipos informáticos que requieren los Países Miembros, es importante que las entidades nacionales acreditadas se comprometan a remitir información sobre sus requerimientos de apoyo y brindar accesos a sus plataformas informáticas. Cada entidad nacional deberá remitir una lista de mínimo 3 personas (naturales o jurídicas).

En el caso de servicios de consultoría, la terna deberá cumplir con los requisitos de formación y experiencia establecidos en el Anexo B. La lista deberá ser validada por el área de Informática de la SGCAN quien deberá dar su opinión técnica; posterior a ello, se procederá a seleccionar junto con la entidad nacional al postulante más idóneo para el cumplimiento del objetivo de la contratación. La SGCAN será la encargada de realizar los respectivos contratos de prestación de servicios de asesoría y seguimiento por parte del área de informática, esto con el fin de garantizar que los desarrollos necesarios sean culminados en tiempo y calidad.

A La SGCAN también será la encargada de comprar los equipos informáticos, según los requerimientos de las entidades nacionales, los cuales entregará en donación. Presupuesto detallado del Proyecto: Temas a Desarrollar 1 Adecuación de plataformas y desarrollo de servicios que deben exponer las entidades de los Países Miembros (métodos esenciales) Duración (horas)* Valor (USD)** 2,191 45 2 Compra de equipos informáticos para pruebas de desarrollo y marcha blanca *** 3 Otros requerimientos adicionales de los Países Miembros a los acordados en la documentación final de cada módulo TOTALES Total (USD) 98,595 37,013 1,108 50 3,299 55,400 191,008 *Horas hombre estimadas por el Área de Informática de la SGCAN ** Valor USD 45 hora de conformidad con información recabada de funcionarios de Sistemas del MinCIT-Colombia, cotización de una empresa peruana.

Para los requerimientos adicionales, valor de USD 50 hora, coordinado a partir de una estimación por servicios adicionales de la empresa consultora SOFTRAIM. *** Equipo informático según cotizaciones presentadas por entidades nacionales de Bolivia B Cronograma de ejecución de la iniciativa DETALLE 1 Adecuación de plataformas y desarrollo de servicios que deben exponer las entidades de los Países Miembros (métodos esenciales) 2 Compra de equipos informáticos para pruebas de desarrollo y marcha blanca PERIODO 10 meses 6 meses Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 3 C 18/12/2024 35 de 36 Otros requerimientos adicionales de los Países Miembros a los acordados en la documentación final de cada módulo 10 meses Cronograma de desembolsos Los desembolsos del FIC a la SGCAN se requieren de la siguiente manera: (i) Setenta por ciento (70%) a la semana de suscrito el primer contrato.

(ii) Treinta por ciento (30%) contra la presentación del Primer Informe de actividades en el tercer mes. D Presentación de informes: Los informes serán presentados de acuerdo con el siguiente detalle: (i) Primer informe: Al término del tercer mes (ii) Segundo informe: Al término del sexto mes, cuando se requiera (iii) Informe Final: Al término de décimo mes o cierre de actividades Anexo A RECURSOS REQUERIDOS PARA INTERCOM Actividad 1 - Horas requeridas para métodos esenciales Total horas Total USD Colombia (horas) 482 21 690 Ecuador (horas) 568 25 560 Perú (horas) 1 141 51 345 Total 2 191 98 595 Actividad 2 - Compra de equipo informático Total Total USD Bolivia (equipos) 11 37 013 Nota: Los recursos de las actividades 1 y 2 que no hayan sido utilizados por algún país, podrán ser redistribuidos entre los demás países miembros que lo requieran, previa aprobación del GAN-INTERCOM.

Actividad 3 - Métodos esenciales por País Total Tareas Total Horas USD Mejoras que duren más de 5 días 400 20 000 Nuevos requerimientos que se identifiquen para la implementación resultado de las pruebas 400 20 000 Soporte para reuniones de módulos 128 6 400 Visualizadores 180 9 000 Total 1 108 55 400 Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú GACETA OFICIAL 18/12/2024 36 de 36 Anexo B Perfil de consultor para que los PM presenten las ternas para cada entidad Puesto: Analista Desarrollador Fullstack Descripción del puesto: Analista Desarrollador Fullstack con experiencia en el diseño, desarrollo e implementación de soluciones de software de alta calidad.

El candidato ideal será responsable de la creación y mantenimiento de APIs, la integración entre aplicaciones y la realización de pruebas para garantizar la calidad del software. Este rol requiere un profundo conocimiento tanto en tecnologías frontend como backend; y, un enfoque en la entrega de soluciones robustas y escalables. Responsabilidades principales: • Análisis, diseño y desarrollo de soluciones de software completas, tanto en frontend como en backend. • Creación y mantenimiento de APIs eficientes y seguras para la comunicación entre diferentes sistemas y aplicaciones. • Conectar y sincronizar aplicaciones a través de APIs o integraciones personalizadas. • Realizar pruebas automatizadas y manuales para asegurar la calidad y el rendimiento del software desarrollado. • Colaborar con equipos de frontend, backend y DevOps para asegurar la correcta implementación y despliegue de las soluciones. • Aplicar buenas prácticas de desarrollo de software, siguiendo principios SOLID y metodologías ágiles. • Documentar el desarrollo de las soluciones y mantener actualizada la documentación técnica.

Requisitos: • Titulado en Ingeniería de Software, Informática, Sistemas o carreras afines. • Experiencia mínima de cinco (05) años en el análisis, diseño e implementación de software en proyectos Fullstack. • Experiencia demostrable en desarrollo con tecnologías de frontend y backend • Sólida experiencia en la creación de APIs RESTful y en el manejo de bases de datos relacionales y no relacionales. • Conocimientos en pruebas automatizadas y herramientas de testing. • Familiaridad con metodologías ágiles (Scrum, Kanban) y herramientas de control de versiones (Git, GitLab, GitHub).

Deseables: • Experiencia en implementación de microservicios. • Familiaridad con contenedores y herramientas como Docker y Kubernetes. • Conocimientos en DevOps y CI/CD (Jenkins, GitLab CI, etc.). Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina – Paseo de la República 3895 – Teléf. (51-1) 710-6400 – Casilla 18-1177 – Lima 18- Perú